Ayuntamiento de Trillo
1782
ANUNCIO
En cumplimiento de lo previsto en artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión de fecha 2 de abril de 2013, ha aprobado, con carácter provisional, la aprobación y modificación de ordenanzas fiscales reguladoras de tributos que se indican a continuación. Los acuerdos y ordenanzas se hallan expuestos al público en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento.
El expediente, al efecto tramitado, podrá ser examinado en la Secretaría General, al objeto de que durante el plazo de treinta días, contados a partir de la inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, puedan presentarse las reclamaciones que se estimen oportunas, ante el Pleno del Ayuntamiento.
Los acuerdos y ordenanzas a que este anuncio se refiere son:
PRIMERO.- Establecimiento de la tasa por utilización de las dependencias e instalaciones municipales para la celebración de matrimonios civiles y aprobación de su ordenanza fiscal reguladora.
TERCERO.-
Modificación de las siguientes ordenanzas reguladoras de tributos:
Ordenanza fiscal |
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1 |
Tasa por compulsas, derechos de examen y otros |
2 |
Tasa por prestación del servicio del cementerio municipal |
3 |
Tasa por prestación del servicio o realización de actividades relativas al servicio de enganche de alcantarillado y de agua |
4 |
Tasa por ocupación de la vía pública por puestos, barracas, casetas de ventas, espectáculos o atracciones e industrias callejeras y ambulantes de terrenos de dominio público local |
5 |
Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras |
Trillo, 3 de abril de 2013.– El Alcalde, Francisco Moreno Muñoz.