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Jueves, 23 Mayo 2019 08:05

CORRECCIÓN DE ERROR MATERIAL ADVERTIDO EN LAS BASES Y CONVOCATORIA APROBADAS PARA LA PROVISIÓN, EN PROPIEDAD, DE DOS PLAZAS DE TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL Y UNA PLAZA DE ECONOMISTA, VACANTES EN LA PLANTILLA DEL AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA

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CORRECCIÓN DE ERROR MATERIAL ADVERTIDO EN LAS BASES Y CONVOCATORIA APROBADAS PARA LA PROVISIÓN, EN PROPIEDAD, DE DOS PLAZAS DE TECNICO DE ADMINISTRACION GENERAL Y UNA PLAZA DE ECONOMISTA, VACANTES EN LA PLANTILLA DEL AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA.
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AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA


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Habiéndose advertido algunos errores aritméticos y materiales en la publicación de las Bases y convocatorias aprobadas por este Ayuntamiento para los procesos selectivos de provisión en propiedad, de 2 plazas de Técnico de Administración General y de 1 plaza de Economista de Administración Especial; y en uso de las atribuciones que me confiere la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y demás normativa aplicable, y de conformidad con el Decreto de la Alcaldía-Presidencia de fecha 23 de junio de 2015, por el que se delegan en el Concejal Delegado de Recursos Humanos las facultades para dictar actos en materia de personal, por el presente,  HE RESUELTO

Primero.- Rectificar el error material advertido en las Bases y convocatoria aprobadas para la provisión, en propiedad, de dos plazas de Técnico de Administración General, vacantes en la plantilla del Ayuntamiento de Guadalajara, en ejecución del proceso extraordinario de estabilización del empleo temporal, por turno libre y mediante el sistema de concurso – oposición; que fueron publicadas en el B.O.P. de Guadalajara n.º 91 de 14 de mayo de 2019 y así en el segundo párrafo de la Base 7.1:

Donde dice “En la calificación de este ejercicio cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo, la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con el equivalente a ? del valor de la respuesta correcta, redondeando al valor del segundo decimal.”

Debe decir “En la calificación de este ejercicio cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo, la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con el equivalente a 1/3 del valor de la respuesta correcta, redondeando al valor del segundo decimal”

Segundo.- Rectificar el error material advertido en las Bases y convocatoria aprobadas para la provisión, en propiedad, de una plaza de Economista, vacante en la plantilla del Ayuntamiento de Guadalajara, por turno libre y mediante el sistema de oposición; que fueron publicadas en el B.O.P. de Guadalajara nº24 de 4 de febrero de 2019 y así, respectivamente, en el segundo párrafo de la Base 7.1 y en el segundo párrafo de la Base 7.4 :

Donde dice “En la calificación de este ejercicio cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo, la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con el equivalente a ? del valor de la respuesta correcta, redondeando al valor del segundo decimal.”

Debe decir “En la calificación de este ejercicio cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo, la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con el equivalente a 1/3 del valor de la respuesta correcta, redondeando al valor del segundo decimal”

Y donde dice “En caso de empate en la calificación final, el orden de los aspirantes se establecerá atendiendo a la mejor puntuación obtenida en la tercera prueba; de persistir el empate, por la mayor puntuación alcanzada en la segunda prueba; y si no fueran suficientes los dos criterios anteriores, se aplicará el orden de actuación de los aspirantes a que se refiere la base 6.3.”

Debe decir “En caso de empate en la calificación final, el orden de los aspirantes se establecerá atendiendo a la mejor puntuación obtenida en la tercera prueba; de persistir el empate, por la mayor puntuación alcanzada en la segunda prueba; y si no fueran suficientes los dos criterios anteriores, se aplicará el orden de actuación de los aspirantes a que se refiere la base 6.2.”

Tercero.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, en la página web del Ayuntamiento y en el Tablón de Anuncios de la Corporación.

Guadalajara, 21 de mayo de 2019. Concejal Delegado de Recursos Humanos, D. Alfonso Esteban Señor

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