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Martes, 13 Agosto 2019 08:08

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS 2/2019

2173

Anuncio de aprobación definitiva de modificación de créditos 2/2019, modalidad suplemento de crédito con cargo a remanente líquido de tesorería.
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AYUNTAMIENTO DE MAZARETE


2173

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 11 de julio de 2019, sobre suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, como sigue a continuación:

 

 

Suplemento en aplicaciones de gastos

 

Aplicación

 

Descripción

Modificación de crédito

Programa

Económica

 

 

920

22699

Instalaciones deportivas. Inversión nueva en infraestructuras

9.300,00

 

TOTAL

 

9.300,00

 

Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos: 

 

Suplemento en Concepto de Ingresos

 

Concepto

Descripción

Euros

870

Remanente de tesorería Gastos generales

9.300,00

 

 

TOTAL INGRESOS

9.300,00

 

 

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes: La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

 

En Mazarete, a 9 de agosto de 2019. La Alcaldesa, Lucía Enjuto Cárdaba.

 

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