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Martes, 20 Febrero 2024 08:02

RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA CONSEJERÍA DE DESARROLLO SOSTENIBLE, POR LA QUE SE RESUELVE EL PERIODO DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y SE APRUEBA EL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES (E.D.A.R.) DE BRIHUEGA (GUADALA

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JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA - LA MANCHA. CONSEJERÍA DE DESARROLLO SOSTENIBLE


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Mediante Resolución de 26 de octubre de 2023, de la Secretaría General de la Consejería de Desarrollo Sostenible, publicada en el DOCM nº 218, de 14 de noviembre de 2023, en el BOP de Guadalajara nº 212, de 8 de noviembre de 2023, en el diario Nueva Alcarria el 10 de noviembre de 2023 y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Brihuega del 2 de noviembre hasta el 27 de noviembre de 2023, se sometió a un periodo de información pública en materia de expropiación forzosa el Proyecto de construcción de la estación depuradora de aguas residuales (E.D.A.R.) de Brihuega (Guadalajara). Expediente: AD/GU/23/002, a fin de que se pudiera solicitar la rectificación de posibles errores o formular las alegaciones que se estimaran oportunas.

Durante dicho periodo de información pública se ha presentado una alegación que ha sido convenientemente resuelta.

 Visto el expediente de referencia y considerando, que se ha dado cumplimiento al trámite de información pública preceptuado en los arts. 17, 18 y 19 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y en los arts. 17, 18 y 56 del Decreto de 26 de abril de 1957, no habiéndose presentado alegaciones durante el mismo, así como que cumple los requisitos exigidos por la Ley 2/2022, de 18 de febrero de 2022, de Aguas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y la Ley de Contratos del Sector Público, y que la Entidad Pública Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha propone su aprobación, Resuelvo:

Aprobar el expediente de información pública y el Proyecto de construcción de la estación depuradora de aguas residuales (E.D.A.R.) de Brihuega, expediente AD/GU/23/002, que contiene la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados con la descripción material de los mismos en planos de planta y parcelario.

Esta aprobación implica, de acuerdo con el artículo 30 de la Ley de Aguas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, las declaraciones de utilidad pública y necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos correspondientes a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres. Dichas declaraciones se refieren también a los bienes y derechos comprendidos en el replanteo del proyecto y en las modificaciones de las obras que puedan aprobarse posteriormente.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la misma o desde la recepción de la notificación individualizada, si esta es posterior a aquella, ante la persona titular de la Consejería de Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Toledo a 08 de febrero de 2024. La Secretaria General Mª del Carmen Martín Sánchez

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