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Viernes, 26 Julio 2019 09:07

DELEGACION COMPETENCIAS DIPUTADO DELEGADO

2004

Designar a D. Rubén García Ortega como Diputado Delegado de Turismo y Ferias, Cooperación al Desarrollo y Consorcio de Residuos
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DIPUTACION PROVINCIAL DE GUADALAJARA


2004

La Presidencia de la Corporación por Resolución nº 2019-1714  de 15 de julio de 2019 ha resuelto: 

"Esta Presidencia tiene atribuida por Ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, conforme a los artículos 34.2 y 35.3 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Advertido error en el decreto número 2019-1674 de fecha 10 de julio de 2019, se suprime el  párrafo segundo que dice:

"Razones de oportunidad y conveniencia en aras de una agilización y mejora de servicio aconsejan delegar determinadas atribuciones en materia de Turismo y Ferias, Cooperación al Desarrollo y Consorcio de Residuos"

Así el tercer párrafo debe decir:

"Considerando necesario para una mejor dirección y gestión del servicio la delegación en determinadas materias y  vistos los artículos 34.2 y 35.3 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y 63, 64, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, vengo en resolver":

Según lo anterior vengo a resolver:

PRIMERO.- Designar a D. Rubén García Ortega como Diputado Delegado de Turismo y Ferias, Cooperación al Desarrollo y Consorcio de Residuos, 

SEGUNDO.- La Delegación comprende las facultades de dirección y gestión en general sobre las citadas materias, así como la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

TERCERO.- Las Delegaciones conferidas requerirán para su eficacia la aceptación del Diputado Delegado, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en la página web y se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.

CUARTO.- El Diputado Delegado queda obligado a informar a esta Presidencia, a posteriori, de la gestión y disposiciones que dicte, y previamente, de las decisiones de trascendencia, en los términos previstos en el artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En lo no previsto en esta Resolución regirán la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales en el marco de las reglas que para las delegaciones se establecen en estas normas”.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Guadalajara a 25 de julio de 2019 - Ilmo. Sr. Presidente José Luis Vega Pérez

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