Ayuntamiento de Tórtola de Henares
4055
D. Jesús J. Heredia Clemente, en calidad de Secretario del Ayuntamiento de Tórtola de Henares (Guadalajara).
Habiendo resultado infructuosa la notificación en el lugar de su empadronamiento, se procede a practicarla conforme prevé el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, mediante la publicación del presente anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su domicilio y en el Boletín Oficial de la Provincia.
NOTIFICO:
Que por el Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento con fecha de hoy, 27 de agosto de 2013, se ha dictado la resolución que copiada literalmente dice lo siguiente:
“Visto el expediente tramitado en este Ayuntamiento de baja por inclusión indebida en el padrón municipal de D.ª Danka Vasileva Maznikova, con pasaporte búlgaro n.º 363274168, empadronada actualmente en el municipio, en la c/ Iglesia (la), n.º 5.
A la vista del acta de constitución de la Sección Provincial del Consejo de Empadronamiento del día 26 de julio de 2013 en la que se estudió tales bajas por inclusión indebida y se informó favorablemente sobre las mismas.
HE RESUELTO:
PRIMERO.- Declarar expresamente la baja de la inscripción padronal relacionada a la vista de que no reside en la vivienda en la que actualmente está empadronada.
SEGUNDO.- Acordar igualmente la baja de la inscripción padronal antes relacionada.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Guadalajara en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Dado en Tórtola de Henares a tres de septiembre de dos mil trece.– El Secretario, Jesús José Heredia Clemente.