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Miércoles, 26 Junio 2019 08:06

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DEL PLAN DE ENCIERRO DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LOS ESPECTÁCULOS TAURINOS DE HORCHE

1605

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DEL PLAN DE ENCIERRO DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LOS ESPECTÁCULOS TAURINOS DE HORCHE
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AYUNTAMIENTO DE HORCHE


1605

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Horche adoptado en la sesión ordinaria celebrada en la fecha de 30 de abril de 2.019, sobre la aprobación provisional del expediente de modificación del Plan de encierro de la Odenanza Reguladora de los espectáculos taurinos del municipio de Horche, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:

PRIMERO.- Aprobar la siguiente propuesta de modificación de la ordenanza de referencia:

“ARTÍCULO 27. Ubicación de la Zona de Inicio

El plan del encierro recoge las zonas específicas que regirán el encierro de reses bravas que se vienen celebrando con motivo de las Fiestas Patronales de Horche, así como de la denominada Feria Chica y otros eventos, ajustándose a lo preceptuado en el Reglamento de los Festejos Taurinos Populares de Castilla-La Mancha.

El encierro consistirá como norma general en trasladar las reses desde la Plaza de Toros, sita en el Paraje de la Cañada.

En este caso, la zona de inicio estará situada en la Plaza de Toros que coincidirá con la zona de finalización, la cual está constituida por unos corrales, hechos expresamente para el uso de encierre de reses bravas, y los mismo reúnen las condiciones de seguridad y solidez adecuadas para evitar que las reses allí encerradas puedan huir.

Se establecen las siguientes zonas de inicio:

a) ZONA DE INICIO PLAN DE ENCIERRO 1 (General)

Plaza de Toros.

b) ZONA DE INICIO PLAN DE ENCIERRO 2

Paraje Los Bosquiles, y/o, en su caso, Paraje de los Pedernales.

c) ZONA DE INICIO PLAN DE ENCIERRO 3

Ganadería situada en el Paraje de Valdosancho.

ARTÍCULO 28. Zona de Suelta

La zona de suelta consta de una parte vallada con tablones que transcurre por casco urbano.

La zona del casco urbano estará debidamente señalizada para advertir a los no participantes que deben abstenerse de penetrar en ella, y se acotará de tal forma mediante elementos de madera y hierro, a fin de evitar el riesgo de que las reses las abandonen, dichas medidas estarán acompañadas de:

  1. Corte durante el horario de celebración de los festejos, de las vías públicas que unen la Plaza de Toros con el casco urbano, a fin de evitar la penetración de personas o vehículos no autorizados.
  2. Indicación de los lugares de ubicación del personal de la organización encargado, en su caso de reconducir las reses hacia el itinerario previsto, así como de cualquier otro personal para el buen desarrollo de los festejos.
  3. Prohibición del acceso a dicha zona de vehículos ajenos a la organización del festejo, excepción hecha de las ambulancias y en su caso, de los vehículos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de los servicios de Protección Civil.

Se establecen las siguientes zonas de suelta:

a) ZONA DE SUELTA PLAN DE ENCIERRO 1 (General)

    • Paraje La Cañada
    • Calle San Roque
    • Cañada de Alcohete
    • Camino de Chiloeches
    • Carretera de Yebes
    • Paraje Los Bosquiles
    • Paraje La Encina
    • Paraje Los Pedernales
    • Paraje La Salega
    • Paraje Tablada de lo Nuevo
    • Paraje Caro Cuesta
    • Paraje Los Morteruelos
    • Paraje Los Tocadores
    • Paraje Losilla
    • Paraje El Ronco
    • Paraje Cerro Abad
    • Paraje Haza Ruleta
    • Cruz del Fraile
    • Paraje Boquilla de Valdeoro
    • Paraje Majano Hueco
    • Paraje Nava de Martín Rey
    • Paraje El Cerrón
    • Paraje Fuente del Gato
    • Paraje Cerro de La Horca

b) ZONA DE SUELTA PLAN DE ENCIERRO 2

    • Paraje La Encina
    • Paraje Los Pedernales
    • Paraje La Salega
    • Paraje Tablada de lo Nuevo
    • Paraje Caro Cuesta
    • Paraje Los Morteruelos
    • Paraje Los Tocadores
    • Paraje Losilla
    • Paraje El Ronco
    • Paraje Cerro Abad
    • Paraje Haza Ruleta
    • Cruz del Fraile
    • Paraje Majano Hueco
    • Paraje Nava de Martín Rey
    • Paraje El Cerrón
    • Paraje Fuente del Gato
    • Paraje Boquilla de Valdeoro
    • Paraje Cerro de La Horca
    • Carretera de Yebes
    • Camino de Chiloeches
    • Cañada de Alcohete
    • Calle San Roque
    • Paraje La Cañada
    • Plaza de Toros

c) ZONA DE SUELTA PLAN DE ENCIERRO 3

    • Camino de Aranzueque
    • Paraje Velón
    • Paraje Cerro Nebral
    • Paraje Majada Yegüa
    • Paraje de Las Cruces
    • Paraje Majano Hueco
    • Paraje Boquilla de Valdeoro
    • Paraje Cerrón

ARTÍCULO 29. Zona de Espectadores

La zona de espectadores estará igualmente ubicada en el mismo recinto que conforma el recorrido y estará dividida del siguiente modo:

a) ZONA DE ESPECTADORES PLAN DE ENCIERRO 1 (General)

    • Plaza de Toros
    • Paraje La Cañada
    • Calle San Roque
    • Cañada de Alcohete
    • Camino de Chiloeches
    • Paraje Cerro Majano
    • Paraje Olmas de Viribáñez
    • Paraje La Zarcilla
    • Paraje Las Juncadillas

b) ZONA DE ESPECTADORES PLAN DE ENCIERRO 2

    • Plaza de Toros
    • Paraje La Cañada
    • Calle San Roque
    • Cañada de Alcohete
    • Camino de Chiloeches
    • Paraje Cerro Majano
    • Paraje Olmas de Viribáñez
    • Paraje La Zarcilla
    • Paraje Las Juncadillas

c) ZONA DE ESPECTADORES PLAN DE ENCIERRO 3

    • Paraje de Valdosancho
    • Paraje de Cerrón (próxima a Ermita de San Isidro)
    • Paraje de La Zarcilla
    • Plaza de Toros
    • Paraje La Cañada
    • Calle San Roque”

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Albacete.

    En Horche, a 21 de Junio de 2019,  El Alcalde, Fdo.: Juan Manuel Moral Calvete

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