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Lunes, 10 Junio 2019 08:06

ADJUDICACIÓN DEL PUESTO NÚM. 2679 (TÉCNICO ECONOMISTA) Y DECLARAR DESIERTO EL PUESTO NÚM. 2663 (RESPONSABLE DE SECCIÓN PRESUPUESTARIA Y DE COSTES) DE LA VIGENTE RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA

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Adjudicacion del puesto nº 2679 (Técnico Economista) y declarar desierto el puesto nº2663 (Responsable de Seccion Presupuestaria y de Costes) de la vigente relacion de puestos de trabajo del ayuntamiento de guadalajara.
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AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA


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Con fecha 23 y 28 de mayo de 2019, el Concejal Delegado de Recursos Humanos ha dictado sendos decretos resolviendo el concurso interno de traslados para la provisión definitiva de los puestos 2663 y 2679 contenidos en la RPT del Ayuntamiento de Guadalajara, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subgrupo A1 del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara, que fue publicado el 1 de abril de 2019 en el Boletín Oficial de la Provincia.

El decreto de fecha 23 de mayo resolvió lo siguiente:

“...HE RESUELTO:

Única.- Adjudicar el puesto número 2679, denominado Técnico Economista de la vigente relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Guadalajara, a Dña. Victorina Heras Monge.

Se producirá la toma de posesión en el referido puesto de acuerdo a lo establecido en el art. 71 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha...”.

Por su parte el decreto de 28 de mayo resolvió lo siguiente:

“...HE RESUELTO:

“...Única.- Declarar desierto el puesto n.º 2663, denominado Responsable de Sección Presupuestaria y de Costes, perteneciente al subgrupo A1, del cuerpo de Administración Especial del Ayuntamiento de Guadalajara...”.

Contra estas resoluciones, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, se podrán interponer uno de los siguientes recursos:

  1. Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación. La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
    Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente al de la desestimación presunta.
  2. Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Guadalajara, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación.

En caso de optar por el recurso potestativo de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime procedente.

Guadalajara, 6 de junio de 2019. El Concejal Delegado de Recursos Humanos, D. Alfonso Esteban Señor

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