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Miércoles, 05 Junio 2019 08:06

PROYECTO DE URBANIZACIÓN DE LOS SISTEMAS LOCALES Y PROYECTO DE URBANIZACIÓN DE LOS SISTEMAS GENERALES DEL SECTOR SUR-I11 DE AZUQUECA DE HENARES. (EXPTE. NÚM. 4901/2018)

1437

Aprobación por unanimidad de la Junta de Gobierno Local de 23 de mayo de 2019, con correcciones, Proyecto de Urbanización de los Sistemas Locales y Proyecto de Urbanización de los Sistemas Generales del Sector SUR-I11 de Azuqueca de Henares.
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AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES


1437

De acuerdo con el art. 160 del Decreto 248/2004, de 14 de septiembre, Reglamento de Planeamiento de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística se hace público que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 23 de mayo de dos mil diecinueve adoptó el siguiente acuerdo:

«[....]

6º.- PROYECTO DE URBANIZACIÓN DE LOS SISTEMAS LOCALES Y PROYECTO DE URBANIZACIÓN DE LOS SISTEMAS GENERALES DEL SECTOR SUR-I11 DE AZUQUECA DE HENARES. (EXPTE. Nº 4901/2018).

Examinada la propuesta (expediente Gestiona 4901/2018; URB-G2018/01) de Proyecto de Urbanización de los Sistemas Locales y propuesta de Proyecto  de Urbanización de los Sistemas Generales del sector SUR-I11 de Azuqueca de Henares (cuyos registros de entrada se relacionan en los apartados dispositivos primero y segundo del presente acuerdo), toda presentada por Antonio Corrales Corrales (proyectos firmados por Jesús Lacasia Purroy), en representación de Parques Intermodales Gran Europa, S.A.  (PIGESA).

Las propuestas de PU se presentan en ejecución de planeamiento (de ordenación detallada) y de programación debidamente aprobados, tratándose del Plan de Ordenación Municipal de Azuqueca de Henares, aprobado definitivamente por acuerdo de la Comisión Provincial de Urbanismo de Guadalajara de 13 de mayo de 1999 (DOCM 25 de junio 1999; BOP 12 de julio de 2001) y Programa de Actuación Urbanizadora del Sector SUR-I11 promovido por Parques Intermodales Gran Europa, S.A., aprobado definitivamente por el Ayuntamiento Pleno el 26 de julio de 2018 (correcciones de errores por acuerdo del mismo Pleno de 4 de octubre de 2018) y adjudicado en el mismo acto a dicha mercantil, y con convenio urbanístico del referido PAU suscrito el 6 de agosto de 2018.

Por lo tanto, la referida mercantil se encuentra legitimada para la redacción y presentación de los  PU en cuestión dado que éste desarrolla el referido PAU y ostenta la condición de urbanizador del sector.

Los citados proyectos de urbanización han sido sometidos información pública por plazo de veinte días hábiles mediante anuncios publicados en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha núm. 32 de 14 de febrero de 2019, en el periódico Nueva Alcarria de 1 de febrero de 2019, y en la sede electrónica del Ayuntamiento (http://azuqueca.sedelectronica.es) desde el 14 de febrero de 2019 hasta el 14 de marzo de 2019. También en el tablón de anuncios físico sito en el edificio de la Casa Consistorial del 14 de febrero al 14 de marzo de 2019. En el expediente obra certificado de la Oficial Mayor de 1 de abril de 2019, conforme al cual no se ha presentado ninguna alegación en el referido trámite.

No se han detectado titulares catastrales o registrales de derechos afectados por la actuación urbanizadora que deban ser objeto de notificación individual antes de la primera publicación del anuncio.

Visto el informe favorable del Ingeniero Técnico de O.P. de 20 de mayo de 2019,  que incluye, de un lado, una serie de correcciones que se recogen como condiciones legales del presente acuerdo, y de otra una serie de documentos que deberán presentarse con posterioridad al presente.

Visto el informe del Arquitecto municipal, de 22 de mayo de 2019, que se asume íntegramente y que incluye una serie de documentos que deberán presentarse con posterioridad al presente y como condición para el inicio de las obras.

Visto el informe jurídico de la Letrada de Urbanismo con el visto bueno de la Oficial Mayor, de 22 de mayo de 2019, sobre competencia y procedimiento, asimismo favorable, que se asume íntegramente.

En consideración a cuanto precede y a las cuestiones sustantivas informadas por los técnicos de Urbanismo, se entiende suficientemente justificadas la legalidad y oportunidad de la propuesta de Proyecto de Urbanización de los Sistemas Locales y propuesta de Proyecto  de Urbanización de los Sistemas Generales del sector SUR-I11 y se estima procedente su aprobación.

Por ello y de conformidad con lo dispuesto en el art. 111.3 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-­La Mancha (Decreto legislativo 1/2010, de 18 de mayo), así como en el art. 147.1 del Decreto 248/2004, de 14 septiembre, que aprueba el Reglamento de Planeamiento de la Ley Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, en uso de sus atribuciones legales (art. 21.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen local, en virtud de la delegación de competencia recibida en el apartado PRIMERO. c) del Decreto nº 323-S de 29 de junio de 2015, BOP de Guadalajara número 89, de 24 de julio de 2015), la Junta de Gobierno Local, por unanimidad, adopta el siguiente

ACUERDO

PRIMERO.- Aprobar, con correcciones, las siguientes propuestas promovida por Parques Intermodales Gran Europa, S.A.  (PIGESA):

A) Proyecto de Urbanización de los Sistemas Locales del Sector SUR-I11 del POM de Azuqueca de Henares, integrada por la siguiente documentación:

- registro 2018-E-RE-1877 de 13 de noviembre de 2018, PU de SL completo (que sustituye a la anteriormente presentado con registro 2019-E-RE-1254 de 3 de agosto de 2018);

- registro 2019-E-RE-128 de 18 de enero de 2019 (cuadro descompuesto de SL);

- registro 2019-E-RE-993 de 3 de mayo de 2019, informe complementario al PU de SL sobre cruce por hinca del colector de pluviales y líneas MT y AT bajo rotonda y arroyo Las Mochas.

La presente aprobación se efectúa con las siguientes correcciones y condiciones, exigidas por el informe favorable, con correcciones y condiciones, del Ingeniero Técnico de O.P., de 20 de mayo de 2019:

-  “Sobre el saneamiento: (…) Se dispondrá en el interior de la parcela un sistema de almacenamiento regulador previo al vertido de las aguas pluviales.

(…)

-  Sobre la energía eléctrica: (…) se deberán presentar proyectos específicos (o separatas) de los soterramientos de líneas -éstos proyectos serán redactados por la propia compañía eléctrica titular de las líneas, Unión Fenosa, o bien contarán con documento de conformidad de dicha compañía-. Se deberán instalar vallados de protección de los nuevos apoyos a ubicar en las parcelas SI-3 y SI-4.

-   También se redactarán separatas de los proyectos de media y baja tensión para nuevo suministros al Sector, para su tramitación independiente, y éstos contarán con documento de conformidad de la compañía suministradora Iberdrola. Se cambiará lo relativo a los dos centros de transformación, que no serán de edificios prefabricados en superficie, sino enterrados, de ventilación horizontal, con su coronación pavimentada a nivel de las rasantes. Si no fuera posible la instalación de estos centros soterrados, se presentará el documento de la compañía que justifique dicha imposibilidad.

-   Sobre el alumbrado público: (…) también se presentará separata de este proyecto, al objeto de poder tramitarlo ante la Consejería correspondiente de la Junta de Comunidades y posteriormente poder contratar el servicio.

-  Sobre Jardinería, Riego y Mobiliario urbano: lo definido deberá contar con la conformidad del Servicio de Jardinería Municipal, tanto en lo referente a plantaciones como a instalaciones de riego que, en cualquier caso, debe adaptarse para cumplir con los documentos municipales “Condiciones mínimas de las instalaciones de riego” y “Directrices de riego por goteo”; los bancos no serán del modelo Madrid, sino del modelo “Neobarcino” o similar.

-  Sobre la señalización: deberá completarse con señalización informativa, indicativa de elementos singulares”.

B) Proyecto de Urbanización de los Sistemas Generales del Sector SUR-I11 del POM de Azuqueca de Henares, integrada por la siguiente documentación:

- registro 2018-E-RE-1256 de 3 de agosto noviembre de 2018, PU de SG;

- registro 2019-E-RE-143 de 21 de enero de 2019 (cuadro descompuesto de SG);

- registro 2019-E-RE-1140 de 21 de mayo de 2019, plano señalización rotonda, y plano detalle acera lado SUR-I11;

C) La presente aprobación de ambos proyectos se efectúa bajo las determinaciones y con los condicionantes contenidos en las siguientes resoluciones e informes sectoriales que figuran en el expediente:

__ La resolución de la Dirección Provincial de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de Guadalajara de 14 de febrero de 2019 (DOCM núm. 37 de 21 de febrero de 2019) por la que formula el informe de impacto ambiental del Proyecto de Urbanización del sector SUR-I11 en Azuqueca de Henares (Guadalajara) (expediente PRO-GU-18-0503).

__ La resolución de la Confederación Hidrográfica del Tajo de 25 de marzo de 2019 (registro de entrada en este Ayuntamiento 2019-E-RC-4241 de 28 de marzo de 2019), adoptada en su expediente (ZP-0177/2017, sobre autorización para la ejecución de obras en la zona de policía de cauces) por la que autoriza las obras de urbanización del sector SUR-I11 del POM de Azuqueca de Henares.

__ Informe favorable de la Delegación Provincial de Cultura, Turismo y Artesanía de Guadalajara de 25 de mayo de 2010 (registro de entrada 9588 de 5 de junio de 2010), relativo al informe de actuación arqueológica del “Programa de Actuación Urbanizadora del sector I-11 del Plan de Ordenación Municipal de Azuqueca de Henares”, por remisión a él del oficio del Director provincial de Educación, Cultura y Deporte de la JCCM en Guadalajara de 22 de septiembre de 2016 (Registro de entrada 2016-E-RC-13899 de 28 de septiembre de 2016).

__ Las siguientes resoluciones de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha (registro de entrada en este Ayuntamiento 2019-E-RE-1119, de 20 de mayo de 2019):

- de 14 de mayo de 2019, en su expediente GU_0076/2018/IN (sobre otorgamiento de autorización para realizar obras) por la que autoriza las obras de urbanización del sector SUR-I11 del POM de Azuqueca de Henares (a excepción del soterramiento de las líneas eléctricas aéreas de AT y MT de Unión Fenosa Distribución, S.A.), sometiéndola a condiciones que deberán incluirse en la aprobación de los Pus;

- de 17 de mayo de 2019, en su expediente GU_0378/2018/CS (sobre otorgamiento de autorización para realizar obras) por la que autoriza las obras contenidas en el “Proyecto para retranqueo de línea aérea M.T. 15 kv junto A-2 p.k. 44+000 Azuqueca de Henares-Alovera (Guadalajara)” y en el “Proyecto de retranqueo entre apoyos nº 63 y 66 de la línea a 45 kv Alcalá I-Mahou (Guadalajara)”.

D) Así mismo, a resultas y de conformidad con lo informado por el Arquitecto municipal en su informe de 22 de mayo de 2109, la eficacia de la aprobación de los proyectos de urbanización sólo tendrá lugar, y podrán por tanto iniciarse las obras, una vez que se presente en este Ayuntamiento, con carácter previo al inicio efectivo de las correspondientes obras, la siguiente documentación:

- Hojas de Encargo de todas las Direcciones de Obras que intervengan en las mismas, así como de la Coordinación de Seguridad y Salud.

E) Así mismo, a resultas y de conformidad con lo informado por el Ingeniero Técnico de obras públicas municipal en su informe de 20 de mayo de 2019, el urbanizador deberá presentar la siguiente documentación con posterioridad al presente acuerdo:

-  Autorización o aprobación de la Comunidad de Regantes del Canal del Henares para la solución técnica pormenorizada de la obra que afecta sus instalaciones, según lo indicado por dicha Comunidad en notificación al Agente  Urbanizador de fecha 12 de enero de 2018.

-  Documentos de conformidad con lo definido en este Proyecto de Urbanización, en lo relativo a las instalaciones de su competencia, de las siguientes compañías: Unión Fenosa, Iberdrola, Ufinet y Telefónica, respectivamente.

SEGUNDO.- Notificar el presente acuerdo a los interesados, en el plazo de diez días y con indicación de los recursos que procedan.

TERCERO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, y en el tablón de anuncios físico y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento.

CUARTO.- Dar traslado del presente acuerdo a la Dirección Provincial de la Consejería de Fomento en Guadalajara, para su inscripción en la “Sección Primera de Programas de Actuación Urbanizadora” del Registro de Programas de Actuación Urbanizadora y de Entidades Urbanísticas Colaboradoras.

[....]»

En Azuqueca de Henares, a 30 de mayo de 2019, el Alcalde en funciones José Luis Blanco Moreno

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