Ayuntamiento de Yebes
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De conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al haber intentado las notificaciones y no haber sido posible practicarlas por las causas que constan en el expediente, por medio del presente vengo a notificar la parte dispositiva de la Resolución de la Alcaldía de fecha 20 de agosto de 2013:
“Visto que, con fecha 15 de abril de 2013, una vez presentada denuncia por la Guardia Civil de la Comandancia de Guadalajara, puesto de Horche, en relación con los signos evidentes de abandono de los vehículos de matrículas M7481TC, M1008LF, ……, SG5439G, M2553OY y ……, ubicados en distintas calles del municipio de Yebes y de la Urbanización Valdeluz, por el Alguacil Municipal se levantó acta de comprobación en la que se indica que dichos vehículos presentan evidentes signos de abandono, que coincide con lo reflejado por la Guardia Civil de la Comandancia de la Guardia Civil, puesto de Horche, en las correspondientes actas-denuncias presentadas ante este Ayuntamiento.
Visto que, con fecha 15 de abril de 2013, se solicitó informe de Secretaría sobre la legislación aplicable y el procedimiento a seguir, que fue emitido con fecha 17 de abril de 2013.
Visto, que con fecha 17 de mayo de 2013, se requirió al titular del vehículo matrícula ……… para que procediera a la retirada del mismo de la vía pública y a los titulares de los vehículos matrículas M7481TC, M1008LF, ……… SG5439G, M2553OY, mediante edicto publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara n.º 78, de fecha 1 de julio de 2013, al haber intentado las notificaciones y no haber sido posible practicarlas, todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En dicha visita de comprobación se ha constatado que el resto de los vehículos denunciados permanecen estacionados en el mismo sitio, hallándose en esta situación, como mínimo el vehículo que menos tiempo lleva estacionado, desde hace diez meses, a tenor del acta levantada en su momento por el funcionario que suscribe, no habiendo atendido, por tanto, al requerimiento realizado por la Alcaldía.
De conformidad con el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el artículo 12.5 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, RESUELVO:
PRIMERO. …
SEGUNDO. Declarar como residuo doméstico el vehículo marca Ford, modelo Scort, color blanco, matrícula SG5439G, titular Roberto Pallín Herrero, con NIF 51919591N, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.b) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.
TERCERO. Declarar como residuo doméstico el vehículo marca Volkswagen, modelo Passat, color gris, matrícula M1008LF, titular Ioana Ella Rascu, NIE X6757782Z, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.b) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.
CUARTO. Declarar como residuo doméstico el vehículo marca Peugeot, modelo 306, color granate, M2553OY, titular Purificación Etchart Fernández, NIF 00776129V, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.b) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.
QUINTO. Declarar como residuo doméstico el vehículo marca Ford, modelo Transit 2.5 D, color blanco, matrícula M7481TC, titular Enmanuel Robert Mihaies, con NIE X7472620N, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.b) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.
SEXTO. Entregar los vehículos para su tratamiento en un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos, para su destrucción y descontaminación, instando al centro para que proceda de acuerdo con el artículo 5 del Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre Gestión de Vehículos al Final de su Vida Útil, y el artículo segundo de la Orden INT/624/2008, de 26 de febrero, por la que se regula la Baja Electrónica de los Vehículos Descontaminados al Final de su Vida, emita:
- Certificado de destrucción.
- Tramite baja electrónica definitiva del vehículo en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.
SÉPTIMO. Notificar a los titulares de los vehículos que han sido declarados residuos domésticos y que se va a proceder a su traslado a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos, para su tratamiento como tal. Notificando a cada titular la parte de la resolución que le corresponde y, en caso de no poder practicar la notificación de la forma establecida en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se practicará de forma conjunta en la forma establecida en el artículo 59.5 de dicho texto legal.”
Contra la presente resolución podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara en el plazo de dos meses, contados a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, o bien recurso potestativo de reposición ante esta Alcaldía en el plazo de un mes, a partir de dicha publicación.
En Yebes, a 16 de octubre de 2013.– El Alcalde, José Joaquín Ormazábal Fernández.