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Viernes, 15 Marzo 2019 08:03

RESOLUCIÓN DE 12 DICIEMBRE DE 2018 DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN ESPECIE A MUNICIPIOS Y EATIM DE LA PROVINCIA, CONSISTENTE EN LA ENTREGA DE E

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BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN ESPECIE A MUNICIPIOS Y EATIM DE LA PROVINCIA, CONSISTENTE EN LA ENTREGA DE ELEMENTOS DE MOBILIARIO URBANO
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BDNS (Identif.): 438628. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones,  se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index). Asimismo, el texto completo también podrá consultarse así como descargar formularios y anexos en el enlace: http://www.dguadalajara.es/web/guest/tablon-de-anuncios 

Primero. Beneficiarios:

Podrán solicitar estas ayudas, los MUNICIPIOS Y EATIM de la provincia de hasta 5.000 habitantes, teniendo preferencia aquellas que no recibieron ni bancos ni papeleras en las convocatorias de 2007 y 2015, en las que no concurra ninguna de las causas establecidas en el Artículo 13.2 LGS.

Así mismo, para poder obtener la condición de beneficiario se deberá estar al corriente de las obligaciones fiscales y económicas con la Excma. Diputación  Provincial de Guadalajara, con el Consorcio de Gestión de Residuos Sólidos y Urbanos, con el Consorcio de Extinción de Incendios, y con  la Agencia Tributaria y  la Seguridad Social.

Segundo. Objeto:

La ayuda consistirá en una subvención en especie de elementos de mobiliario urbano. Se podrá conceder una subvención en especie cuyo equivalente económico o valor de mercado de lo recibido sea el coste efectivo del/ los elemento/s multiplicado por él número de elemento/s entregado/s, de acuerdo a los criterios de reparto siguientes:

Elementos máximos a solicitar por población de la Entidad. Padrón INE 2017.

Municipios  de        1  a   500    habitantes:  hasta 3 elementos

Municipios  de    501 a  2000    habitantes:  hasta 4 elementos

Municipios  de  2001 a  5000    habitantes:  hasta 5 elementos

Los ayuntamientos con barrios anexionados, podrán solicitar elementos de mobiliario por cada uno de ellos de forma individual, de acuerdo a los datos reflejados en el Padrón 2017 del INE.

Tercero. Bases reguladoras:

Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones  de la Diputación Provincial de Guadalajara, aprobada por el Pleno de la Corporación Provincial  en sesión celebrada el veintinueve de marzo de 2004 y publicada en el B.O.P de Guadalajara Nº 59 de fecha  17 de mayo de 2004 y en la url: http://transparencia.dguadalajara.es/c/document_library/get_file?uuid=29f44123-03f8-49e6-85ab-f0bee9c6dcff&groupId=704228.

Cuarto. Cuantía:

Las solicitudes de subvención se formalizarán según el modelo que figura en el Anexo I de la presente convocatoria y deberán dirigirse al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, debiendo presentarse las solicitudes, junto los documentos o informes que en su caso deberán acompañar a las solicitudes, en el Registro General de la Corporación (Palacio de la Diputación Provincial, Plaza de Moreno s/n, Guadalajara) o mediante cualquiera de los sistemas previstos en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

15 días naturales, contados a partir del día  siguiente al de la publicación  de la convocatoria en el B.O.P.

Sexto. Criterios de valoración de las solicitudes:

Tendrán prioridad  los MUNICIPIOS Y EATIM que no hubieran recibido bancos y/ o papeleras en las convocatorias realizadas en los años 2007 y 2015.

Se priorizarán las solicitudes de acuerdo al lugar de ubicación de los elementos a entregar  (bancos y papeleras de chapa) de acuerdo a la siguiente tabla:

Lugar Orden de prioridad
Parque Público
Paseo o Camino a lugar de interés
Plaza
Edificio Histórico
Otros

A efectos de la adjudicación de las papeleras de acero inoxidable la ubicación se priorizará de acuerdo a la siguiente tabla:

 

Lugar Orden de prioridad
Edificio Histórico ó BIC
Plaza Mayor
Parque Público
Plaza
Paseo o Camino a lugar de interés
 Otros  6º

La cuantía de las subvenciones estará limitada a los elementos de mobiliario urbano relacionados en la base segunda de esta convocatoria.

Guadalajara, 7 de febrero de 2019, El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, D. José Manuel Latre Rebled

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