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Miércoles, 22 Mayo 2019 08:05

APROBACIÓN DEFINITIVA PROYECTO DE URBANIZACIÓN

1312

Aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización del Callejón Calle Mayor
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AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA DEL FRESNO


1312

Por Resolución de Alcaldía de fecha 17 de Mayo de 2.019, se aprobó definitivamente el proyecto de urbanización que tiene por objeto la urbanización del Callejón Calle Mayor lo que se publica a los efectos oportunos, siendo el acuerdo del siguiente tenor literal:

Visto que se aprobó inicialmente por Resolución de Alcaldía nº 7/2019, de fecha 18 de enero de 2.019, el Proyecto de Urbanización del Callejón Calle Mayor referenciado, sometido a información pública durante un plazo de veinte días hábiles.

Visto que se dio audiencia a los interesados por el mismo plazo a los efectos de que presentaran cuantas alegaciones estimaran pertinentes, No presentándose alegación alguna.

En consecuencia, visto el informe de Secretaría y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,

En virtud de lo expuesto, RESUELVO.:

PRIMERO. Aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización que afecta a Callejón Calle Mayor, en los términos en el que fue presentado y que constan en el expediente.

SEGUNDO. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://malagadelfresno.sedelectronica.es].

TERCERO. Notificar a los interesados en el procedimiento, de acuerdo con lo establecido en los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

En Málaga del Fresno a diecisiete de mayo de dos mil diecinueve. El Alcalde. Fdo. Juan Guillermo Camino Pérez

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