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Lunes, 29 Abril 2019 08:04

MODIFICACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DEL PERSONAL DEL PATRONATO MUNICIPAL DE CULTURA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA

1086

MODIFICACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DEL PERSONAL DEL PATRONATO MUNICIPAL DE CULTURA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
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PATRONATO MUNICIPAL DE CULTURA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA


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El Consejo Rector del Organismo Autónomo Patronato Municipal de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara en sesión ordinaria celebrada el día doce de abril de dos mil diecinueve, por mayoría absoluta de los miembros asistentes, adoptó el siguiente acuerdo de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo correspondiente al personal del Patronato Municipal de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara aprobada en Consejo Rector de 24 de octubre de 2018:

Primero.- Modificación de la dependencia jerárquica de los Operarios (2) incluidos en ficha 33 – LB.AAPP.003 del Técnico de Patrimonio Cultural y del Adjunto Administrativo.

Segundo.- Corrección del error realizado por la empresa redactora en los criterios de valoración para que consten como los recogidos en el propio Ayuntamiento (se adjuntan ambos modelos que deben ser coincidentes).

Tercero.- Subsanar el error detectado en ficha 14 LB.C1.010 de Responsable de Actividades Culturales en cuanto a la jornada mostrada, debe constar jornada 5 y dedicación 3, siendo la descripción de jornada “Turnicidad sin incluir noches” y horario “Rotación en horario de mañana/tarde”.

Cuarto.- Modificación del error existente en las fichas referenciadas (Responsable de Escuelas LB.C1.011 y LB.AAPP.004) en la correspondencia entre el valor asignado a la dedicación y la descripción dada en la ficha, ya que a dedicación 2 le corresponde una descripción de dedicación PREFERENTE Y ESPORÁDICA.

Quinto.- En los puestos incluidos en las fichas LB.C1.003; LB.C1.004; LB.C1.005; LB.C1.006; LB.C1.007; LB.C1.008; LB.C1.009; LB.C1.013; LB.C1.014; LB.C1.015; LB.C1.016 y LB.C1.017, que corresponde a los monitores de bailes regionales, cerámica, danza, guitarra, piano, piano, pintura, textil, carpintería, esmalte, flamenco y forja, en base al escrito presentado por el Grupo Municipal Ciudadanos, eliminar como tareas a realizar en los puestos incluidos en todas las fichas relacionadas:

. En la tarea “evaluación en el desarrollo de las actividades realizadas”, sustituir la palabra “evaluación” por “seguimiento”, quedando la nueva tarea como “seguimiento en el desarrollo de las actividades realizadas”.

Justificada la eliminación en el significado de evaluar como valoración de conocimientos, actitud o rendimiento de una persona, tarea que no puede realizar un monitor.

. Eliminar la tarea “preparar los temarios, unidades o fracciones en las que se impartirá la formación”.

Justificación en la no competencia de monitores para el desarrollo de dichas funciones.

. Eliminar la tarea “Control de asistencia y pago de cuotas”.

Justificada la eliminación en que el control que realiza un monitor es exclusivamente para comprobar que asista a su clase usuario que no está dado de alta, no para control real de asistencia.

. Finalmente para clarificar el verdadero sentido de las tareas realizadas por un monitor, se acuerda incluir junto a la palabra alumno, la palabra usuario y de este modo dejar claro el verdadero significado de las tareas de un monitor, que no son las de un profesor. Por ello a lo largo del texto que regula las tareas de los monitores, donde aparece la palabra alumno, debe aparecer alumno/usuario”.

Sexto.- Como simple modificación de carácter funcional, en el CÓDIGO PUESTO LB.C1.010 - PUESTO RESPONSABLE ACTIVIDADES CULTURALES - RELACIÓN LABORAL LABORALES, en la tarea número 10, incluir la palabra APOYO en la “Redacción, elaboración y corrección de: catálogos, cuadernos y materiales didácticos, libros, carteles, dípticos, cartas, encuestas de público y de evaluación, etc. Relación con imprentas y corrección de pruebas”.

Séptimo.- Modificación de la forma de provisión del CÓDIGO PUESTO FN.A1.001 - RELACIÓN LABORAL FUNCIONARIOS - PUESTO DIRECTOR GERENTE - FORMA DE PROVISIÓN: LIBRE DESIGNACIÓN ABIERTO A MOVILIDAD INTERADMINISTRATIVA. Siendo la naturaleza jurídica de la Relación de Puestos de Trabajo un acto administrativo y la naturaleza de los Estatutos del Patronato de una disposición normativa, se propone la modificación de la forma de provisión a CONCURSO para su adecuación a los propios Estatutos.

Guadalajara a 23 de abril de 2019. El Presidente del Patronato Municipal de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara, Antonio Román Jasanada

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