AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
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Aprobado definitivamente, una vez que ha permanecido expuesto al público por un plazo de quince días hábiles, (BOP GU, núm. 145 de 1 de agosto de 2019) el expediente de Suplemento de Crédito 1/2019, sin que contra el mismo se haya presentado reclamaciones, se hace público a los efectos recogidos por los artículos 169 y 177 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas locales.
Queda elevado a definitivo el acuerdo, que se hace público resumido por capítulos.
Expediente de Suplemento de Crédito nº 1/2019, con destino a la realización de los siguientes gastos:
Capítulo |
Descripción |
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1 |
Gastos de personal |
5.757,01 |
2 |
Gastos corrientes en bienes y servicios |
2.543.387,75 |
4 |
Transferencias corrientes |
10.610,70 |
6 |
Inversiones reales |
1.079.574,40 |
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3.639.329,86 |
Se financiarán con cargo al remanente líquido de tesorería.
Contra la aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, por las personas y entidades a que hace referencia el artículo 171 del R.D.Leg. 2/2004, de 5 de marzo.
En Azuqueca de Henares, a 26 de agosto de 2019. Fdo.: El Alcalde, D. José Luis Blanco Moreno