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Miércoles, 07 Marzo 2018 08:03

DESPIDO 649/2017-L

815

NOTIFICACIÓN SENTENCIA A NETHERLANDS LOGISTIC, S.L.
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JUZGADO DE LO SOCIAL N. 2 DE GUADALAJARA


815

JDO. DE LO SOCIAL N. 2 GUADALAJARA
AVENIDA DE EJERCITO 12, EDIF SERVICIOS MULTIPLES PLANTA PRIMERA

Tfno: 949209900
Fax: 949235274

Equipo/usuario: RO1
NIG: 19130 44 4 2017 0001353 Modelo: N81291
DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000649 /2017-L

Procedimiento origen: /
Sobre DESPIDO

DEMANDANTE/S D/ña: CESAR GARCIA-CANO SANTOS ABOGADO/A: DAVID SACRISTAN RUIZ
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:

DEMANDADO/S D/ña: 3M LOGISTICA, S.L., MENDOZA Y MONGE, S.L. , ASISTENCIA ALCARRIA, S.L. , MARIANO MENDOZA LATORRE , FRANCISCO JOSE MENDOZA MONGE , MARIA JESUS MENDOZA MONGE , NETHERLANDS LOGISTIC, S.L. , FOGASA , MINISTERIO FISCAL
ABOGADO/A: , , , , , , , LETRADO DE FOGASA ,
PROCURADOR: , , , , , , , ,
GRADUADO/A SOCIAL: , , , , , , , ,

EDICTO

Dª MARÍA PILAR BUELGA ALVAREZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 2 de GUADALAJARA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 649/2017 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª CESAR GARCIA-CANO SANTOS contra 3M LOGISTICA, S.L., MENDOZA Y MONGE, S.L. , ASISTENCIA ALCARRIA, S.L. , MARIANO MENDOZA LATORRE , FRANCISCO JOSE MENDOZA MONGE , MARIA JESUS MENDOZA MONGE , NETHERLANDS LOGISTIC, S.L., con intervención de FOGASA y MINISTERIO FISCAL, sobre DESPIDO, se ha dictado la Sentencia nº 65/2018 de fecha 19.02.2018, cuyo Fallo es como sigue:

“FALLO

Que ESTIMO parcialmente la demanda por despido formulada por D. CÉSAR GARCÍA-CANO SANTOS frente a 3M LOGÍSTICA, S.L., MENDOZA Y MONGE, S.L., ASISTENCIA ALCARRIA, S.L., D. MARIANO MENDOZA LATORRE, D. FRANCISCO JOSÉ MENDOZA MONGE, Dª Mª JESÚS MENDOZA MONGE, NETHERLANDS LOGISTIC, S.L declarando improcedente el despido producido el 14 de agosto de 2017, y condeno a 3M LOGÍSTICA, S.L. a estar y pasar por la anterior declaración y a que, a su elección, en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de la presente resolución, readmita al trabajador en su mismo puesto de trabajo con abono de los salarios de tramitación, o que le indemnice en la cantidad de 13.025,58 .-€., elección que deberá comunicar al Juzgado por escrito o mediante comparecencia en Secretaria.

Condeno a 3M LOGÍSTICA, S.L. al pago de la cantidad de 3.921,97 € en concepto de salario debido más el interés del 10% del art. 29.3 ET.

Condeno, asimismo a FOGASA a estar y pasar por el anterior pronunciamiento, en cuanto a su responsabilidad subsidiaria en virtud del art. 33 ET.

Absuelvo a las empresas y personas físicas MENDOZA Y MONGE, S.L., ASISTENCIA ALCARRIA, S.L., D. MARIANO MENDOZA LATORRE, D. FRANCISCO JOSÉ MENDOZA MONGE, Dª Mª JESÚS MENDOZA MONGE, NETHERLANDS LOGISTIC, S.L de los pedimentos de la demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 194 y ss de la LRJS previo cumplimiento de las demás disposiciones legales en vigor. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en BANCO SANTANDER a nombre de esta Oficina Judicial con el núm. 2178000061064917, debiendo indicar en el campo concepto "recurso" seguido del código "34 Social Suplicación", acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como; en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, deberá consignar en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario a primer requerimiento indefinido por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a esta Oficina Judicial con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio mando y firmo”.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a NETHERLANDS LOGISTIC, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y de la Comunidad de Madrid, y su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En GUADALAJARA, a veintiuno de febrero de dos mil dieciocho.EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Información adicional

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  • Municipios: Guadalajara
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