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Miércoles, 01 Agosto 2018 08:08

APROBACIÓN MATRÍCULA TASA OCUPACIÓN VÍA PUBLICA CON ENTRADA DE VEHÍCULOS AÑO 2018

2369

Aprobación matricula Tasa ocupación vía pública con entrada de vehículos año 2018
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AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA


2369

E D I C T O

Aprobada la matrícula de contribuyentes relativa a la Tasa por aprovechamiento de la vía pública y terrenos de uso público con entrada o paso de vehículos correspondiente al ejercicio 2018, queda expuesta al público en las oficinas de este Excmo. Ayuntamiento, (Sección Segunda de Rentas – Edificio Calle Doctor Mayoral, nº 4, planta 1ª), para examen y reclamaciones por parte de los legítimamente interesados, durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

La exposición al público de la matrícula producirá los efectos de notificación de las liquidaciones contenidas en las mismas, a los fines de la notificación colectiva prevista en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de Diciembre, General Tributaria, pudiéndose interponer contra dichos actos recurso de reposición previo al Contencioso-Administrativo, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la finalización del período de exposición al público.

Período de pago:

PAGO EN PERIODO VOLUNTARIO: En aplicación de lo dispuesto en el artículo 62.3 de la Ley General Tributaria, Ley 58/2003, de 17 de diciembre, queda fijado el siguiente plazo de ingreso en período voluntario de la Tasapor aprovechamiento delavíapública y terrenos de uso público con entrada o paso devehículoscorrespondiente al ejercicio2018:

Del 20 de Septiembre de 2018 al 20 de Noviembre de 2018.

PAGO EN PERIODO EJECUTIVO: Transcurridos los plazos anteriormente señalados, las deudas no satisfechas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio del 20%, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.No obstante, se aplicará un recargo del 5% cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario antes de la notificación de la providencia de apremio y se aplicará el recargo de apremio reducido del 10% cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario y el propio recargo una veza notificada la providencia de apremio y antes de la finalización del plazo marcado en el artículo 62.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributaria.

Se recuerda la posibilidad y conveniencia de utilizar la modalidad de domiciliación bancaria.

Lugar de pago:

El ingreso deberá efectuarse en cualquier sucursal de las Entidades Colaboradoras que a continuación se relacionan, en el horario de atención al público que cada entidad tenga establecido, acompañando el juego de impresos que recibirán a tal fin en su domicilio.

ENTIDADES COLABORADORAS:

IBERCAJA, BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, SALAMANCA Y SORIA, BANCO DE CASTILLA LA MANCHA, BANKIA, CAIXA-BANK, ABANCA, EUROCAJA RURAL SCC, BBVA, BANCO SANTANDER y BANCO SABADELL.

Duplicados:

Los contribuyentes que no reciban los documentos de cobro pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas de la Entidad Gestora IBERCAJA para solicitarlos.

Guadalajara, a 30 de julio de 2018. El Alcade-Presidente. D. Antonio Román Jasanada.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Edicto
  • Municipios: Guadalajara
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