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Miércoles, 16 Mayo 2018 08:05

CITACIÓN A JUICIO DESPIDO 587/17-C

1584

CITACION A JUICIO A ALMACENES Y DISTRIBUCIONES YUNQUERA SL
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JUZGADO SOCIAL 2 GUADALAJARA


1584

JDO. DE LO SOCIAL N. 2 GUADALAJARA

AVENIDA DE EJERCITO 12, EDIF SERVICIOS MULTIPLES PLANTA PRIMERA

Tfno: 949209900
Fax: 949235274

Equipo/usuario: CH1

NIG: 19130 44 4 2017 0001215
Modelo: N04200

DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000587 /2017 -C
Procedimiento origen: /
Sobre DESPIDO

DEMANDANTE/S D/ña: JUAN PABLO ESTREMERA SANZ
ABOGADO/A: CARLOS LOPEZ ESTRINGANA
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:

DEMANDADO/S D/ña: ALMACENES Y DISTRIBUCIONES YUNQUERA, SL, FOGASA FONDO GARANTIA SALARIAL
ABOGADO/A: , LETRADO DE FOGASA
PROCURADOR: ,
GRADUADO/A SOCIAL: ,

EDICTO

D/Dª MARÍA PILAR BUELGA ALVAREZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 2 de GUADALAJARA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 587/2017-C de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª JUAN PABLO ESTREMERA SANZ contra ALMACENES Y DISTRIBUCIONES YUNQUERA, SL sobre DESPIDO, se ha dictado Sentencia que contiene el siguiente Fallo:

“Que ESTIMO la demanda por despido formulada por D. JUAN PABLO ESTREMERA SANZ declarando improcedente el despido producido el 11 de agosto de 2017, y condeno a ALMACENES Y DISTRIBUCIONES YUNQUERA, S.L. a estar y pasar por la anterior declaración y a que, a su elección, en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de la presente resolución, readmita al trabajador en su mismo puesto de trabajo o que le indemnice en la cantidad de 12.413,44.-€., elección que deberá comunicar al Juzgado por escrito o mediante comparecencia en Secretaria, sin que procedan salarios de tramitación.

Condeno, asimismo a FOGASA a estar y pasar por el anterior pronunciamiento, en cuanto a su responsabilidad subsidiaria en virtud del art. 33 ET.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 194 y ss de la LRJS previo cumplimiento de las demás disposiciones legales en vigor. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en BANCO SANTANDER a nombre de esta Oficina Judicial con el núm. 2178000061058717, debiendo indicar en el campo concepto "recurso" seguido del código "34 Social Suplicación", acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como; en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, deberá consignar en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario a primer requerimiento indefinido por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a esta Oficina Judicial con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio mando y firmo.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ALMACENES Y DISTRIBUCIONES YUNQUERA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de Guadalajara.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En GUADALAJARA, a dieciocho de abril de dos mil dieciocho.EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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