Ayuntamiento de Ablanque
2482
Anuncio
Trascurrido el plazo de treinta días desde la aparición en el BOP n.º 9, de fecha 20 de enero de 2014, del anuncio por el que se hace público el acuerdo provisional de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por abastecimiento de agua, no habiéndose presentado reclamaciones contra el expediente seguido al efecto, dicho acuerdo queda elevado a definitivo, de conformidad con el art. 17.3 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por la que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
El texto modificado se hace público, para su general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 70.2 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Artículo 5. La cuota tributaria resultará de la aplicación de la siguiente tarifa:
a) Derechos de conexión: 200,00 euros, con independencia que sea o no de nueva instalación.
b) Cuota de servicio mínimo: 12,00 euros/anual.
c) Consumo, por metro cúbico:
- De 0 a 199 m3: 0,18 euros/m3.
- Exceso de 200 m3: 0,25 euros/m3.
Ablanque, 16 de mayo de 2014.– El Alcalde, José Luis Sancho del Castillo.