Ayuntamiento de Zarzuela de Jadraque
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Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Zarzuela de Jadraque sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
«Que por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Zarzuela de Jadraque, de fecha 22 de febrero de 2016, en sesión ordinaria, se adoptó por unanimidad de sus miembros la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto de Construcciones, del tenor literal siguiente:
«Artículo 7. CUOTA TRIBUTARIA: La cuota del impuesto es la siguiente:
- Para obras menores: 3%; considerándose como tal aquellas que no precisen proyecto técnico para la ejecución material de las mismas, en función de declaración del interesado, con aportación, en su caso, del correspondiente presupuesto de obras.
- Para obras mayores: 2%; considerándose como tal aquellas que precisan de proyecto técnico para su ejecución, determinándose el coste de ejecución material de las mismas en función del presupuesto del proyecto correspondiente.
- Para grandes obras: 4%. Se considerarán grandes obras las que su Base imponible supere los 200.000 €.
Artículo 7. Bis: BONIFICACIONES:
- Se establece una bonificación del 90% a favor de construcciones, instalaciones u obras que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad de los discapacitados.
- Se establece una bonificación del 50% a favor de las construcciones u obras en las que el sujeto pasivo se encuentre empadronado en el municipio, durante, al menos, una antigüedad de seis meses.
Artículo 7. Ter: DEDUCCIONES: No se establecen deducciones de la cuota líquida.»
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
En Zarzuela de Jadraque a 16 de mayo de 2016.– El Alcalde, Miguel Ángel Moreno Casas.