AYUNTAMIENTO DE HONTOBA
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Por Resolución de Alcaldía nº 433/2019 de fecha 21/08/2019, una vez concluido el pertinente proceso selectivo, se ha aprobado la constitución de bolsa de empleo de personal laboral temporal para cubrir los puestos de auxiliar de ayuda a domicilio de este Ayuntamiento, con la siguiente redacción, en la que se incluye la relación de aspirantes y puntuación obtenida :
" RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA nº 433/2019
En relación con el expediente relativo a la constitución de bolsa de trabajo (personal laboral temporal) para cubrir las vacantes de auxiliar de ayuda a domicilio, a la vista de los siguientes antecedentes:
Documento |
Fecha/N.º |
Providencia de Alcaldía |
09/07/2019 |
Informe de Secretaría |
09/07/2019 |
Bases que han de regir la Convocatoria y proceso de selección |
09/07/2019 |
Informe-Propuesta de Secretaría |
09/07/2019 |
Resolución de Alcaldía aprobando la Convocatoria y las Bases |
Nº 318/2019 09/07/2019 |
Anuncio BOP/Sede |
Nº 130, de 11/07/2019 |
Comunicación a los Órganos que deban proponer miembros del Tribunal |
09/07/2019 |
Resolución de Alcaldía aprobando la Lista Provisional |
No se aplica, no hubo ningún candidato excluido |
Comunicación a los miembros del Tribunal |
19/07/2019 |
Certificado de Secretaría de solicitudes presentadas |
26/07/2019 |
Informe-Propuesta de Secretaría |
26/07/2019 |
Resolución de Alcaldía aprobando la Lista Definitiva |
Nº 359/2019 26/07/2019 |
Anuncio Sede Electrónica y BOP |
Del día 30/07/2019 al 16/08/2019 BOP Nº 143, DE 30/07/2019 |
Acta de Baremación |
31/07/2019 |
Anuncio del Resultado de la Baremación |
31/07/2019 |
Certificado de las Alegaciones Presentadas |
21/08/2019 |
Resolución del Tribunal |
No procede resolver ninguna reclamación por no existir |
Informe Propuesta Secretaría |
21/08/2019 |
Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
RESUELVO
PRIMERO. Aprobar la constitución de la bolsa de empleo para cubrir las posibles vacantes temporales, incluidas la cobertura de vacaciones, que sucedan en el puesto de auxiliar de ayuda a domicilio de este Ayuntamiento, con la siguiente relación de aspirantes:
1- Bolsa de empleo, ordenada en forma decreciente, con candidatos que SÍ poseen Título Oficial requerido, en base a la Resolución de 11 de diciembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que modifica parcialmente el Acuerdo de 27 de noviembre de 2008, sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia:
Nombre y apellidos |
NIF |
Puntuación |
Dª .... |
08983809-D |
0,20 |
Dª .... |
70051289-M |
0,00 |
2- Bolsa de empleo, ordenada en forma decreciente, con candidatos que NO poseen Título Oficial requerido, en base a la Resolución de 11 de diciembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que modifica parcialmente el Acuerdo de 27 de noviembre de 2008, sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia: No procede la constitución de bolsa puesto que no hay candidatos.
SEGUNDO. Publicar la relación de aspirantes incluidos en la bolsa en el Boletín Oficial de la Provincial, así como en la Sede electrónica de este Ayuntamiento, donde ha de quedar permanentemente actualizada."
Los llamamientos se producirían atendiendo al orden de prelación de los aspirantes y en función de las necesidades existentes.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Castilla La Mancha, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho por los interesados.
En Hontoba, a 21 de agosto de 2019. Fdo. Alcalde-Presidente. Pedro David Pardo de la Riva