AYUNTAMIENTO DE TORIJA
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial de fecha 08/03/2022, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
ARTÍCULO 5. Cuota Tributaria.
La cuota de tarifa corresponde a la tramitación completa, en cada instancia, del documento o expediente de que se trate, desde su iniciación hasta su resolución final, incluida, notificación al interesado del Acuerdo recaído.
La tasa a que se refiere esta Ordenanza se regirá por las siguientes tarifas en euros:
A.- DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS
- Certificación de documentos:20 €.
- Bastanteo de poderes:39 €.
- Certificaciones catastrales descriptivas y gráficas:15 €.
- Certificaciones de antigüedad:6 €
- Cédulas urbanísticas: 150 €.
- Informes urbanísticos básicos: 10 €.
- Inspección Técnica de edificios:236 €.
- Copias de documentos administrativos sin necesidad de filtrado de protección de datos personales: 0.15/ hoja.
- Copia de documento disociado, por cada folio: 3,35 €.
B.- LICENCIAS, DECLARACIONES PREVIAS Y COMUNICACIONES URBANÍSTICAS
- Por obras, instalaciones y construcciones: 0,5 % de la base imponible de la obra con un mínimo de 5 euros y un máximo de 215 €. En el caso que conlleve la tramitación de calificación urbanística previa y/o la emisión de informes sectoriales perceptivos el importe de la tasa ascenderá en todo caso a 215 €.
- Parcelaciones:150 €.
- Segregaciones y/o agregaciones: 150 €.
- Licencias de primera ocupación de edificios, construcciones e instalaciones y modificaciones del uso de los mismos:100 €.
- Prórrogas de licencias concedidas:50 €
- Declaración de ruina:236 €.
- Demolición de construcciones: 2 % de la base imponible de la actuación con un mínimo de 5 € y un máximo de 215 €.
- Movimientos de tierra, desmonte, explanación, abancalamiento y sorriba: 2 % de la base imponible de la actuación con un mínimo de 5 € y un máximo de 215 €.
- La colocación de carteles y vallas de propaganda visibles desde la vía pública: 2 % de la base imponible de la actuación con un mínimo de 5 € y un máximo de 215 €.
C.- TRAMITACIÓN INSTRUMENTOS DE PLANEAMIENTO
- Con un ámbito de hasta una hectárea: 900 €.
- Con un ámbito de más de una hectárea y menos de tres hectáreas: 1.650 €
- Con un ámbito de tres o más hectáreas: 1.950 €
D.-TRAMITACIÓN DE PROGRAMAS DE ACTUACIÓN URBANIZADORA
- Con un ámbito de hasta una hectárea: 1.500 €
- Con un ámbito de más de una hectárea y menos de tres hectáreas: 1.750 €.
- Con un ámbito de tres o más hectáreas:2.200 €.
E.- TRAMITACIÓN DE ESTUDIOS DE DETALLE
- Con un ámbito de hasta dos mil metros cuadrados:700 €.
- Con un ámbito de más de dos mil y menos de cinco mil metros:900 €.
- Con un ámbito de más de cinco mil metros cuadrados:1.050 €.
F.- POR LA MODIFICACIÓN DE LÍMITES DE UNIDADES DE ACTUACIÓN
- Por la modificación de los límites de las unidades de actuación: 700 €
G.- POR LA TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DE EQUIDISTRIBUCIÓN
- Con un ámbito de hasta tres hectáreas: 800 €
- Con un ámbito de más de tres hectáreas: 1.150 €.
H.- POR LA TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DE URBANIZACIÓN
- Con un presupuesto de hasta cien mil euros:600 €.
- Con un presupuesto de hasta doscientos mil euros: 900 €.
- Con un presupuesto de hasta trescientos mil euros: 1.150 €.
- Con un presupuesto de más de trescientos mil euros:1.400 €.
I.-POR LA TRAMITACIÓN DE PROGRAMAS DE ACTUACIÓN EDIFICATORIA
- Con un ámbito de hasta mil metros cuadrados: 1.300 €
- Con un ámbito de más de mil metros cuadrados:1.500 €.
J.-INSPECCIÓN DE ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES, MERCANTILES, COMERCIALES Y CENTROS DE ANIMALES
- Inspección de establecimientos industriales, mercantiles, comerciales y centros de animales: 290 €.
H.-ACTUACIONES DE REGISTROS TRAMITACIÓN DE LICENCIA DE TENECIA DE ANIMALES EN DOMICILIO.
- Tramitación para la emisión de licencia de tenencia de animales peligrosos: 5€/ animal.
- Inscripción y modificación de datos en el registro de animales correspondiente: 5€/ animal.
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Torija a 29 de abril de 2022. El Alcalde, Rubén García Ortega