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Martes, 02 Abril 2019 08:04

ANUNCIO DE BASES PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DEL ALUMNADO DEL PROGRAMA PARA LA RECUALIFICACIÓN Y EL RECICLAJE PROFESIONAL DE LA ESPECIALIDAD FONTANAR SIGUE CRECIENDO

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ANUNCIO DE BASES PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DEL ALUMNADO DEL PROGRAMA PARA LA RECUALIFICACIÓN Y EL RECICLAJE PROFESIONAL DE LA ESPECIALIDAD ?FONTANAR SIGUE CRECIENDO? .
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AYUNTAMIENTO DE FONTANAR


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1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

Es objeto de las presentes bases la contratación bajo la modalidad de contrato para la formación y el aprendizaje de ocho (8) alumnos/as trabajadores/as para el Programa de Recualificación y Reciclaje Profesional denominado: “FONTANAR SIGUE CRECIENDO”, cuyos contenidos formativos se recogen en la especialidad con referencia EOCB0209 “Operación auxiliares de acabados rígidos y urbanización” (RD 1179/2008 de 11 de Julio).

El objetivo de los programas de Recualificación y Reciclaje Profesional consiste en que los/as alumnos/as trabajadores/as adquieran un aprendizaje y cualificación, alternado con un trabajo productivo en actividades de interés público o social, que permita la inserción a través de la profesionalización y adquisición de experiencia de los participantes en situación de desempleo.

A las presentes bases les será de aplicación lo previsto en la Resolución de 20/11/2018 de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de programas para la Recualificación y el Reciclaje Profesional 2018.

 

2. MODALIDAD DEL CONTRATO.

La modalidad del contrato será la de contrato para la formación y el aprendizaje, regulado por el artículo 11.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y por el Real Decreto Legislativo de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.

La duración del contrato será de seis meses no prorrogables. La jornada será de lunes a viernes a tiempo completo según las necesidades del servicio. La retribución salarial bruta mensual incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias será de 1.050 euros.

En ningún caso este personal se considerará incluido en la correspondiente plantilla, convenio o relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento.

 

3. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.

a. Tener nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o extranjero residente en España, en las condiciones recogidas en el art. 57 de la Ley 7/2007 de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público.

b. Tener veinticinco años o más (el último día de finalización del plazo de presentación de instancias), y no haber superado la edad máxima de jubilación forzosa.

c. Carecer de titulación, competencia o cualificación profesional relacionada con el puesto de trabajo a desempeñar.

d. Estar desempleado/a, entendiéndose como tal a los demandantes de empleo no ocupados inscritos en las Oficinas de Empleo de la Consejería de Castilla la Mancha, y que estén disponibles para el empleo. Esta condición deberá mantenerse en el momento mismo de la formalización del contrato.

e. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones del puesto de trabajo.

f. Cumplir los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato para la formación y el aprendizaje en programas de Recualificación y Reciclaje Profesional. Los aspirantes deberán cumplir todos los requisitos exigidos el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en esa misma situación en la fecha de inicio del contrato.

 

4. PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA.

La convocatoria se publicará en los tablones de anuncios del Centro de Iniciativas Empresariales (C/ Sahara Nº1), en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Fontanar (Pza. Constitución, Nº1), portal de transparencia – sede electrónica (http://fontanar.sedelectronica.es/transparency/) y en la web municipal del Ayuntamiento de Fontanar (www.fontanar.es). Se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

 

5. SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.

Los aspirantes que quieran formar parte de las correspondientes pruebas de acceso harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases, de acuerdo con el modelo que figura en el Anexo I de la convocatoria, y presentarán la solicitud acompañada del resto de documentación en el Ayuntamiento de Fontanar (Plaza San Matías, Nº3), en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes.

Para tomar parte en el proceso de selección los/as interesados/as deberán presentar la siguiente documentación:

a. Impreso de solicitud debidamente cumplimentado según modelo (anexo I).

b. Fotocopia de DNI o NIE.

c. Informe de Vida Laboral actualizada.

d. Fotocopia de la tarjeta de demanda de empleo.

En caso de pertenecer a algún colectivo prioritario recogido en el Anexo II, la documentación que lo acredite según el caso:

a. Fotocopia del Libro de familia.

b. Documento que acredite la condición de ser Víctima del Terrorismo.

c. Certificado que acredite de diversidad funcional, en su caso.

d. Documento que acredite la condición de Víctima de Violencia de Género

e. Fotocopia de contratos laborales que acrediten la experiencia en el sector de la construcción, electricidad y/o fontanería.

f. Informe que acredite el riesgo de exclusión social.

g. Documentación, certificados y títulos que acrediten la formación recibida.

h. Cualquier otra documentación que sea suficiente y acredite los méritos presentados.

Aquellos documentos que se pretendan hacer valer y estén redactados en idioma distinto al castellano, únicamente se tendrán en cuenta si vienen acompañados de la correspondiente traducción oficial realizada por traductor jurado o validados por el consulado u oficina diplomática correspondiente.

El plazo para presentar las instancias será de 10 días hábiles a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Los aspirantes que hayan presentado por correo certificado o ventanilla única la solicitud, deberán adelantar ésta y el resto de documentación por correo electrónico a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 

 

6. COMISIÓN DE SELECCIÓN DE LOS PARTICIPANTES.

El proceso de selección se llevará a cabo por la Comisión de Selección. Finalizado el plazo para la admisión de solicitudes, mediante resolución de Alcaldía se publicará el listado provisional de admitidos/as y excluidos/as se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Fontanar (Pza. San Matías, Nº3), portal de transparencia- sede electrónica y en la web municipal del Ayuntamiento de Fontanar (www.fontanar.es).

El plazo de subsanación de errores será de dos días hábiles tras su publicación. Tras este plazo, se publicará el listado definitivo, mediante Resolución de Alcaldía, con los aspirantes que tendrán que realizar la fase 1 si existieran más de 30 aspirantes definitivamente admitidos, así como el lugar, fecha y hora de la prueba escrita; y, posteriormente, se publicará los resultados de la valoración de la fase 1 (si se diera lugar) y fase 2.

De acuerdo con el apartado 2 del artículo 30 de la Orden de 15/11/2012, por la que se regulan los programas de formación en alternancia con el empleo y se establecen las bases reguladoras de concesión de ayudas públicas a dichos programas, la Consejería competente en materia de formación profesional para el empleo se reserva la facultad de destinar hasta un 20% del total de las plazas del alumnado para aquellos candidatos/as que procedan de procesos de orientación y cualificación profesional, pertenezcan a colectivos específicos o por cualquier otra circunstancia que justifique su incorporación al proyecto.

 

7. PROCESO DE SELECCIÓN.

Se consideran colectivos prioritarios para participar en los programas de formación en alternancia con el empleo: parados de larga duración, personas mayores de 45 años, con responsabilidades familiares, aquellas procedentes del sector de la construcción y afines, personas con diversidad funcional o en situación de exclusión social, mujeres víctimas de violencia de género y víctimas del terrorismo.

Tendrán prioridad absoluta en este proceso las mujeres víctimas de violencia de género, según lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 30 de la Orden de 15/11/2012 modificada por la de 25/11/2015, y señalado en el punto 4 del artículo 22 de la Orden 163/2018 de 12 de noviembre.

La condición de víctima de violencia de género se acreditará según el R.D. 1917/2008 BOE 297 (sentencia condenatoria, resolución judicial en la que se acuerdan las medidas cautelares o a través de la orden de protección).

El citado colectivo quedará exento de realizar cualquier prueba. En consecuencia, las plazas vacantes dependerán del número de aspirantes que acrediten esta condición y de las personas remitidas por la Consejería competente en materia de formación profesional para el empleo.

El procedimiento de selección consistirá en:

- Fase 1: Prueba escrita (Sólo si hay más de 30 candidatos definitivamente admitidos).

Consistirá en la respuesta a quince preguntas tipo test de conocimientos en materias de educación primaria de materias de matemáticas y lengua castellana, no penalizándose las respuestas erróneas. El tiempo de duración de la prueba será de 40 minutos con un máximo de 15 puntos, siendo un punto por respuesta acertada. Esta prueba no será eliminatoria

- Fase 2: Baremación de colectivos prioritarios (incluida en el Anexo II- Máximo 21 Puntos)

Con la documentación aportada por los candidatos (detallada en el anexo II) para justificar cada una de las circunstancias valorables se valorarán los méritos.

El resultado final será la suma de los puntos de la FASE 1 (si fuera necesario realizarla) y la FASE 2.

El listado provisional de resultados se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Fontanar (Pza. San Matías, Nº3) y en la web municipal del Ayuntamiento de Fontanar (www.fontanar.es) utilizando el número de registro de la solicitud y por orden de puntuación. El plazo de reclamaciones será de dos días hábiles tras su publicación.

La Comisión adecuará la selección del alumnado a la correcta ejecución de la especialidad y a los objetivos señalados en la Resolución de 20/11/2018, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para programas de Recualificación y Reciclaje Profesional.

Finalizado el plazo de alegaciones, se publicarán las listas definitivas con los resultados del proceso de selectivo finales revisadas las alegaciones y con las posibles modificaciones que hubiere lugar.

Finalizado el proceso, se publicará la lista ordenada por puntuación de admitidos, considerándose seleccionados los ocho (8) primeros y quedando el resto como suplentes.

 

8. COMPROBACIÓN DE MÉRITOS Y REQUISITOS.

El Ayuntamiento de Fontanar podrá remitir al Servicio de Formación de la Dirección Provincial de Economía, Empresas y Empleo de Guadalajara toda la documentación entregada por los solicitantes para verificar que todos los seleccionados cumplen los requisitos y méritos alegados. Si alguno hubiera presentado documentación falsa, hubiera declarado el cumplimiento de méritos que no fueran ciertos… quedará excluido del procedimiento, sin perjuicio de las posibles acciones que el Ayuntamiento pudiera adoptar.

Se presentará el anexo II para indicar los méritos que el solicitante declare cumplir que, además, deberán ser acreditados por la documentación pertinente que presente. Estos méritos puntuables son los siguientes:

 

1. Pertenencia a colectivos prioritarios, (máximo 8 puntos)

 

a)  Mayores de 45 años.

 

3 puntos

 

b) MAYOR DE 45 AÑOS CON HIJOS MENORES DE 18 AÑOS A CARGO

(Se requiere Libro de Familia y certificado de empadronamiento familiar si reside fuera del municipio)

 

1 punto por cada menor a cargo

 

c) EXPERIENCIA COMO TRABAJADOR DEL SECTOR DE CONSTRUCCIÓN

(Se requieren contratos laborales que lo acrediten)

 

Menos de  1 año….. 0.5 puntos

De 1 año a 3 años …...1 punto 

De 3 años a 5 años..1.5 puntos

Más de 5 años …....…2 puntos

 

d) PARADOS DE LARGA DURACIÓN

(Inscritos  en la oficina de empleo durante 12 ó más meses dentro de los 18 meses anteriores al día de esta convocatoria en el BOP).

 

1 punto

 

d) Personas con discapacidad (minusvalía reconocida igual o superior al 33%).

 

0,5 puntos

 

e) Personas  en situación de exclusión social.

 

0,5 puntos

 

f) Personas víctimas de terrorismo

 

0,5 puntos

 

2. Situación /Expectativa laboral (Máximo 13 puntos)

 

a) Adaptabilidad/ Idoneidad con la Especialidad (Máximo 9 puntos):

 

  • Empleo o autoempleo anterior en la especialidad impartida (a razón de 0,2 por mes trabajado. (4 puntos).

4 puntos

  • Cursos de formación superiores a 60 horas en dicha especialidad

5 puntos

 

b) Perfil Emprendedor (Máximo 4 puntos). Se valorará las siguientes circunstancias en los últimos 4 años:

 

* Haber estado dado de Alta en el Régimen de Autónomos.

2 puntos

* Haber creado una empresa mercantil o cooperativa de trabajo

2 puntos

 

Se realizará el contrato a las personas seleccionadas y confirmadas por este Servicio. El resto de candidatos/as que haya superado el proceso selectivo formará parte de una bolsa de trabajo siguiendo el orden de puntuación para cubrir posibles vacantes que se produzcan en el Programa.

 

9. COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN DE SELECCIÓN.

La Comisión de Selección estará formada por los siguientes funcionarios de carrera de distintas Administraciones Públicas de la provincia:

1 Presidente:

  • Manuel de Miguel González, como titular, siendo suplente Inmaculada Poyo Zuñiga.

3 Vocales:

  • Julio Parera Bermúdez como titular, siendo suplente José Cabrera Valdivia.
  • Ricardo González Rodríguez, como titular, siendo suplente Marta Navarro Ortega.
  • Araceli Tejedor Conde como titular, siendo suplente Sara Domingo del Pozo.

1 Secretario:

  • Alma María Centeno Calderón, funcionaria del Ayuntamiento de Fontanar como titular, siendo suplente Marta Rubio Blasco.

La abstención y recusación de los miembros de la Comisión será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Los miembros de la Comisión son responsables del estricto cumplimento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y de la publicación de los resultados.

La Comisión será la encargada de interpretar aquellos aspectos de las presentes bases de convocatoria que lo requieran, así como para resolver las dudas o reclamaciones que surjan durante el proceso. De igual manera, la Comisión de Selección podrá solicitar al interesado/a, en cualquier momento del proceso de selección, aquella documentación complementaria que precise.

Contra la convocatoria y sus bases, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante esta Alcaldía.

 

 

 

 

ANEXO I

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN COMO ALUMNOS/AS TRABAJADORES/AS EN EL PROGRAMA DE RECUALIFICACIÓN Y RECICLAJE PROFESIONAL  2019 “FONTANAR SIGUE CRECIENDO”

DATOS PERSONALES

NOMBRE Y APELLIDOS

 

DNI/NIE

 

PERMISO DE TRABAJO

SI

 

NO

 

FECHA DE NACIMIENTO

 

LUGAR DE NACIMIENTO

 

DOMICILIO

 

LOCALIDAD

 

CÓDIGO POSTAL

 

TELÉFONO

 

TFNO. MÓVIL

 

EMAIL:

 

MINUSVALÍA

SI

 

NO

 

GRADO

 

INDICAR CUÁL

SITUACIÓN LABORAL

TRABAJA

 

COBRA PRESTACIONES

 

COBRA SUBSIDIO POR DESEMPLEO

 

PERCIBE OTRAS AYUDAS  ESTATALES   (INDICAR CUÁL)

 

DATOS ACADÉMICOS FINALIZADOS

SIN ESTUDIOS

 

FP II

 

DOCTOR

 

ESTUDIOS PRIMARIOS

 

CICLO DE GRADO MEDIO

 

GRADO

 

CERTIFICADO DE ESCOLARIDAD

 

CICLO DE GRADO SUPERIOR

 

CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD NIVEL I

 

GRADUADO ESCOLAR

 

BUP/COU/BACHILLERATO

 

CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD NIVEL II

 

ESO

 

DIPLOMATURA

 

CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD NIVEL III

 

FP I

 

LICENCIATURA

 

OTROS

 

ESPECIALIDAD  FORMACIÓN

 

 

AÑO DE FINALIZACIÓN

 

OTRAS TITULACIONES O CURSOS DE FORMACIÓN RELACIONADOS CON EL TALLER, EN SU CASO.

CARNÉT DE CONDUCIR

 

SEÑALE SI SE ENCUENTRA EN ALGUNA DE LAS SIGUIENTES SITUACIONES (sólo si dispone de documentación acreditativa):

PARADO DE LARGA DURACIÓN (ENTRE 1 Y 2 AÑOS)

 

MAYOR DE 45 AÑOS CON HIJOS MENORES DE 18 A CARGO

 

PERSONA VÍCTIMA DE TERRORISMO

 

MAYOR DE 45 AÑOS SIN HIJOS MENORES A CARGO

 

TRABAJADOR DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN

 

CON DISCAPACIDAD IGUAL O SUPERIOR AL 33%

 

EN RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL

 

VICTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO

 

 

EXPERIENCIA PROFESIONAL (puede también utilizar la parte de atrás de la solicitud para completar)

EMPRESA

PUESTO

DURACIÓN

 

 

 

 

 

 

 

 

Declaro cumplir con los requisitos para poder ser alumno trabajador del programa de recualificación y reciclaje: a)Tener 25 o más años, b) ser desempleado/a registrado en la Oficina de Empleo y Emprendedores c) Cumplir con los requisitos para formalizar un contrato para la formación y el aprendizaje.

COMPROMISOS:

  • El/La abajo firmante solicita su admisión en el presente proceso selectivo, cumpliendo con los requisitos para poder ser alumno trabajador del programa de Recualificación  Profesional.
  • Declara que son ciertos los datos facilitados en ella. Autoriza a la Comisión de Selección para la consulta al Servicio Público de Empleo sobre los periodos de inscripción en el desempleo y cualquier otra información relacionada con esta convocatoria.
  • La falsedad de los datos manifestados en la presente solicitud  supone la exclusión automática del proceso selectivo

DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑA (marque con una X):

  • Fotocopia del DNI, NIE o, en su caso, pasaporte.
  • Listado de méritos (ANEXO II).
  • Fotocopia de la tarjeta de demanda de empleo, actualizada a la presentación de solicitud.
  • Informe de vida laboral. (Se solicita llamando al teléfono nº 901502050, o a través de Internet en www.seg-social.es. Se recibe en el domicilio).

SEGÚN PROCEDA:

  • Certificado de reconocimiento de minusvalía del solicitante, expedido por el Órgano correspondiente. Las Personas con minusvalía y con Incapacidad Permanente (Total ó Absoluta): Certificado de Capacidad ó Aptitud Suficiente para realizar las tareas propias del puesto solicitado, emitido por el Órgano Correspondiente (Centro Base de Bienestar Social de Guadalajara).
  • Certificado de reconocimiento de exclusión social del solicitante, expedido por la Administración correspondiente.
  • Las Mujeres víctimas de violencia de género o las personas víctimas del terrorismo, acreditarán documentalmente dicha circunstancia conforme a lo previsto legalmente.

AUTORIZACIÓN:

Según el artículo 28 dela Ley 39/2015 de 1 de octubre, esta Consejería procederá a verificar los datos reseñados, salvo que con autorice expresamente dicha comprobación:

NO: Los acreditativos de la identidad, Seguridad Social (vida laboral), situación de desempleado y titilación académica

En cumplimiento del artículo 5.1 de la Ley Orgánica de 15/1999, queda Ud. informado que los datos de carácter personal que ha suministrado serán incorporados a un fichero automatizado con tratamiento de datos, quedando bajo responsabilidad del Ayuntamiento de Fontanar como titular del fichero, teniendo usted derecho en todo caso a exigir el acceso, rectificación, cancelación y oposición al uso de los mismos en las dependencias de este ayuntamiento. Los datos recabados tienen por finalidad la realización de acciones facilitadoras de empleo, así como del conjunto de actividades propias de la Agencia de Desarrollo Local, quedando en todo caso garantizado el uso legítimo y seguridad de tales datos de carácter personal.

En  Fontanar (Guadalajara) a,            de                               de 2019

Firma

ANEXO II

PUNTACIÓN DE BAREMACIÓN

1. Pertenencia a colectivos prioritarios, (máximo 8 puntos)

a)  Mayores de 45 años.

3 puntos

 

b) MAYOR DE 45 AÑOS CON HIJOS MENORES DE 18 AÑOS A CARGO

(Se requiere Libro de Familia y certificado de empadronamiento familiar si reside fuera del municipio)

1 punto por cada menor a cargo

 

 

c) TRABAJADOR DEL SECTOR DE CONSTRUCCIÓN (Se requieren contratos laborales que lo acrediten)

Menos de  1 año….. 0.5 puntos   

De 1 año a 3 años …...1 punto    De3 años a 5 años..1.5 puntos   

Más de 5 años …....…2 puntos

 

d) PARADOS DE LARGA DURACIÓN (Inscritos  en la oficina de empleo durante 12 ó más meses dentro de los 18 meses anteriores al día 4 de marzo de 2019).

1 punto

 

d) Personas con discapacidad (minusvalía reconocida igual o superior al 33%).

0,5 puntos

 

e) Personas  en situación de exclusión social.

0,5 puntos

 

f) Personas víctimas de terrorismo

0,5 puntos

 

2. Situación /Expectativa laboral (Máximo 13 puntos)

a) Adaptabilidad/ Idoneidad con la Especialidad (Máximo 9 puntos):

 

  • Empleo o autoempleo anterior en la especialidad impartida (a razón de 0,2 por mes trabajado. (4 puntos).

4

 

  • Cursos de formación superiores a 60 horas en dicha especialidad

5

 

b) Perfil Emprendedor (Máximo 4 puntos). Se valorará las siguientes circunstancias en los últimos 4 años:

 

* Haber estado dado de Alta en el Régimen de Autónomos.

2

 

* Haber creado una empresa mercantil o cooperativa de trabajo

2

 

 

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