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Martes, 05 Marzo 2019 08:03

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA DEL REGLAMENTO DE CONTROL INTERNO Y FISCALIZACIÓN LIMITADA PREVIA AYUNTAMIENTO AZUQUECA DE HENARES

506

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA DEL REGLAMENTO DE CONTROL INTERNO Y FISCALIZACIÓN LIMITADA PREVIA AYUNTAMIENTO AZUQUECA DE HENARES
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AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES


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El Pleno del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, en sesión ordinaria celebrada el día 13 de junio de 2018, acordó la aprobación inicial del Reglamento de control interno y fiscalización limitada previa Ayuntamiento Azuqueca de Henares 2018, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local. Transcurrido el plazo reglamentario, no se han presentado alegaciones, por lo que se eleva a definitivo y se procede a la publicación del texto de la modificación, que afecta al siguiente articulado:

REGLAMENTO DE CONTROL INTERNO Y FISCALIZACIÓN LIMITADA PREVIA. AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES.

ÍNDICE

1. Presentación

  • 1.1 El control interno en el RD 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el Régimen Jurídico del Control Interno en las Entidades del Sector Público Local
  • 1.2 La función interventora en el RD 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el Régimen Jurídico del Control Interno en las Entidades del Sector Público Local
    • 1.2.1 Régimen de fiscalización e intervención limitada previa de requisitos básicos
    • 1.2.2 Actuaciones derivadas de la intervención formal y material del pago, de los anticipos de caja fija y de los pagos a justificar

Anexo 1

Tipos de gastos y obligaciones sometidos a fiscalización limitada previa en régimen de requisitos básicos, y requisitos básicos a comprobar

Anexo 2

Modelos de informes de fiscalización y/o intervención limitada previa en régimen de requisitos básicos

a. Modelo de informe de fiscalización y/o intervención limitada previa de requisitos básicos de conformidad

b. Modelo de informe de fiscalización y/o intervención limitada previa de requisitos básicos de conformidad, con observaciones.

c. Modelo de informe de fiscalización y/o intervención limitada previa de requisitos básicos, con objeciones

d. Modelo de informe de fiscalización y/o intervención limitada previa de requisitos básicos, con objeciones y observaciones

Anexo 3

Tipos de actuaciones derivadas de la intervención formal y material del pago, de los anticipos de caja fija y de los pagos a justificar, y requisitos a comprobar

 

LISTA DE ABREVIATURAS

ACM2008 - Resolución de 2 de junio de 2008, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de mayo de 2008, por el que se da aplicación a la previsión de los artículos 152 y 147 de la Ley General Presupuestaria, respecto al ejercicio de la función interventora en régimen de requisitos básicos

ACF - Anticipos de caja fija

D 336/1988 - Decreto 336/1988, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del patrimonio de las entidades locales

DL 1/1997 - Decreto Legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un Texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Catalunya en materia de función pública

L 37/1992 - Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido

L 33/2003 - Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Adminis- traciones Públicas

L 26/2010 - Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Catalunya

L 39/2015 - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

L 40/2015 - Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

LCSP - Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014

LEF - Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa

LGS - Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

L 3/2015 - Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado

PAJ - Pagos a justificar

PCA - Pliego de cláusulas administrativas

PCAP - Pliego de cláusulas administrativas particulares

RD - 1372/1986 Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales

RD 896/1991 - Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local

RD 1619/2012 - Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación

RDL 2/2015 - Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores

RD 424/2017 - Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local

RGLCAP - Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas

RLEF - Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa

RLGS - Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

ROF - Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales

TREBEP - Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Em- pleado Público

TRLRHL o TRLHL Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

 

1. Presentación

El Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el Régimen Jurídico del Control Interno en las Entidades del Sector Público Local tiene por objeto el desarrollo del reglamento previsto en el artículo 213 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y su finalidad es la regulación de los procedimientos de control interno, la metodología de aplicación y los criterios de actuación, con el fin de hacer posible la aplicación generalizada de técnicas, como la auditoría en sus diferentes modalidades, a las entidades locales, en términos homogéneos con los desarrollados en otros ámbitos del sector público.

1.1 El control interno en el RD 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el Régimen Jurídico del Control Interno en las Entidades del Sector Público Local

Tal y como se establece en el artículo 2, el control al que se refiere el título VI del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales ha de ser ejercido, sobre la totalidad de entidades que conforman el sector público local, por los órganos de intervención con la extensión y los efectos que determinan los artículos siguientes. A los efectos de este RD 424/2017, forman parte del sector público local:

a) La propia entidad local.

b) Los organismos autónomos locales.

c) Las entidades públicas empresariales locales.

d) Las sociedades mercantiles dependientes de la entidad local.

e) Las fundaciones del sector público dependientes de la entidad local.

f) Los fondos carentes de personalidad jurídica cuya dotación se efectúe mayoritariamente desde los presupuestos generales de la entidad local.

g) Los consorcios dotados de personalidad jurídica propia adscritos a la entidad local, de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

h) Las entidades con o sin personalidad jurídica distintas de las mencionadas en los apartados anteriores con participación total o mayoritaria de la entidad local.

El control interno de la actividad económico-financiera del sector público local se ejercerá por el órgano interventor mediante el ejercicio de la función interventora y el control financiero:

a) La función interventora tiene por objeto controlar los actos de la entidad local y de sus organismos autónomos, cualquiera que sea su calificación, que den lugar al reconocimiento de derechos o a la realización de gastos, así como los ingresos y pagos que se deriven, y la inversión o aplicación en general de sus fondos públicos, con el fin de asegurar que su gestión se ajuste a las disposiciones aplicables en cada caso. En los supuestos en que así lo determine la normativa aplicable, se realizará la función interventora en los consorcios, cuando el régimen de control de la administración pública a la que estén adscritos lo establezca.

b) El control financiero tiene por objeto verificar el funcionamiento de los servicios del sector público local en el aspecto económico para comprobar el cumplimiento de la normativa y directrices que los rigen y, en general, que su gestión se ajusta a los principios de buena gestión financiera, comprobando que la gestión de los recursos públicos se encuentra orientada por la eficacia, la eficiencia, la economía, la calidad y la transparencia, y por los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera en el uso de los recursos públicos locales. El control financiero así definido comprende las modalidades de control permanente y la auditoría pública, incluyéndose en ambas el control de eficacia referido en el artículo 213 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

El modelo de control interno aplicable a las entidades sometidas al régimen general de control se puede concretar con el siguiente gráfico:

Ante la heterogeneidad evidente en el ámbito del sector público local, especialmente el municipal, y siguiendo el tratamiento ya establecido para el régimen contable local, el RD 424/2017 desarrolla en los artículos 39 y 40 un régimen de control simplificado de aplicación potestativa para las entidades locales incluidas en el ámbito de aplicación del modelo simplificado de contabilidad local.

Las entidades locales acogidas al régimen de control interno simplificado ejercerán la función interventora, en sus dos modalidades de régimen ordinario y especial de fiscalización e intervención limitada previa, respecto a la gestión económica de la entidad local, no siendo de aplicación obligatoria la función de control financiero, sin perjuicio de la aplicación de la auditoría de cuentas en los supuestos previstos en el artículo 29.3. A) de este Reglamento y de aquellas actuaciones cuya realización por el órgano interventor derive de una obligación legal.

El modelo de control interno aplicable a las entidades sometidas al régimen simplificado de control se puede concretar con el siguiente gráfico:

Para todas las modalidades de control, el órgano interventor ejercerá el control sobre entidades cola boradoras y beneficiarios de subvenciones y ayudas concedidas por los sujetos que integran el sector público local, que se encuentren financiadas con cargo a sus presupuestos generales, de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Subvenciones.

El órgano interventor dispondrá de un modelo de control eficaz y para ello se le deberán habilitar los medios necesarios y suficientes. A estos efectos el modelo asegurará, con medios propios o externos, el control efectivo de, al menos, el ochenta por ciento del presupuesto general consolidado del ejercicio mediante la aplicación de las modalidades de función interventora y control financiero. En el transcurso

de tres ejercicios consecutivos y en base a un análisis previo de riesgos, deberá haber alcanzado el cien por cien de dicho presupuesto.

1.2 La función interventora en el RD 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el Régimen Jurídico del Control Interno en las Entidades del Sector Público Local

Concretamente, los artículos 7 y siguientes del Reglamento regulan el ejercicio de la función interventora. El ejercicio de la función interventora comprenderá las siguientes fases:

- La fiscalización previa de los actos que reconozcan derechos de contenido económico, autoricen o aprueben gastos, dispongan o comprometan gastos y acuerden movimientos de fondos y valores.

- La intervención del reconocimiento de las obligaciones e intervención de la comprobación material de la inversión.

- La intervención formal de la ordenación del pago.

- La intervención material del pago.

La función interventora se ejercerá en sus modalidades de intervención formal y material. La intervención formal consistirá en la verificación del cumplimiento de los requisitos legales necesarios para la adopción del acuerdo mediante el examen de todos los documentos que preceptivamente deban estar incorporados al expediente. En la intervención material se comprobará la real y efectiva aplicación de los fondos públicos.

En relación con el contenido de la función interventora, tal y como establece el artículo 8 del RD 424/2017, la función interventora se ejercerá bien como fiscalización previa, bien como intervención previa, en los términos señalados en los apartados siguientes:

- Se entiende por fiscalización previa la facultad que compete al órgano interventor de examinar, antes de que se dicte la correspondiente resolución, todo acto, documento o expediente susceptible de producir derechos u obligaciones de contenido económico o movimiento de fondos y valores, con el fin de asegurar, según el procedimiento legalmente establecido, su conformidad con las disposiciones aplicables en cada caso. El ejercicio de la función interventora no atenderá a cuestiones de oportunidad o conveniencia de las actuaciones fiscalizadas.

- La intervención previa de la liquidación del gasto o reconocimiento de obligaciones es la facultad del órgano interventor para comprobar, antes de que se dicte la correspondiente resolución, que las obligaciones se ajustan a la ley o a los negocios jurídicos suscritos por las autoridades competentes y que el acreedor ha cumplido o garantizado, en su caso, su correlativa prestación. La intervención de la comprobación material de la inversión se ajustará a lo establecido en el artículo 20 de este Reglamento.

- La intervención formal de la ordenación del pago es la facultad atribuida al órgano interventor para verificar la correcta expedición de las órdenes de pago.

- La intervención material del pago es la facultad que compete al órgano interventor para verificar que dicho pago se ha dispuesto por órgano competente y se realiza en favor del perceptor y por el importe establecido.

En cuanto al procedimiento para el ejercicio de la función interventora sobre los actos que autoricen, dispongan gastos o reconozcan obligaciones, el RD 424/2017 diferencia entre la fiscalización e intervención previa ordinaria y el régimen de fiscalización limitada previa.

Concretamente, el artículo 13 del citado RD regula el régimen de fiscalización e intervención limitada previa de requisitos básicos, y establece en su apartado 1 que, previo informe del órgano interventor y a propuesta del presidente, el Pleno de la entidad local podrá acordar el régimen de fiscalización e intervención limitada previa.

Para aquellos casos en los que el Pleno acuerde la fiscalización e intervención limitada previa, el órgano interventor se limitará a comprobar los requisitos básicos siguientes:

a) La existencia de crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto u obligación que se proponga contraer. Se entenderá que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo a la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del TRLRHL.

En los casos en los que el crédito presupuestario dé cobertura a gastos con financiación afectada se comprobará que los recursos que los financian son ejecutivos, acreditándose con la existencia de documentos fehacientes que acrediten su efectividad.

Cuando se trate de contraer compromisos de gastos de carácter plurianual se comprobará, además, si se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

b) Que las obligaciones o gastos se generan por órgano competente.

En todo caso se comprobará la competencia del órgano de contratación o concedente de la subvención cuando dicho órgano no tenga atribuida la facultad para la aprobación de los gastos de que se trate.

También tendrán dicha consideración aquellos otros extremos que, por su trascendencia en el proceso de gestión, se determinen por el Pleno a propuesta del presidente previo informe del órgano interventor. A estos efectos, con independencia de que el Pleno haya dictado o no acuerdo, se considerarán, en todo caso, trascendentes en el proceso de gestión los extremos fijados en el Acuerdo del Consejo de Ministros, vigente en cada momento, con respecto al ejercicio de la función interventora en régimen de requisitos básicos, en aquellos supuestos que sean de aplicación a las entidades locales, que deberán comprobarse en todos los tipos de gasto que comprende.

Adicionalmente, el Pleno de la corporación, previo informe del órgano interventor, podrá aprobar otros requisitos o trámites adicionales que también tendrán la consideración de esenciales. En la determinación de estos extremos se atenderá especialmente a aquellos requisitos contemplados en la normativa reguladora para asegurar la objetividad, la transparencia, la no discriminación y la igualdad de trato en las actuaciones públicas.

Las obligaciones o gastos sometidos a la fiscalización e intervención limitada previa de requisitos básicos serán objeto de otra plena con posterioridad, que se llevará a cabo en el marco de las actuaciones del control financiero que se planifiquen.

Tal y como prevé el artículo 19 del RD 424/2014, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 de este Reglamento, al efectuar la intervención previa de la liquidación del gasto o reconocimiento de obligaciones se deberá comprobar, además:

a) Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

b) Que los documentos justificativos de la obligación se ajustan a las disposiciones legales y reglamentarias que resulten de aplicación. En todo caso, en la documentación deberá constar:

1. La identificación del acreedor.

2. El importe exacto de la obligación.

3. Las prestaciones, servicios u otras causas de las que derive la obligación del pago.

c) Que se ha comprobado materialmente, cuando proceda, la efectiva y conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que ha sido realizada en su caso dicha comprobación.

El ejercicio de la función interventora se realizará en los mismos términos en todas las entidades locales, independientemente del régimen de control aplicado. No obstante, el propio Reglamento, en la exposición de motivos, considera razonable, especialmente en lo referente a las entidades locales que opten por el régimen de control simplificado, la aplicación de la fiscalización previa limitada, siempre que el Pleno adopte los acuerdos oportunos de conformidad con los artículos 219.2 del TRLRHL y 13 del RD 424/2017.

A tal efecto, se debe tener en cuenta que no estarán sometidos a la fiscalización previa prevista en el artículo 7.1 a) del RD 424/2017:

a) Los gastos de material no inventariable.

b) Los contratos menores.

c) Los gastos de carácter periódico y demás de tracto sucesivo, una vez fiscalizado el gasto correspondiente al período inicial del acto o contrato del que deriven o sus modificaciones.

d) Los gastos menores de 3.005,06 € que, de acuerdo con la normativa vigente, se hagan efectivos a través del sistema de anticipos de caja fija.

 

1.2.1 Régimen de fiscalización e intervención limitada previa de requisitos básicos

No resulta tan innovadora la posibilidad de ejercer la función interventora en régimen de fiscalización limitada, como el establecimiento de un conjunto de extremos que, como mínimo, se deben comprobar en todos los expedientes, para asegurar la objetividad, la transparencia y la igualdad de trato en las actuaciones de las diferentes administraciones públicas. Estos extremos mínimos son los que fija el Acuerdo del Consejo de Ministros vigente, de fecha 30 de mayo de 2008 (en adelante ACM), actualizado por Acuerdo de 7 de julio de 2011, respecto al ejercicio de la función interventora en régimen de requisitos básicos, en los supuestos que sean aplicables a las entidades locales, que deberán comprobarse en todos los tipos de gasto que comprende.

Sin embargo, los extremos aprobados por el Consejo de Ministros a propuesta del ministro de Economía y Hacienda, con informe de la Intervención General de la Administración del Estado (en adelante IGAE), son fruto del análisis y experiencia adquirida por la IGAE en el control de diferentes tipologías de gasto gestionados por la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, así como las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, sin que de momento se tengan en cuenta las especificidades del sector local.

Por todo ello, el objetivo de este trabajo es hacer una adaptación al sector local del ACM, sin perjuicio de futuras revisiones o ampliaciones de su contenido. Esta adaptación del ACM a las entidades locales ha supuesto un minucioso trabajo de análisis de las disposiciones y requisitos que prevé este Acuerdo, a fin de determinar si resultan o no aplicables en el ámbito local. El resultado obtenido es el que se detalla en el Anexo 1 de esta guía básica.

Los tipos de gasto y obligaciones sobre los que se ha de ejercer la fiscalización e intervención limitada previa de requisitos básicos se prevé que sean la totalidad del gasto generado en la entidad local. Se diferencian las siguientes áreas de gastos:

1. De personal

2. De contratación, contratos patrimoniales y privados, y responsabilidad patrimonial

3. De subvenciones y transferencias, y convenios de colaboración sujetos a la Ley 40/2015

4. De expedientes urbanísticos

5. De gastos financieros

En el Anexo 2 de esta guía básica se incluyen los modelos de informes que resulten del ejercicio de la función interventora en régimen de fiscalización o intervención limitada previa de requisitos básicos.

 

1.2.2 Actuaciones derivadas de la intervención formal y material del pago, de los anticipos de caja fija y de los pagos a justificar

Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 en cuanto el régimen de fiscalización limitada previa, el ejercicio de la función interventora también incluye la intervención formal y material del pago, la fiscalización previa de las órdenes de pago a justificar y de los anticipos de caja fija, y la intervención de las cuentas justificativas de los pagos a justificar y de los anticipos de caja fija.

En el Anexo 3 de esta guía básica se han descrito aquellos otros extremos y/o requisitos a revisar en las actuaciones derivadas de la intervención formal y material del pago, de los anticipos de caja fija y de los pagos a justificar, establecidos en los artículos 21 a 27 del RD 424/2017.

 

ANEXO 1

TIPOS DE GASTOS Y OBLIGACIONES SOMETIDOS A FISCALIZACIÓN LIMITADA PREVIA EN RÉGIMEN DE REQUISITOS BÁSICOS, Y REQUISITOS BÁSICOS A COMPROBAR

Se relacionan, a título informativo, las áreas, expedientes y actuaciones con las correspondientes referencias legales que resultan de aplicación a los requisitos básicos.

En los requisitos básicos generales, la referencia legal de aplicación corresponde al propio RD 424/2017, al TRLRHL y/o a la normativa específica del área de gasto. En relación con la normativa aplicable en los requisitos básicos adicionales propuestos, que resultan de la adaptación a los entes locales de los requisitos fijados por el ACM respecto al ejercicio de la función interventora en régimen de requisitos básicos, además del RD 424/2017 y/o de la normativa específica, se incluyen las disposiciones del ACM que regulan el mismo gasto u obligación.

En el índice de este anexo, correspondiente a los tipos de gastos y obligaciones sometidas a fiscalización limitada previa en régimen de requisitos básicos, consta un apartado correspondiente a la referencia legal del ACM, donde se indican las disposiciones de aplicación en cada uno de estos tipos, o bien un guion para aquellos tipos de gastos y obligaciones que no se prevén en el ACM.

1. ÁREA DE PERSONAL

  • 1.1 Altas personal funcionario
    • 1.1.1 Aprobación de convocatoria de personal funcionario de carrera (fase A)
    • 1.1.2 Aprobación de convocatoria de personal funcionario interino (fase A)
    • 1.1.3 Nombramiento de personal funcionario de carrera (fase D)
    • 1.1.4 Nombramiento de personal funcionario interino (fase D)
    • 1.1.5 Nombramiento de personal funcionario derivado de comisión de servicios (fase AD/D)
    • 1.1.6 Nombramiento y cese de personal funcionario derivado de libre designación (fase AD/D)
    • 1.1.7 Otras formas de provisión de personal funcionario (fase AD)
  • 1.2 Altas personal laboral
    • 1.2.1 Aprobación de convocatoria de personal laboral fijo (fase A)
    • 1.2.2 Aprobación de convocatoria de personal laboral temporal (fase A)
    • 1.2.3 Contratación de personal laboral fijo (fase D)
    • 1.2.4 Contratación de personal laboral temporal (fase D)
    • 1.2.5 Contratación de personal laboral temporal a través de un Plan de contratación (fase D)
    • 1.2.6 Prórroga de contratos laborales (fase AD)
  • 1.3 Altas personal directivo y/o eventual
    • 1.3.1 Aprobación de convocatoria de personal directivo (fase A)
    • 1.3.2 Contratación de personal directivo (fase D)
    • 1.3.3 Contratación de personal eventual (fase AD)
  • 1.4 Expedientes de nóminas de retribuciones del personal
    • 1.4.1 Expedientes de nóminas de retribuciones del personal (fase ADO/O)
  • 1.5 Expedientes de productividad, complementos y otras variaciones
    • 1.5.1 Expediente de autorización y compromiso del complemento de productividad (fase AD)
    • 1.5.2 Expediente de reconocimiento de la obligación del complemento de productividad (fase ADO/O)
    • 1.5.3 Expediente de autorización y compromiso de otros pluses y complementos (polivalencias, disponibilidad, trabajo en festivos, quebranto de moneda, ...) (fase AD)
    • 1.5.4 Expediente de reconocimiento de la obligación de otros pluses y complementos (polivalencias, disponibilidad, trabajo en festivos, quebranto de moneda, ...) (fase ADO/O)
    • 1.5.5 Otras productividades (fase ADO/O)
    • 1.5.6 Reconocimiento de servicios (fase ADO/O)
    • 1.5.7 Reconocimiento de grado personal consolidado (fase ADO/O)
    • 1.5.8 Abono de indemnizaciones al amparo del RD 462/2002 (fase ADO/O)
  • 1.6 Expedientes relativos a contribuciones al plan de pensiones de los empleados de la entidad local y organismos autónomos
    • 1.6.1 Aprobación del gasto (fase AD)
    • 1.6.2 Reconocimiento de la aportación al plan de pensiones (fase ADO/O)
  • 1.7 Expedientes de aprobación y reconocimiento de la cuota a la Seguridad Social
    • 1.7.1 Aprobación y reconocimiento de la cuota patronal a la Seguridad Social (fase ADO/O)
  • 1.8 Expedientes de concesión de ayudas de acción social al personal, tanto funcionario como laboral
    • 1.8.1 Aprobación de la convocatoria (fase A)
    • 1.8.2 Resolución de la convocatoria (fase D)
    • 1.8.3 Reconocimiento de la obligación (fase O)
  • 1.9 Expedientes de concesión de anticipos al personal, tanto funcionario como laboral
    • 1.9.1 Expediente de concesión de anticipos al personal (fase AD)
    • 1.9.2 Expediente de reconocimiento de la obligación de anticipos al personal (fase ADO/O)
    • 1.9.3 Expediente de concesión de anticipos reintegrables a trabajadores con sentencia a su favor (fase ADO)
  • 1.10   Otros expedientes de personal
    • 1.10.1  Aprobación del gasto  (fase A)
    • 1.10.2  Compromiso del gasto  (fase AD/D)
    • 1.10.3  Reconocimiento de la obligación (fase ADO/O)

2. ÁREA DE CONTRATACIÓN, CONTRATOS PATRIMONIALES Y PRIVADOS, Y RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL ACM P ÁGINA

  • 2.1 Preparación y adjudicación de expedientes de contratación de obras (incluidos los contratos de suministro de fabricación cuando el PCAP determine la aplicación directa del contrato de obras, y para las fases posteriores a la formalización en los contratos tramitados en el marco de un sistema de racionalización técnica de la contratación)
    • 2.1.1 Aprobación del gasto (fase RC/A)
    • 2.1.2 Adjudicación (sin fase presupuestaria/AD/D)
    • 2.1.3 Formalización (fase AD/D)
  • 2.2 Preparación y adjudicación de expedientes de contratación conjunta de proyecto y obra, cuando sea posible establecer el importe estimativo de las obras
    • 2.2.1 Adjudicación (sin fase presupuestaria/AD)
    • 2.2.2 Formalización (fase AD)
  • 2.3 Preparación y adjudicación de expedientes de contratación conjunta de proyecto y obra, cuando, en el caso del articulo 234.5 de la LCSP, no sea posible establecer el importe estimativo de las obras
    • 2.3.1 Adjudicación (sin fase presupuestaria/AD proyecto)
    • 2.3.2 Formalización (fase AD proyecto)
    • 2.3.3 Aprobación del expediente de gasto de las obras (fase AD obra)
  • 2.4 Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos de obra
    • 2.4.1 Modificados (fase AD)
    • 2.4.2 Continuación provisional de las obras (fase AD)
    • 2.4.3 Revisión de precios (fase AD)
    • 2.4.4 Certificaciones de obras (fase O)
    • 2.4.5 Reconocimiento de la obligación por el IVA meritado en el pago de las certificaciones de obras (fase O)
    • 2.4.6 Certificación final (fase O)
    • 2.4.7 Liquidación (fase O)
    • 2.4.8 Pago de intereses de demora y de la indemnización por los costes de cobro (fase ADO)
    • 2.4.9 Indemnización a favor del contratista (fase ADO)
    • 2.4.10 Resolución del contrato (fase ADO/O)
    • 2.4.11 Pago de primas o compensaciones a los participantes en el diálogo competitivo o a los candidatos o licitadores en el caso de renuncia a la celebración del contrato o desistimiento del procedimiento (fase ADO)
  • 2.5 Expedientes de concesión de obras
    • 2.5.1 Aprobación del gasto (fase RC/A)
    • 2.5.2 Adjudicación (sin fase presupuestaria/AD/D)
    • 2.5.3 Formalización (fase AD/D)
    • 2.5.4 Modificados (fase AD)
    • 2.5.5 Revisión de precios (fase AD)
    • 2.5.6 Abonos por aportaciones durante la construcción (fase O)
    • 2.5.7 Abonos por aportaciones al final de la construcción o de la concesión (fase O)
    • 2.5.8 Abonos en caso que la financiación de la construcción de la obra se realice a través de subvenciones o préstamos reintegrables, de acuerdo con el articulo 265 de la LCSP (fase O)
    • 2.5.9 Abono al concesionario de la retribución por la utilización de la obra (fase O)
    • 2.5.10 Pago de intereses de demora y de la indemnización por los costes de cobro (fase ADO)
    • 2.5.11 Indemnización a favor del contratista (fase ADO)
    • 2.5.12 Resolución del contrato (fase ADO)
    • 2.5.13 Pago de primas o compensaciones a los participantes en el diálogo competitivo o a los candidatos o licitadores en el caso de renuncia a la celebración del contrato o desistimiento del procedimiento (fase ADO)
    • 2.5.14 Pago al autor del estudio de viabilidad que no haya resultado adjudicatario de la correspondiente concesión (fase ADO)
  • 2.6 Expedientes de suministros (suministros en general, los de adquisición de equipos y sistemas para el tratamiento de la información, y los contratos de suministros de fabricación cuando el PCAP no determine la aplicación directa del contrato de obras, y para las fases posteriores a la formalización en los contratos tramitados en el marco de un sistema de racionalización técnica de la contratación)
    • 2.6.1 Aprobación del gasto (fase RC/A)
    • 2.6.2 Adjudicación (sin fase presupuestaria/AD/D)
    • 2.6.3 Formalización (fase AD/D)
    • 2.6.4 Revisión de precios (fase AD)
    • 2.6.5 Modificación del contrato (fase AD)
    • 2.6.6 Abonos a cuenta (fase O)
    • 2.6.7 Prórroga del contrato (fase AD)
    • 2.6.8 Liquidación (fase O)
    • 2.6.9 Pago de intereses de demora y de la indemnización para los costes de cobro (fase ADO)
    • 2.6.10 Indemnización a favor del contratista (fase ADO)
    • 2.6.11 Resolución del contrato (fase ADO)
    • 2.6.12 Pago de primas o compensaciones a los participantes en el diálogo competitivo o a los candidatos o licitadores en el caso de renuncia a la celebración del contrato o desistimiento del procedimiento (fase ADO)
  • 2.7 Expedientes de servicios (servicios en general y, para las fases posteriores a la formalización en los contratos tramitados en el marco de un sistema de racionalización técnica de la contratación)
    • 2.7.1 Aprobación del gasto (fase RC/A)
    • 2.7.2 Adjudicación (sin fase presupuestaria/AD/D)
    • 2.7.3 Formalización (fase AD/D)
    • 2.7.4 Modificación del contrato (fase AD)
    • 2.7.5 Revisión de precios (aprobación del gasto) (fase AD)
    • 2.7.6 Abonos a cuenta (fase O)
    • 2.7.7 Prórroga de los contratos (fase AD)
    • 2.7.8 Liquidación (fase O)
    • 2.7.9 Pago de intereses de demora y de la indemnización por los costes de cobro (fase ADO)
    • 2.7.10 Indemnización a favor del contratista (fase ADO)
    • 2.7.11 Resolución del contrato (fase ADO)
    • 2.7.12 Pago de primas o compensaciones a los participantes en el diálogo competitivo o a los candidatos o licitadores en el caso de renuncia a la celebración del contrato o desistimiento del procedimiento (fase ADO)
  • 2.8 Expedientes de concesión de servicio
    • 2.8.1 Aprobación del gasto (fase RC/A)
    • 2.8.2 Adjudicación (sin fase presupuestaria/AD/D)
    • 2.8.3 Formalización (fase AD/D
    • 2.8.4 Modificados (fase AD)
    • 2.8.5 Revisión de precios (fase AD)
    • 2.8.6 Abonos por aportaciones (fase O)
    • 2.8.7 Abonos en el caso de que la financiación del servicio se realice a través de subvenciones o préstamos reintegrables (fase O)
    • 2.8.8 Abonos al concesionario de la retribución por el servicio (fase O)
    • 2.8.9 Pago de intereses de demora y de la indemnización por los costes de cobro (fase ADO)
    • 2.8.10 Indemnización a favor del contratista (fase ADO)
    • 2.8.11 Resolución del contrato (fase ADO)
    • 2.8.12 Pago de primas o compensaciones a los participantes en el diálogo competitivo o a los candidatos o licitadores en el caso de renuncia a la celebración del contrato o desistimiento del procedimiento (fase ADO)
    • 2.8.13 Pago al autor del estudio de viabilidad que no haya resultado adjudicatario de la correspondiente concesión (fase ADO)
  • 2.9 Encargos de gestión regulados en la LCSP
    • 2.9.1 Encargo (fase AD)
    • 2.9.2 Modificaciones del encargo (fase AD)
    • 2.9.3 Abonos durante la ejecución de los trabajos (fase O)
    • 2.9.4 Liquidación (fase O)
  • 2.10 Adquisición de bienes inmuebles
    • 2.10.1 Aprobación del gasto (fase A)
    • 2.10.2 Compromiso del gasto (fase AD/D)
  • 2.11 Arrendamiento de bienes inmuebles, ya sea tramitado como expediente independiente o en expediente de alienación del inmueble en que simultáneamente se acuerde el arrendamiento
    • 2.11.1 Propuesta de arrendamiento (fase A)
    • 2.11.2 Acuerdo de concertación del arrendamiento (fase AD/D)
    • 2.11.3 Prórroga y novación (fase AD)
    • 2.11.4 Reconocimiento de la obligación (fase O)
  • 2.12 Permuta de bienes
    • 2.12.1 Aprobación y compromiso de la permuta (fase AD)
    • 2.12.2 Reconocimiento de la obligación (fase O)
  • 2.13 Contratación de seguros
    • 2.13.1 Aprobación del gasto (fase A)
    • 2.13.2 Compromiso del gasto (fase D)
    • 2.13.3 Reconocimiento de la obligación (fase O)
  • 2.14 Contratación de plan de pensiones
    • 2.14.1 Aprobación del gasto (fase A)
    • 2.14.2 Compromiso del gasto (fase D)
    • 2.14.3 Reconocimiento de la obligación (fase O)
  • 2.15 Contratos de acceso a bases de datos y de suscripción a publicaciones, tramitados de acuerdo con la DA 9ª de la LCSP
    • 2.15.1 Aprobación y compromiso del gasto (fase AD)
    • 2.15.2 Reconocimiento de la obligación (fase ADO/O)
  • 2.16 Contratación de creación e interpretación artística y literaria y contratos privados de espectáculos
    • 2.16.1 Aprobación del gasto  (fase A)        
    • 2.16.2 Adjudicación  (sin fase presupuestaria/AD/D)
    • 2.16.3 Formalización (fase AD/D)    
    • 2.16.4 Modificación del contrato  (fase AD)         
    • 2.16.5 Revisión de precios (aprobación  del gasto) (fase AD) 
    • 2.16.6 Abonos a cuenta (fase O)      
    • 2.16.7 Prórroga de los contratos (fase AD)
    • 2.16.8 Liquidación (fase O)    
    • 2.16.9 Pago de intereses de demora  y de la indemnización por los costes de cobro (fase ADO)        
    • 2.16.10 Indemnización a favor del contratista (fase ADO)     
    • 2.16.11 Resolución del contrato  de servicios (fase ADO)       
    • 2.16.12 Pago de primas o compensaciones a los participantes en el diálogo competitivo o a los candidatos o licitadores en el caso de renuncia a la celebración del contrato o desistimiento del procedimiento (fase ADO)       
  • 2.17  Reclamaciones que se formulan ante la administración, en concepto de indemnización por daños y perjuicios, por responsabilidad patrimonial                
    • 2.17.1 Expediente  de autorización, disposición  y reconocimiento de la obligación (fase ADO)        
    • 2.17.2 Ejecución de sentencias (fase ADO)         
  • 2.18 Expedientes de actos resolutorios de recursos administrativos con contenido económico
    • 2.18.1 Acta de resolución del recurso  (fase ADO)                                                                                          
  • 2.19   Gastos, las fases A y D de los cuales no están sujetas a fiscalización previa, de acuerdo con el artículo 17 del RD 424/2017
    • 2.19.1 Reconocimiento de la obligación (ADO/O)                                                                                          
  • 2.20   Contratos tramitados en el marco de un sistema de racionalización técnica de la contratación (hasta la fase de adjudicación/formalización)
    • 2.20.1 Inicio de licitación de obra (sin fase presupuestaria)   
    • 2.20.2 Inicio de licitación de suministro  (sin fase presupuestaria)
    • 2.20.3 Inicio de licitación de servicio  (sin fase presupuestaria)       
    • 2.20.4 Adjudicación del acuerdo marco (sin fase presupuestaria)    
    • 2.20.5 Formalización del acuerdo marco  (sin fase presupuestaria)  
    • 2.20.6 Adjudicación de un contrato  basado en un acuerdo marco (fase AD)      
    • 2.20.7 Adjudicación a través de sistemas dinámicos de contratación (fase AD)
  • 2.21  Otros expedientes de contratación, contratos patrimoniales y privados, y responsabilidad patrimonial
    • 2.21.1 Aprobación del gasto  (fase A)
    • 2.21.2 Compromiso del gasto  (fase AD/D)
    • 2.21.3 Reconocimiento de la obligación (fase ADO/O)

3. ÁREA DE SUBVENCIONES Y TRANSFERENCIAS, Y CONVENIOS DE COLABORACIÓN sujetos a la Ley 40/2015 ACM PÁGINA

  • 3.1 Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva
    • 3.1.1 Aprobación del gasto - Convocatoria (fase A)
    • 3.1.2 Ampliación y/o distribución del crédito (fase A)
    • 3.1.3 Compromiso del gasto (fase D)
    • 3.1.4 Reconocimiento de la obligación (fase O)
  • 3.2 Subvenciones de concesión directa
    • 3.2.1 Aprobación y compromiso del gasto (fase AD)
    • 3.2.2 Reconocimiento de la obligación (fase O)
  • 3.3 Subvenciones nominativas
    • 3.3.1 Aprobación y compromiso del gasto (fase AD)
    • 3.3.2 Reconocimiento de la obligación (fase O)
  • 3.4 Expedientes de convenios suscritos con entidades colaboradoras en el marco de la LGS
    • 3.4.1 Aprobación de convenios con entidades colaboradoras (fase AD)
    • 3.4.2 Prórroga y modificaciones de los convenios (fase AD)
    • 3.4.3 Reconocimiento de la obligación (fase O)
  • 3.5 Otros expedientes de subvenciones y ayudas públicas a las cuales no es aplicable la LGS
    • 3.5.1 Aprobación del gasto (fase A)
    • 3.5.2 Compromiso del gasto (fase D)
    • 3.5.3 Reconocimiento de la obligación (fase O)
    • 3.5.4 Prórroga y modificaciones de los convenios (fase AD)
  • 3.6 Convenios de colaboración con otras entidades públicas o con personas físicas o jurídicas sujetas a derecho privado
    • 3.6.1 Aprobación del convenio (fase AD)
    • 3.6.2 Modificaciones (fase AD)
    • 3.6.3 Prórroga del convenio (fase AD)
    • 3.6.4 Reconocimiento de la obligación (fase O)
  • 3.7 Convenios de colaboración con entidades públicas o con personas físicas o jurídicas sujetas a derecho público
    • 3.7.1 Aprobación del convenio (fase AD)
    • 3.7.2 Modificaciones (fase AD)
    • 3.7.3 Prórroga del convenio (fase AD)
    • 3.7.4 Reconocimiento de la obligación (fase ADO/O)
  • 3.8 Transferencias a entes dependientes
    • 3.8.1 Aprobación del gasto (fase A)
    • 3.8.2 Compromiso del gasto (fase AD/D)
    • 3.8.3 Reconocimiento de la obligación (fase ADO/O)
  • 3.9 Encomiendas de gestión de la Ley 40/15 (LRJSP)
    • 3.9.1 Aprobación de la encomienda (fase AD)
    • 3.9.2 Modificaciones (fase AD)
    • 3.9.3 Prórroga de la encomienda (fase AD)
    • 3.9.4 Reconocimiento de la obligación (fase O)
  • 3.10 Otros expedientes de subvenciones y transferencias
    • 3.10.1 Aprobación del gasto (fase A)
    • 3.10.2 Compromiso del gasto (fase AD/D)
    • 3.10.3 Reconocimiento de la obligación (fase ADO/O)

4. ÁREA DE EXPEDIENTES URBANÍSTICOS PÁGINA

  • 4.1 Convenios urbanísticos
    • 4.1.1 Aprobación del convenio (fase AD)
    • 4.1.2 Reconocimiento de la obligación (fase O)
  • 4.2 Ocupación directa
    • 4.2.1 Aprobación del expediente. Autorización del gasto (fase A)
    • 4.2.2 Aprobación definitiva. Compromiso del gasto (fase D)
    • 4.2.3 Pago de la ocupación directa a justificar (fase O)
  • 4.3 Expedientes de gasto derivados de expropiaciones forzosas
    • 4.3.1 Incoación de la expropiación: declaración de la necesidad de ocupación (fase A)
    • 4.3.2 Depósitos previos (fase D)
    • 4.3.3 Indemnización por rápida ocupación (fase ADO)
    • 4.3.4 Determinación del justiprecio para procedimientos ordinarios y de mutuo acuerdo (fase AD/D)
    • 4.3.5 Determinación del justiprecio por Jurado Provincial de Expropiación o órgano análogo (fase AD/D)
    • 4.3.6 Pago o consignación del precio justo (fase O)
    • 4.3.7 Pago de intereses de demora por retraso en la determinación del justiprecio y en el pago (fase ADO)
  • 4.4 Otros expedientes urbanísticos
    • 4.4.1 Aprobación del gasto (fase A)
    • 4.4.2 Compromiso del gasto (fase AD/D)
    • 4.4.3 Reconocimiento de la obligación (fase ADO/O)

5. GASTOS FINANCIEROS ACM PÁGINA

  • 5.1 Activos financieros
    • 5.1.1 Adquisición de efectos, bonos y otros títulos (fase ADO)
    • 5.1.2 Anticipos y préstamos, con o sin interés, concedidos (fase ADO)
    • 5.1.3 Libramientos de fondos en concepto de depósitos o fianzas realizados por la entidad local y sus organismos autónomos a la tesorería o las cajas de otros agentes económicos (fase ADO)
    • 5.1.4 Adquisición de acciones y participaciones (fase ADO)
    • 5.1.5 Aportaciones patrimoniales realizadas por las entidades locales o sus organismos autónomos (fase ADO)
  • 5.2 Pasivos financieros
    • 5.2.1 Amortización de préstamos e intereses derivados de estos, si es el caso (fase ADO)
    • 5.2.2 Devolución de depósitos constituidos o de fianzas ingresadas en la tesorería de la entidad local o de sus organismos autónomos (fase ADO)
  • 5.3 Otros gastos financieros
    • 5.3.1 Aprobación del gasto (fase A)
    • 5.3.2 Compromiso del gasto (fase AD/D)
    • 5.3.3 Reconocimiento de la obligación (fase ADO/O)

 

1  ÁREA DE PERSONAL

  • 1.1 EXPEDIENTE: Altas personal funcionario
    • 1.1.1 ACTUACIÓN: Aprobación de convocatoria de personal funcionario de carrera (fase A)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable de Recursos Humanos en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 70 TREBEP - Que se acredita la existencia de Oferta pública de empleo publicada en el Boletín Oficial correspondiente.

C.3 - Art. 90 LBRL Art. 55.d) D 214/1990 (CAT) - Que se acredita que la plaza que se convoca existe en la plantilla de personal y en la relación de puestos de trabajo.

C.4 - Instrucció Junta de Govern DDGI de 15/11/2016 - Al tratarse de una convocatoria de un ente dependiente que se aprueba conjuntamente con las Bases, que existe informe emitido por Recursos Humanos de la Ayuntamiento.

 

    • 1.1.2 ACTUACIÓN: Aprobación de convocatoria de personal funcionario interino (fase A)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable de Recursos Humanos en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 10.1 TREBEP - Que la convocatoria se justifica en alguna de las circunstancias previstas en el art. 10.1 del TREBEP.

C.3 - Instrucció Junta de Govern DDGI de 15/11/2016 - Al tratarse de una convocatoria de un ente dependiente que se aprueba conjuntamente con las Bases, que existe informe emitido por Recursos Humanos de la Ayuntamiento.

 

    • 1.1.3 ACTUACIÓN: Nombramiento de personal funcionario de carrera (fase D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable de Recursos Humanos en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 61.8 TREBEP Art. 55.d) D 214/1990 (CAT) - Que la propuesta concuerda con la propuesta del Tribunal u órgano de selección, y se ajusta al número de plazas convocadas.

 

    • 1.1.4 ACTUACIÓN: Nombramiento de personal funcionario interino (fase D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 175 ROF Que existe informe favorable del responsable de Recursos Humanos en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 7 RD 896/1991 Art. 61.8 TREBEP Art. 55.d) D 214/1990 (CAT) Que la propuesta concuerda con la propuesta del Tribunal u órgano de selección, y se ajusta al número de plazas convocadas.

 

    • 1.1.5 ACTUACIÓN: Nombramiento de personal funcionario derivado de comisión de servicios (fase AD/D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable de Recursos Humanos en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 1.1.6 ACTUACIÓN: Nombramiento y cese de personal funcionario derivado de libre designación (fase AD/D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable de Recursos Humanos en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 20.1 L.30/1984 Art. 55.d) D 214/1990 (CAT) - Que la propuesta concuerda con el resultado del informe del titular del Departamento, y se ajusta al número de plazas convocadas.

 

    • 1.1.7 ACTUACIÓN: Otras formas de provisión de personal funcionario (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable de Recursos Humanos en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

  • 1.2 EXPEDIENTE: Altas personal laboral
    • 1.2.1 ACTUACIÓN: Aprobación de convocatoria de personal laboral fijo (fase A)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 - TRLHL Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF Que existe informe favorable del responsable de Recursos Humanos en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 70 TREBEP - Que se acredita la existencia de Oferta pública de empleo publicada en el Boletín Oficial correspondiente.

C.3 - Art. 90 LBRL - Que se acredita que la plaza que se convoca existe en la plantilla de personal y en la relación de puestos de trabajo.

C.4 - Instrucció Junta de Govern DDGI de 15/11/2016 - Al tratarse de una convocatoria de un ente dependiente que se aprueba conjuntamente con las Bases, que existe informe emitido por Recursos Humanos de la Ayuntamiento.

 

 

    • 1.2.2 ACTUACIÓN: Aprobación de convocatoria de personal laboral temporal (fase A)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable de Recursos Humanos en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 15 RDL 2/2015 TRET - Que la convocatoria se justifica en alguna de las circunstancias previstas en el art. 15 del RDL 2/2015.

C.3 - Instrucció Junta de Govern DDGI de 15/11/2016 - Al tratarse de una convocatoria de un ente dependiente que se aprueba conjuntamente con las Bases, que existe informe emitido por Recursos Humanos de la Ayuntamiento.

 

    • 1.2.3 ACTUACIÓN: Contratación de personal laboral fijo (fase D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 2.1 Art. 32 DL 1/1997 (CAT) - Que se incorpora el certificado acreditativo, expedido por el órgano competente, que el puesto a cubrir figura detallado en la relación o catálogo de puestos de trabajo y que está vacante.

B.2 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 2.1 Art. 6 RD 896/1991 - Que se ha cumplimentado el requisito de publicidad de la correspondiente convocatoria en los términos establecidos por la normativa que en cada caso resulte de aplicación.

B.3 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 2.1 Art. 7 RD 896/1991 - Que se acreditan los resultados del proceso selectivo por parte del órgano competente.

B.4 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 2.1 RDL 2/2015 TRET - Que se adecua el contrato que se formaliza con lo dispuesto en la normativa vigente.

B.5 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 2.1 Art. 27 TREBEP - Que las retribuciones que se señalen en el contrato se ajusten al Convenio Colectivo que resulte de aplicación y, si se trata de un contrato al margen del Convenio, que conste en el expediente la justificación del mismo.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable de Recursos Humanos en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 55.d) D 214/1990 (CAT) (supl) - Que la propuesta se ajusta al número de plazas convocadas.

 

    • 1.2.4 ACTUACIÓN: Contratación de personal laboral temporal (fase D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 2.2 Art. 7 RD 896/1991 - Que se acreditan los resultados del proceso selectivo por parte del órgano competente.

B.2 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 2.2 RDL 2/2015 TRET - Que se adecua el contrato que se formaliza con lo dispuesto en la normativa vigente.

B.3 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 2.2 RDL 2/2015 TRET - Al tratarse de contratación de personal con cargo a los créditos de inversiones, que existe informe del responsable de Recursos Humanos o de la Secretaria general de la entidad sobre la modalidad de contratación temporal utilizada y sobre la observancia, en las cláusulas del contrato, de los requisitos y formalidades exigidos por la legislación laboral.

B.4 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 2.2 Art. 27 TREBEP - Que las retribuciones que se señalen en el contrato se ajusten al Convenio Colectivo que resulte de aplicación y, si se trata de un contrato al margen del Convenio, que conste en el expediente la justificación del mismo.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable de Recursos Humanos en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 55.d) D 214/1990 (CAT) (supl) - Que la propuesta se ajusta al número de plazas convocadas.

 

 

    • 1.2.5 ACTUACIÓN: Contratación de personal laboral temporal a través de un Plan de contratación (fase D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 2.2 RDL 2/2015 TRET - Al tratarse de contratación de personal con cargo a los créditos de inversiones, que existe informe del responsable de Recursos Humanos o de la Secretaria general de la entidad sobre la modalidad de contratación temporal utilizada y sobre la observancia, en las cláusulas del contrato, de los requisitos y formalidades exigidos por la legislación laboral.

B.2 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 2.2 Art. 27 TREBEP - Que las retribuciones que se señalen en el contrato se ajusten al Convenio Colectivo que resulte de aplicación y, si se trata de un contrato al margen del Convenio, que conste en el expediente la justificación del mismo.

B.3 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 2.2- Que el contrato celebrado a través de un Plan de contratación se adecua a lo dispuesto en la normativa vigente.

B.4 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 2.2 - Que el Plan de contratación contiene una descripción del proceso selectivo que se seguirá en aplicación del mismo.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable de Recursos Humanos en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 1.2.6 ACTUACIÓN: Prórroga de contratos laborales (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B. - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 2.4 Art. 15 RDL 2/2015 TRET - Que la duración del contrato no supera el plazo previsto en la legislación vigente.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 RO - F Que existe informe favorable del responsable de Recursos Humanos en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

  • 1.3 EXPEDIENTE: Altas personal directivo y/o eventual
    • 1.3.1 ACTUACIÓN: Aprobación de convocatoria de personal directivo (fase A)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C. - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable de Recursos Humanos en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 130 LBRL Acord Ple DDGI 19/01/2016 Personal Directiu - Que se acredita que la retribución propuesta se ajusta a lo establecido en la normativa interna de la Corporación.

C.3 - Instrucció Junta de Govern DDGI de 15/11/2016 - Al tratarse de una convocatoria de un ente dependiente que se aprueba conjuntamente con las Bases, que los requisitos de acceso han sido establecidos por Recursos Humanos de la Ayuntamiento.

 

    • 1.3.2 ACTUACIÓN: Contratación de personal directivo (fase D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable de Recursos Humanos en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 55.d) D 214/1990 (CAT) (supl) - Que la propuesta concuerda con la propuesta del Tribunal u órgano de selección, y se ajusta al número de plazas convocadas.

 

    • 1.3.3 ACTUACIÓN: Contratación de personal eventual (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3- Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF Que existe informe favorable del responsable de Recursos Humanos en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 104.1 LBRL Art. 20.2 L.30/1984 Art. 9.2 D 214/1990 (CAT) Acord Ple DDGI 15/07/2015 Personal Eventual Que la propuesta se ajusta al acuerdo del Pleno de determinación del número, características y retribuciones del personal eventual

 

  • 1.4 EXPEDIENTE: Expedientes de nóminas de retribuciones del personal
    • 1.4.1 ACTUACIÓN: Expedientes de nóminas de retribuciones del personal (fase ADO/O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 Art. 19.a) RD 424/2017 Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obliga-ción deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD 424/2017 Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma de aplicación e identifican el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 3 Art. 175 ROF - Que las nóminas están firmadas por el responsable de Recursos Humanos de la entidad y que se proponen para su autorización al órgano competente.

B.2 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 3 - Al tratarse de las nóminas de carácter ordinario y de las unificadas de periodo mensual, que se realiza la comprobación aritmética que se realiza efectuando el cuadre total de la nómina con el que resulte del mes anterior más la suma algebraica de las variaciones incluidas en la nómina del mes que se trate.

B.3 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 3 Art. 2 L 3/2015 - Al tratarse de altos cargos, que consta copia del acuerdo de nombramiento o documento en el que se indique la fecha de su publicación oficial.

B.4 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 3 Art. 10 L 3/2015 - Al tratarse de altos cargos, que consta diligencia de la correspondiente toma de posesión.

B.5 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 3 Art. 4 L 3/2015 - Al tratarse de altos cargos, que se verifican las retribuciones.

B.6 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 3 Art. 11 TREBEP - Al tratarse de personal laboral de nuevo ingreso, que consta copia del plan o del expediente de contratación sobre el que fue ejercida la fiscalización del gasto, y del contrato formalizado en todo caso.

 

  • 1.5 EXPEDIENTE: Expedientes de productividad, complementos y otras variaciones
    • 1.5.1 ACTUACIÓN: Expediente de autorización y compromiso del complemento de productividad (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

 

    • 1.5.2 ACTUACIÓN: Expediente de reconocimiento de la obligación del complemento de productividad (fase ADO/O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD 424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD 424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma de aplicación e identifican el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

 

    • 1.5.3 ACTUACIÓN: Expediente de autorización y compromiso de otros pluses y complementos (polivalencias, disponibilidad, trabajo en festivos, quebranto de moneda, ...) (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

 A.3 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

 

    • 1.5.4 ACTUACIÓN: Expediente de reconocimiento de la obligación de otros pluses y complementos (polivalencias, disponibilidad, trabajo en festivos, quebranto de moneda, ...) (fase ADO/O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD 424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD 424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma de aplicación e identifican el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

    • 1.5.5 ACTUACIÓN: Otras productividades (fase ADO/O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD 424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD 424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma de aplicación e identifican el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

 

    • 1.5.6 ACTUACIÓN: Reconocimiento de servicios (fase ADO/O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD 424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD 424/201- 7 Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma de aplicación e identifican el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

 

    • 1.5.7 ACTUACIÓN: Reconocimiento de grado personal consolidado (fase ADO/O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD 424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD 424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma de aplicación e identifican el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

 

    • 1.5.8 ACTUACIÓN: Abono de indemnizaciones al amparo del RD 462/2002 (fase ADO/O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD 424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD 424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma de aplicación e identifican el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

 

 

  • 1.6 EXPEDIENTE: Expedientes relativos a contribuciones al plan de pensiones de los empleados de la entidad local y organismos autónomos
    • 1.6.1 ACTUACIÓN: Aprobación del gasto (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

 

    • 1.6.2 ACTUACIÓN: Reconocimiento de la aportación al plan de pensiones (fase ADO/O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD 424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD 424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma de aplicación e identifican el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 4 Art. 175 ROF - Que las nominas están firmadas por el responsable de Recursos Humanos de la entidad y que se proponen para su autorización al órgano competente.

 

  • 1.7 EXPEDIENTE: Expedientes de aprobación y reconocimiento de la cuota a la Seguridad Social
    • 1.7.1 ACTUACIÓN: Aprobación y reconocimiento de la cuota patronal a la Seguridad Social (fase ADO/O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD 424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD 424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma de aplicación e identifican el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 5 - Sin requisitos básicos adicionales de acuerdo con el ACM.

 

  • 1.8 EXPEDIENTE: Expedientes de concesión de ayudas de acción social al personal, tanto funcionario como laboral
    • 1.8.1 ACTUACIÓN: Aprobación de la convocatoria (fase A)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 25 - Sin requisitos básicos adicionales de acuerdo con el ACM.

 

    • 1.8.2 ACTUACIÓN: Resolución de la convocatoria (fase D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 174 TRLHL- Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 25 - Sin requisitos básicos adicionales de acuerdo con el ACM.

 

    • 1.8.3 ACTUACIÓN: Reconocimiento de la obligación (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD 424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD 424/201- 7 Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma de aplicación e identifican el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 25 - Sin requisitos básicos adicionales de acuerdo con el ACM.

 

  • 1.9 EXPEDIENTE: Expedientes de concesión de anticipos al personal, tanto funcionario como laboral
    • 1.9.1 ACTUACIÓN: Expediente de concesión de anticipos al personal (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se auto-rice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 25 - Sin requisitos básicos adicionales de acuerdo con el ACM.

 

    • 1.9.2 ACTUACIÓN: Expediente de reconocimiento de la obligación de anticipos al personal (fase ADO/O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD 424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD 424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma de aplicación e identifican el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 25 - Sin requisitos básicos adicionales de acuerdo con el ACM.

 

    • 1.9.3 ACTUACIÓN: Expediente de concesión de anticipos reintegrables a trabajadores con sentencia a su favor (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD 424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD 424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma de aplicación e identifican el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 27 - Que se aporta resolución judicial ordenando la ejecución provisional de la sentencia y disponiendo el abono del anticipo.

 

  • 1.10 EXPEDIENTE: Otros expedientes de personal
    • 1.10.1 ACTUACIÓN: Aprobación del gasto (fase A)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

 

    • 1.10.2 ACTUACIÓN: Compromiso del gasto (fase AD/D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLH- L Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

    • 1.10.3 ACTUACIÓN: Reconocimiento de la obligación (fase ADO/O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD 424/2017 Art. 173.6 TRLHL Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD 424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD 424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma de aplicación e identifican el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

 

2   ÁREA: ÁREA DE CONTRATACIÓN,  CONTRATOS PATRIMONIALES Y PRIVADOS,  Y RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL

  • 2.1  EXPEDIENTE:   Preparación y adjudicación  de expedientes de contratación de obras  (incluidos los contratos de suministro de fabricación cuando el PCAP determine la aplicación directa del contrato de obras, y para las fases  posteriores a la formalización en los contratos tramitados en el marco de un sistema de racionalización técnica de la contratación)
    • 2.1.1 ACTUACIÓN: Aprobación del gasto (fase RC/A)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD- 424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de HaciendasLocales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD- 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD- 424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD- 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD- 424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD- 424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD- 424/2017 ACM2008 9.1.1.A) Art. 235 LCSP - Al tratarse de un presupuesto base de licitación igual o superior a 500.000€, IVA excluido, o de obras que afectan a la estabilidad, la seguridad y estanqueidad, que existe  proyecto informado por la Oficina de Supervisión de Proyectos.

B.2 - Art. 13.2.c) RD- 424/2017 ACM2008 9.1.1.A) Art. 235 LCSP - Al tratarse de un presupuesto base de licitación inferior a 500.000€, IVA excluido, que se incorpora al expediente pronunciamiento expreso de que las obras del pro- yecto no afectan a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.1.A) Art. 67 RGLCAP - Que existe PCAP o, en su caso, documento descriptivo.

B.4 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.1.A) DA3a.8 LCSP - Que existe informe de la Secretaría general.

B.5 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.1.A) Art. 122.7 LCSP - Al tratarse de un modelo de PCA, que el contrato a suscribir es de naturaleza análoga al informado por la Secretaría general.

B.6 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.1.A) Art. 231 y 236 LCSP Art. 138.2 RGLCAP - Que existe acta de replanteo previa.

B.7 - Art. 13.2.c) RD-424/2017ACM2008 9.1.1.A) Art. 145 y 146 LCSP - Al tratarse de PCAP o documento descriptivo que establece varios criterios de valoración, que estos están directamente vinculados con el objeto del contrato en base a la mejor relación calidad-precio.

B.8 - Art. 13.2.c) RD-424/2017ACM2008 9.1.1.A) Art. 145, 146 y 148 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza un único criterio de valoración, que este está relacionado con los costes, pudiendo ser el precio o un criterio basado en la rentabilidad, como el coste del ciclo de vida calculado de acueRD-o con el artículo 148 de la LCSP.

B.9 - Art. 13.2.c) RD-424/2017ACM2008 9.1.1.A) Art. 157.2 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utilizan criterios que dependen de un juicio de valor, que el PCAP o el documento descriptivo prevé que la documentación relativa a estos criterios se presente en sobre independiente del resto de la proposición.

B.10 - Art. 13.2.c) RD-424/2017ACM2008 9.1.1.A) Art. 131.2, 166.3,167 y 168 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación, que concurren los supuestos previstos en la normativa contractual vigente para utilizar este tipo de procedimiento.

B.11 - Art. 13.2.c) RD-424/2017ACM2008 9.1.1.A) Art. 131.2, 167 y 172.3 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el diálogo competitivo como procedimiento de adjudicación, que se cumple alguno de los supuestos de aplicación del artículo 167 de la LCSP.

B.12 - Art. 13.2.c) RD-424/2017ACM2008 9.1.1.A) Art. 204 LCSP - Al preverse modificaciones en el PCAP, que  estas no superen el 20%  del precio  inicial del contrato y que  la cláusula de modificación se formula de forma clara,  precisa e inequívoca, y con el detalle  suficiente, en los términos del artículo  204 de la LCSP.

B.13 - Art. 13.2.c) RD-424/2017ACM2008 9.1.1.A) Art. 143.3 LCSP - Al preverse la utilización de la subasta electrónica en el PCAP, que los criterios de adjudicación a qué hace referencia el procedimiento de subasta, se basan en modificaciones referidas al precio  o requisitos cuantificables y susceptibles de ser expresados en cifras o porcentajes.

 

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - DA 3a.3 LCSP Art. 7.3 LO 2/2012 - Que en el expediente se valora la repercusión del contrato en el cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de la entidad, de acuerdo con el art. 7.3 de la LO 2/2012.

C.3 - Art. 231.1 LCSP - Que el proyecto ha sido aprobado por el órgano de contratación.

C.4 - Art. 159.1 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el procedimiento de adjudicación abierto simplificado, que concurren las condiciones previstas en el art. 159.1 de la LCSP (VEC igual o inferior a 2 M. Euros y criterios sometidos a juicio de valor no superior al 25%).

C.5 - Art. 159.6 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el procedimiento de adjudicación abierto simplificado con la tramitación prevista en el art. 159.6 de la LCSP, que se cumplen los requisitos para su aplicación previstos en el mismo artículo. (VEC inferior a 80.000 euros.)

 

    • 2.1.2 ACTUACIÓN: Adjudicación (sin fase presupuestaria/AD/D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.1.B.1) Art. 157.6 LCSP - Al proponerse una adjudicación que no se ajusta a la propuesta formulada por la Mesa de contratación, que existe decisión motivada del órgano competente para la adjudicación.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.1.B.1) Art. 149.4 LCSP - Al identificarse ofertas con valores anormales o desproporcionados, que  existe constancia de la solicitud de la información a los licitadores que presumiblemente se encuentran en esta situación y del informe del servicio técnico correspondiente.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.1.B.1) Art. 65.1 y 326.1 LCSP - Al tratarse de un expediente sin constitución de Mesa de contratación de acuerdo con lo previsto en la normativa, que  existe  conformidad de la clasificación concedida al contratista que se propone como adjudicatario con la que se exige en el PCAP.

B.4 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.1.B.1) Art. 169.1, 169.6 y 170.1 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación, que existe constancia en el expediente de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo aplicadas por el órgano de contratación, así como de las ventajas obtenidas en la negociación.

B.5 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.1.B.1) Art. 167, 169.1, 169.6 y 170.1 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación y que se da alguno de los supuestos del artículo 167 de la LCSP, que se ha publicado el anuncio de licitación correspondiente.

B.6 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.1.B.1) Art. 102.7 LCSP - Al tratarse de un contrato con precios provisionales de acueRD-o con el artículo 102.7 de la LCSP, que se detallan en el contrato los extremos previstos en las letras a), b)y c) del citado artículo.

B.7 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.1.B.1) Art. 107, 108 y 109 LCSP - Que se acredita la constitución de la garantía definitiva, salvo en los casos previstos en el artículo 107.1 de la LCSP.

B.8 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.1.B.1) Art. 71.1.d) LCSP - Que se acredita que el licitador que se propone como adjudicatario está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 176 TRLHL - Al tratarse de un contrato que no requiere formalización, que las anualidades inicialmente autorizadas se reajustan según la fecha de inicio de vigencia del contrato.

 

    • 2.1.3 ACTUACIÓN: Formalización (fase AD/D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.1.B.2) Art. 39.2.e) LCSP - Que se acompaña certificado que  acredite la interposición o no de recurso especial en materia de contratación contra la adjudicación.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.1.B.2) Art. 39.2.e) y 49.1 LCSP - Al tratarse de un expediente en el que se ha interpuesto recurso/os, que se ha dictado resolución expresa del órgano competente, ya sea desestimándolos o acoRD-ando el levantamiento de la suspensión.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 176 TRLHL - Que las anualidades inicialmente autorizadas se reajustan según la fecha de inicio de vigencia del contrato.

 

  • 2.2 EXPEDIENTE: Preparación y adjudicación  de expedientes de contratación conjunta de proyecto  y obra, cuando sea  posible establecer el importe estimativo de las obras
    • 2.2.1 ACTUACIÓN: Adjudicación (sin fase resupuestaria/AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito  es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017  ACM2008 9.2.1.A.1) Art. 234.1 LCSP - Que se aporta justificación sobre su utilización de acueRD-o con el artículo 234.1 de la LCSP.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.1.A.1) Art. 234.2 LCSP - Que existe anteproyecto o, en su caso, bases técnicas a las que se debe ajustar el pro yecto.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.1.A.1) Art. 67 RGLCAP - Que existe PCAP o, en su caso, documento descriptivo.

B.4 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.1.A.1) DA3a.8 LCSP - Que existe informe de la Secretaría general.

B.5 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.1.A.1) Art. 122.7 LCSP - Al tratarse de un modelo de PCA, que el contrato a suscribir es de naturaleza análoga al informado por la Secretaría general.

B.6 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.1.A.1) Art. 145.5.a) y 145.6 LCSP - Que el PCAP o el documento descriptivo establece, para la determinación de la oferta económicamente más ventajosa, criterios directamente vinculados al objeto del contrato.

B.7 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.1.A.1) Art. 157.2 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utilizan criterios que dependen de un juicio de valor, que el PCAP o el documento descriptivo prevé que la documentación relativa a estos criterios se presente en sobre independiente del resto de la proposición.

B.8 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.1.A.1) Art. 131.2, 166.3, 167 y 168 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación, que concurren los supuestos previstos en la normativa contractual vigente para utilizar este tipo de procedimiento.

B.9 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.1.A.1) Art. 131.2, 167 y 172.3 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el diálogo competitivo como procedimiento de adjudicación, que se cumple alguno de los supuestos de aplicación del artículo 167 de la LCSP.

B.10 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.1.A.1) Art. 204 LCSP - Al preverse modificaciones en el PCAP, que estas no superen el 20% del precio  inicial del contrato y que la cláusula de modificación se formula de forma clara, precisa e inequívo- ca, y con el detalle  suficiente, en los términos del artículo 204 de la LCSP.

B.11 - Art. 13.2.c) RD-424/2017  ACM2008 9.2.1.A.1) Art. 143.3 LCSP - Al preverse la utilización de la subasta electrónica en el PCAP, que los criterios de adjudicación a qué hace referencia el procedimiento de subasta, se basan en modificaciones referidas al precio  o requisitos cuantificables y susceptibles de ser expresados en cifras o porcentajes.

B.12 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.1.A.1) Art. 157.6 LCSP - Al proponerse una adjudicación que no se ajusta a la propuesta formulada por la Mesa de contratación, que existe decisión motivada del órgano competente para la adjudicación.

B.13 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.1.A.1) Art. 149.4 LCSP - Al identificarse ofertas con valores anormales o desproporcionados, que existe constancia de la solicitud de la información a los licitadores que presumiblemente se encuentran en esta situación y del informe del servicio técnico correspondiente.

B.14 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.1.A.1) Art. 65.1 LCSP - Al tratarse de un expediente sin constitución de Mesa de contratación de acueRD-o con lo previsto en la normativa, que existe conformidad de la clasificación concedida al contra- tista que se propone como adjudicatario con la que se exige en el PCAP.

B.15 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.1.A.1) Art. 169.1, 169.6 y 170.1 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación, que existe constancia en el expediente de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo aplicadas por el órgano de contratación, así como de las ventajas obtenidas en la negociación.

B.16 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.1.A.1) Art. 167, 169.1, 169.6 y 170.1 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación y que se da alguno de los supuestos del artículo 167 de la LCSP, que se ha publicado el anuncio de licitación correspondiente.

B.17 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.1.A.1) Art. 102.7 LCSP - Al tratarse de un contrato con precios provisionales de acueRD-o con el artículo 102.7 de la LCSP, que se detallan en el contrato los extremos previstos en las letras a), b) y c) del citado artículo.

B.18 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.1.A.1) Art. 107, 108 y 109 LCSP - Que se acredita la constitución de la garantía definitiva, salvo en los casos previstos en el artículo 107.1 de la LCSP.

B.19 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.1.A.1) Art. 71.1.d) LCSP - Que se acredita que el licitador que se propone como adjudicatario está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.2.2 ACTUACIÓN: Formalización (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al  tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.1.A.2) Art. 39.2.e) LCSP - Que se acompaña certificado que  acredite la interposición o no de recurso especial en materia de contratación contra la adjudicación.

B.2 Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.1.A.2) Art. 39.2.e) y 49.1 LCSP - Al tratarse de un expediente en el que se ha interpuesto recurso/os, que se ha dictado resolución expresa del órgano competente, ya sea desestimándolos o acordando el levantamiento de la suspensión.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

  • 2.3 EXPEDIENTE: Preparación y adjudicación  de expedientes de contratación conjunta de proyecto  y obra, cuando, en el caso  del articulo 234.5 de la LCSP, no sea posible establecer el importe estimativo de las obras
    • 2.3.1 ACTUACIÓN: Adjudicación (sin fase presupuestaria/AD proyecto)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito  es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 Art. 13.2.c) RD- 424/2017 ACM2008 9.2.2.A) Art. 234.1 LCSP - Que se aporta justificación sobre su utilización de acuerdo con el artículo  234.1  de la LCSP.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.2.A) Art. 234.2 LCSP - Que existe anteproyecto o, en su caso, bases técnicas a las que se debe ajustar el proyecto.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.2.A) Art. 67 RGLCAP Que existe PCAP o, en su caso, documento descriptivo.

B.4 - Art. 13.2.c) RD-424/2017  ACM2008 9.2.2.A) DA3a.8 LCSP - Que existe informe de la Secretaría general.

B.5 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.2.A) Art. 122.7 LCSP - Al tratarse de un modelo de PCA, que el contrato a suscribir es de naturaleza análoga al informado por la Secretaría general.

B.6 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.2.A) Art. 145.5.a) y 145.6 LCSP - Que el PCAP o el documento descriptivo establece, para la determinación de la oferta económicamente más ventajosa, criterios directamente vinculados al objeto del contrato.

B.7 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.2.A) Art. 157.2 LCSP Al tratarse de un expediente donde se utilizan criterios que dependen de un juicio de valor, que el PCAP o el documento descriptivo prevé que la documentación relativa a estos criterios se presente en sobre independiente del resto de la proposición.

B.8 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.2.A) Art. 131.2, 166.3, 167 y 168  LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación, que concurren los supuestos previstos en la normativa contractual vigente para utilizar este tipo de procedimiento.

B.9 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.2.A) Art. 131.2, 167 y 172.3 - LCSP Al tratarse de un expediente donde se utiliza el diálogo competitivo como procedimiento de adjudicación, que se cumple alguno de los supuestos de aplicación del artículo 167 de la LCSP.

B.10 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.2.A) Art. 204 LCSP - Al preverse modificaciones en el PCAP, que  estas no superen el 20% del precio  inicial del contrato y que  la cláusula de modificación se formula de forma clara, precisa e inequívoca, y con el detalle  suficiente, en los términos del artículo  204 de la LCSP.

B.11 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.2.A) Art. 143.3 LCSP - Al preverse la utilización de la subasta electrónica en el PCAP, que los criterios de adjudicación a qué hace referencia el procedimiento de subasta, se basan en modificaciones referidas al precio  o requisitos cuantificables y susceptibles de ser expresados en cifras o porcentajes.

B.12 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.2.A) Art. 157.6 LCSP - Al proponerse una adjudicación que no se ajusta a la propuesta formulada por la Mesa de contratación, que existe decisión motivada del órgano competente para la adjudicación.

B.13 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.2.A) Art. 149.4 LCSP - Al identificarse ofertas con valores anormales o desproporcionados, que  existe constancia de la solicitud de la información a los licitadores que presumiblemente se encuentran en esta situación y del informe del servicio técnico correspondiente.

B.14 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.2.A) Art. 65.1 LCSP - Al tratarse de un expediente sin constitución de Mesa de contratación de acuerdo con lo previsto en la normativa, que  existe conformidad de la clasificación concedida al contratista que se propone como adjudicatario con la que se exige en el PCAP.

B.15 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.2.A) Art. 169.1, 169.6 y 170.1 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación, que existe constancia en el expediente de las invitaciones cursadas,de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo aplicadas por el órgano de contratación, así como de las ventajas obtenidas en la negociación.

 

B.16 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.2.A) Art. 167, 169.1, 169.6 y 170.1 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación y que se da alguno de los supuestos del artículo 167 de la LCSP, que se ha publicado el anuncio de licitación correspondiente.

B.17 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.2.A) Art. 102.7 LCSP - Al tratarse de un contrato con precios provisionales de acuerdo con el artículo 102.7 de la LCSP, que se detallan en el contrato los extremos previstos en las letras a), b)y c) del citado artículo.

B.18 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.2.A) Art. 107, 108 y 109 LCSP - Que se acredita la constitución de la garantía definitiva, salvo en los casos previstos en el artículo 107.1 de la LCSP.

B.19 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.2.A) Art. 71.1.d) - LCSP Que se acredita que el licitador que se propone como adjudicatario está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 Art. 172 y 175 ROF Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.3.2 ACTUACIÓN: Formalización (fase AD proyecto)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL  Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.2.A) Art. 39.2.e) LCSP - Que se acompaña certificado que  acredite la interposición o no de recurso especial en materia de contratación contra la adjudicación.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.2.A) Art. 39.2.e) y 49.1 LCSP - Al tratarse de un expediente en el que se ha interpuesto recurso/os, que se ha dictado resolución expresa del órgano competente, ya sea desestimándolos o acordando el levantamiento de la suspensión.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.3.3 ACTUACIÓN: Aprobación del expediente de gasto de las obras (fase AD obra)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL  Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.2.B) Art. 234.3 y 235 LCSP Art. 131 RGLCAP - Al tratarse de un presupuesto base de licitación igual o superior a 500.000€, IVA excluido, o de obras que afectan a la estabilidad, la seguridad y estanqueidad, que existe  proyecto informado por la Oficina de Supervisión de Proyectos.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.2.2.B) Art. 231, 234.3 y 236 LCSP  Art. 138.2 RGLCAP - Que existe acta de replanteo previo.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 234.3 LCSP - Que la propuesta incluye la aprobación del proyecto, o que se acredita que ya ha sido aprobado previamente.

 

  • 2.4 EXPEDIENTE: RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos de obra
    • 2.4.1 ACTUACIÓN: Modificados (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.2 Art. 204.1 LCSP - Al tratarse de modificaciones previstas en el PCAP, que  estas no superan el porcentaje máximo del precio del contrato, de acuerdo con el PCAP.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.2 Art. 205 LCSP - Al tratarse de modificaciones no previstas en el PCAP, que  se acompaña informe técnico justificativo  de los aspectos previstos en el artículo 205 de la LCSP.

B.3 Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.2 Art. 235 y 242.5 LCSP - Al tratarse de un presupuesto base de licitación igual o superior a 500.000€, IVA excluido, o de obras que afectan a la estabilidad, la seguridad y estanqueidad, que existe  proyecto informado por la Oficina de Supervisión de Proyectos.

B.4 Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.2 Art. 235 LCSP - Al tratarse de un presupuesto base de licitación inferior a 500.000€, IVA excluido, que se incorpora al expediente pronunciamiento expreso de que las obras del proyecto no afectan a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra.

B.5 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.2 Art. 191.2 y DA3a.8 LCSP - Que existe informe de la Secretaría general.

B.6 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.2 Art. 191.3.b) LCSP - Al tratarse de modificaciones no previstas en el PCAP y su cuantía, aislada o conjuntamente, sea  superior a un 20%  del precio  inicial del contrato, IVA excluido, y su precio sea igual o superior a 6.000.000€, que existe dictamen del Consejo de Estado u órgano equivalente de la CA.

B.7 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.2 Art. 231 y 236 LCSP  Art. 138.2 RGLCAP - Que existe acta de replanteo previo.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.4.2 ACTUACIÓN: Continuación provisional de las obras (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 242.5 LCSP - Que existe propuesta técnica motivada del Director facultativo donde figura el importe aproximado de la modificación, la descripción básica de las obras a realizar y la justificación de que se da uno de los supuestos del art. 203.2 de la LCSP.

C.3 - Art. 242.5 LCSP - Que el importe máximo de la modificación no supera el 20% del precio inicial del contrato, IVA excluido.

C.4 - Art. 242.5 LCSP - Que se ha dado audiencia al contratista.

C.5 - Art. 242.5 LCSP - Al tratarse de un presupuesto base de licitación igual o superior a 500.000 €, IVA excluido, o de obras que afectan a la estabilidad, la seguridad y estanqueidad, y introducirse precios nuevos, que existe informe del oficina de Supervisión de Proyectos sobre la adecuación de los nuevos precios en el mercado, de acuerdo con el art. 102.3 de la LCSP.

 

    • 2.4.3 ACTUACIÓN: Revisión de precios (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.4 Art. 103 LCSP - Que se cumplen los requisitos recogidos en el artículo 103 de la LCSP.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.4 Art. 103 LCSP - Que la posibilidad de revisión no está expresamente excluida en el PCA ni en el contrato.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - DA3a.8 LCSP - Que existe informe de la Secretaría general.

 

    • 2.4.4 ACTUACIÓN: Certificaciones de obras (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.5 Art. 62 LCSP - Que existe certificación, autorizada por el facultativo  director de la obra  y con la conformidad de los servicios correspondientes del órgano gestor.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.5 Art. 240.2 LCSP - Al tratarse de anticipos previstos en el artículo 240.2 de la LCSP, que esta posibilidad está prevista en el PCAP y que se ha prestado la garantía exigida.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.5 Art. 103 y 105 LCSP - Al tratarse de abonos de certificación de obra  que  incluyen revisión de precios, que se cumplen los requisitos exigidos por el artículo 103 de la LCSP y que no está expresamente excluida la posibilidad de revisión en el PCAP ni en el contrato.

B.4 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.5 Art. 231.2 y 234.3 LCSP - Al tratase de la primera certificación en contratación conjunta de proyecto y obra, que existe proyecto informado por la Oficina de Supervisión de Proyectos, que el proyecto ha sido aprobado por el órgano de contratación y que existe acta de replanteo previa.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 37.2 LCSP - Al tratarse de la primera certificación, que existe contrato debidamente formalizado.

 

    • 2.4.5 ACTUACIÓN: Reconocimiento de la obligación por el IVA meritado en el pago de las certificaciones de obras (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.6 Art. 198.4 y 210 LCSP  RD- 1619/2012 L. 37/92 IVA - Que se aporta factura de la empresa adjudicataria, en los términos que prevé el RD-1619/2012, de 30 de noviembre, que aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevén otros extremos.

 

    • 2.4.6 ACTUACIÓN: Certificación final (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito  es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.7 Art. 62 y 243 LCSP - Que existe certificación final, autorizada por el facultativo director de la obra.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.7 Art. 235 y 242.5 LCSP - Al tratarse de un presupuesto base de licitación igual o superior a 500.000€, IVA excluido, o de obras que afectan a la estabilidad, la seguridad y estanqueidad, que existe  proyecto informado por la Oficina de Supervisión de Proyectos.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.7 Art. 235 LCSP - Al tratarse de un presupuesto base de licitación inferior a 500.000€, IVA excluido, que se incorpora al expediente pronunciamiento expreso de que las obras del proyecto no afectan a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra.

B.4 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.7 Art. 168 RLCAP Art. 246.1 LCSP - Que se acompaña acta de conformidad de la recepción de la obra o, en su caso, acta de comprobación a la cual se refiere el articulo 168 del RGLCAP o acta de comprobación y medición a la que  se refiere el artículo 246 de la LCSP.

B.5 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.7 Art. 103 y 105 LCSP - Al tratarse de abonos de certificación de obra  que  incluyen  revisión de precios, que se cumplen los requisitos exigidos por el artículo 103 de la LCSP y que no está expresamente excluida la posibilidad de revisión en el PCAP ni en el contrato.

B.6 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.7 Art. 198.4 y 210 LCSP RD- 1619/2012 L. 37/92 IVA - Que se aporta factura de la empresa adjudicataria, en los términos que prevé el RD-1619/2012, de 30 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROFArt. 243.1 LCSP - Que existe informe favorable y propuesta del servicio, para la aprobación de la certificación final de obra.

C.2 - Art. 19 y 20 RD- 424/2017 DA 3a LCSP - Que se ha realizado la intervención de la comprobación material de la inversión con resultado favorable, con o sin observaciones.

 

 

    • 2.4.7 ACTUACIÓN: Liquidación (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.8 Art. 243.3 LCSP - Que existe informe favorable del facultativo director de la obra.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.8 Art. 235 y 242.5 LCSP - Al tratarse de un presupuesto base de licitación igual o superior a 500.000€, IVA excluido, o de obras que afectan a la estabilidad, la seguridad y estanqueidad, que existe  proyecto informado por la Oficina de Supervisión de Proyectos.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.8 Art. 235 LCSP - Al tratarse de un presupuesto base de licitación inferior a 500.000€, IVA excluido, que se incorpora al expediente pronunciamiento expreso de que las obras del proyecto no afectan a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra.

B.4 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.8 Art. 198.4 y 210 LCSP RD- 1619/2012 L. 37/92 IVA - Que se aporta factura de la empresa adjudicataria, en los términos que prevé el RD-1619/2012, de 30 de noviembre, que aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 243.1 LCSP - Que se acredita que la certificación final de obra ha sido aprobada por el órgano de contratación.

 

    • 2.4.8 ACTUACIÓN: Pago de intereses de demora y de la indemnización  por los costes de cobro (faseADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2  - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma de aplicación e identifican el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.9 Art. 96.6.e) L.39/15 - Que existe informe de la Secretaría general.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.4.9        ACTUACIÓN:    Indemnización a favor del contratista (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.10 Art. 96.6.e) L.39/15 - Que existe informe de la Secretaría general.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.10 Art. 81.1 L.39/15 - Que existe informe técnico.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.10 Art. 191.3 LCSP - Al tratarse de un trámite del procedimiento que requiere el dictamen del Consejo de Estado u órgano equivalente de la CA, de acuerdo con el artículo 191 de la LCSP, que este dictamen consta en el expediente.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -  Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.4.10      ACTUACIÓN:    Resolución del contrato (fase ADO/O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.11 Art. 191.2 y DA3a.8 LCSP - Que existe informe de la Secretaría general.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.11 Art. 191.3 LCSP - Al tratarse de un trámite del procedimiento que requiere el dictamen del Consejo de Estado u órgano equivalente de la CA, de acuerdo con el artículo 191 de la LCSP, que este dictamen consta en el expediente.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1- Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.4.11      ACTUACIÓN:  Pago de primas o compensaciones a los participantes en el diálogo competitivo o a los candidatos o licitadores en el caso de renuncia a la celebración del contrato o desistimiento del procedimiento (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 9.1.12 Art. 152.3 y 173 LCSP - Que esta circunstancia está prevista en el pliego, anuncio o documento descriptivo.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

  • 2.5   EXPEDIENTE:  Expedientes de concesión de obras
    • 2.5.1        ACTUACIÓN:    Aprobación del gasto (fase RC/A)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.1.A) Art. 247 LCSP - Que existe estudio de viabilidad o, en su caso, estudio de viabilidad económica financiera.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.1.A) Art. 247.6 y 248 LCSP - Al tratarse de expedientes de concesión de obras públicas en los cuales proceda el anteproyecto de construcción y de explotación de la obra, que este consta en el expediente.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.1.A) Art. 235 LCSP - Al tratarse de un presupuesto base de licitación igual o superior a 500.000€, IVA excluido, o de obras que afectan a la estabilidad, la seguridad y estanqueidad, que existe  proyecto informado por la Oficina de Supervisión de Proyectos.

B.4 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.1.A) Art. 235 LCSP - Al tratarse de un presupuesto base de licitación inferior a 500.000€, IVA excluido, que se incorpora al expediente pronunciamiento expreso de que las obras del proyecto no afectan a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra.

B.5 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.1.A) Art. 122.7 y DA 3a.8 LCSP  Art. 67 RGLCAP - Que existe PCAP o, en su caso, documento descriptivo.

B.6 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.1.A) DA3a.8 LCSP - Que existe informe de la Secretaría general.

B.7 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.1.A) Art. 122.7 LCSP - Al tratarse de un modelo de PCA, que el contrato a suscribir es de naturaleza análoga al informado por la Secretaría general.

B.8 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.1.A) Art. 249.1, 231 y 236 LCSP Art. 138.2 RGLCAP - Que existe acta de replanteo previo.

B.9 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.1.A) Art. 145 y 146 LCSP - Al tratarse de PCAP o documento descriptivo que establece varios criterios de valoración, que estos están directamente vinculados con el objeto del contrato en base a la mejor relación calidad-precio.

B.10 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.1.A) Art. 145, 146 y 148 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza un único criterio de valoración, que este está relacionado con los costes, pudiendo ser el precio o un criterio basado en la rentabilidad, como el coste del ciclo de vida calculado de acuerdo con el artículo 148 de la LCSP.

B.11 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.1.A) Art. 157.2 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utilizan criterios que dependen de un juicio de valor, que el PCAP o el documento descriptivo prevé que la documentación relativa a estos criterios se presente en sobre independiente del resto de la proposición.

B.12 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.1.A) Art. 131.2, 166.3, 167 y 168  LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación, que concurren los supuestos previstos en la normativa contractual vigente para utilizar este tipo de procedimiento.

B.13 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.1.A) Art. 131.2, 167 y 172.3 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el diálogo competitivo como procedimiento de adjudicación, que se cumple alguno de los supuestos de aplicación del artículo 167 de la LCSP.

B.14 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.1.A) Art. 204.1 LCSP - Al preverse modificaciones en el PCAP, que estas no superen el 20%  del precio  inicial del contrato y que  la cláusula de modificación se formula de forma clara,  precisa e inequívoca, y con el detalle  suficiente, en los términos del artículo 204 de la LCSP.

B.15 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.1.A) Art. 143.3 LCSP  Al preverse la utilización de la subasta electrónica en el PCAP, que los criterios de adjudicación a qué hace referencia el procedimiento de subasta, se basan en modificaciones referidas al precio  o requisitos cuantificables y susceptibles de ser expresados en cifras o porcentajes.

B.16 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.1.A) Art. 29.6 LCSP - Que la duración del contrato prevista en el PCAP o en el documento descriptivo se ajusta a lo que prevé la normativa contractual vigente.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - DA 3a.3 LCSP  Art. 7.3 LO 2/2012 - Que en el expediente se valora la repercusión del contrato en el cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de la entidad, de acuerdo con el art. 7.3 de la LO 2/2012.

C.3 - Art. 249 LCSP - Al tratarse de un proyecto de obra elaborado por la Administración, que el proyecto ha sido aprobado por el órgano de contratación.

 

    • 2.5.2        ACTUACIÓN:    Adjudicación (sin fase presupuestaria/AD/D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL  Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.1.B.1) Art. 157.6 LCSP - Al proponerse una adjudicación que no se ajusta a la propuesta formulada por la Mesa de contratación, que existe decisión motivada del órgano competente para la adjudicación.

B.2  - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.1.B.1) Art. 149.4 LCSP - Al identificarse ofertas con valores anormales o desproporcionados, que  existe constancia de la solicitud de la información a los licitadores que presumiblemente se encuentran en esta situación y del informe del servicio técnico correspondiente.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.1.B.1) Art. 169.1, 169.6 y 170.1 LCSP  Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación, que existe constancia en el expediente de las invitaciones cursadas ,de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo aplicadas por el órgano de contratación, así como de las ventajas obtenidas en la negociación.

B.4  - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.1.B.1) Art. 167, 169.1, 169.6 y 170.1 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación y que se da alguno de los supuestos del artículo 167 de la LCSP, que se ha publicado el anuncio de licitación correspondiente.

B.5 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.1.B.1) Art. 102.7 LCSP - Al tratarse de un contrato con precios provisionales de acuerdo con el artículo 102.7 de la LCSP, que se detallan en el contrato los extremos previstos en las letras a), b) y c) del citado artículo.

B.6 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.1.B.1) Art. 107, 108 y 109 LCSP - Que se acredita la constitución de la garantía definitiva, salvo en los casos previstos en el artículo 107.1 de la LCSP.

B.7 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.1.B.1) Art. 71.1.d) LCSP  Que se acredita que el licitador que se propone como adjudicatario está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 176 TRLHL - Al tratarse de un contrato que no requiere formalización, que las anualidades inicialmente autorizadas se reajustan según la fecha de inicio de vigencia del contrato.

 

    • 2.5.3        ACTUACIÓN:    Formalización (fase AD/D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL  Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL  Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

 

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.1.B.2) Art. 39.2.e) LCSP - Que se acompaña certificado que  acredite la interposición o no de recurso especial en materia de contratación contra la adjudicación.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.1.B.2) Art. 39.2.e) y 49.1 LCSP - Al tratarse de un expediente en el que se ha interpuesto recurso/os, que se ha dictado resolución expresa del órgano competente, ya sea desestimándolos o acordando el levantamiento de la suspensión.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 176 TRLHL - Al tratarse de un contrato que no requiere formalización, que las anualidades inicialmente autorizadas se reajustan según la fecha de inicio de vigencia del contrato.

 

    • 2.5.4        ACTUACIÓN:    Modificados (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL  Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL  Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.2 Art. 204.1 LCSP - Al tratarse de modificaciones previstas en el PCAP, que  estas no superan el porcentaje máximo del precio del contrato, de acuerdo con el PCAP.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.2 Art. 205 LCSP - Al tratarse de modificaciones no previstas en el PCAP, que  se acompaña informe técnico justificativo  de los aspectos previstos en el artículo  205 de la LCSP.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.2 Art. 270.2 LCSP - Al tratase de modificados de contratos, que  se acompaña informe técnico justificativo que concurren las circunstancias previstas en el artículo 270.2 de la LCSP.

B.4 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.2 Art. 235 y 242.5 LCSP  Al tratarse de un presupuesto base de licitación igual o superior a 500.000€, IVA excluido, o de obras que afectan a la estabilidad, la seguridad y estanqueidad, que existe  proyecto informado por la Oficina de Supervisión de Proyectos.

B.5  - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.2 Art. 235 LCSP  Al tratarse de un presupuesto base de licitación inferior a 500.000€, IVA excluido, que se incorpora al expediente pronunciamiento expreso de que las obras del proyecto no afectan a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra.

B.6 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.2 Art. 231, 236 y 249.1 LCSP  Art. 138.2 RGLCAP - Que existe acta de replanteo previa.

B.7 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.2 Art. 191.2 y DA3a.8 LCSP - Que existe informe de la Secretaría general.

B.8 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.2 Art. 191.3.b) LCSP - Al tratarse de modificaciones no previstas en el PCAP y su cuantía, aislada o conjuntamente, sea  superior a un 20%  del precio  inicial del contrato, IVA excluido, y su precio sea igual o superior a 6.000.000€, que existe dictamen del Consejo de Estado o órgano equivalente de la CA.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.5.5        ACTUACIÓN:    Revisión de precios (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.3 Art. 103 LCSP - Que se cumplen los requisitos recogidos en el artículo 103 de la LCSP.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.3 Art. 103 LCSP - Que la posibilidad de revisión no está expresamente excluida en el PCA ni en el contrato.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - DA3a.8 LCSP - Que existe informe de la Secretaría general.

 

    • 2.5.6        ACTUACIÓN:    Abonos por aportaciones durante la construcción  (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL- Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6  - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.4.1 Art. 62 LCSP - Que existe  certificación, autorizada por el facultativo  director de la obra  y con la conformidad de los servicios correspondientes del órgano gestor.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.4.1 Art. 240.2 LCSP - Al tratarse de anticipos, previstos en el artículo 240.2 de la LCSP, que esta posibilidad está prevista en el PCAP y que se ha prestado la garantía exigida.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.4.1 Art. 103 y 105 LCSP - Al tratarse de abonos que incluyen revisión de precios, que se cumplen los requisitos exigidos en el artículo 103 de la LCSP y que no está expresamente excluida la posibilidad de revisión en el PCAP ni en el contrato.

B.4 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.4.1 Art. 62 LCSP  Art. 168 RGLCAP - Al tratarse de la certificación final, que  está autorizada por el facultativo director de la obra  y que  se acompaña de la acta de comprobación a la cual se refiere el artículo 168 del RGLCAP.

B.5    Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.4.1 Art. 235, 242.5 y 249 LCSP - Al tratarse de la certificación final y cuando la cuantía del contrato es igual o superior a 500.000€, IVA excluido, o de obras que afecten a la estabilidad, la seguridad y estanqueidad, que  hay informe de la Oficina de Supervisión de Proyectos.

B.6    Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.4.1 Art. 256 LCSP - Que se acompaña acta de comprobación de acueRD-o con el artículo 256 de la LCSP.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF- Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 252 LCSP- Al tratarse de un proyecto de obra elaborado por el adjudicatario, que el proyecto ha sido aprobado por el órgano de contratación.

C.3  - Art. 37.2 LCSP - Al tratarse de la primera certificación, que existe contrato debidamente formalizado.

 

    • 2.5.7        ACTUACIÓN:    Abonos por aportaciones al final de la construcción  o de la concesión (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017- Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD- 424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.4.2 Art. 256 LCSP- Al tratase de una construcción, que se acompaña acta de comprobación de acueRD-o con el artículo 256 de la LCSP.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.4.2 Art. 283 LCSP  Al tratarse de una concesión, que existe acta de recepción, exceptuando que los pliegos hayan previsto la demolición de la obra.

 

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 19 y 20 RD- 424/2017 DA 3a LCSP - Que se ha realizado la intervención de la comprobación material de la inversión con resultado favorable, con o sin observaciones.

 

    • 2.5.8        ACTUACIÓN:    Abonos en caso  que la financiación de la construcción  de la obra se realice a través de subvenciones o préstamos reintegrables, de acuerdo con el articulo 265 de la LCSP (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.4.3  - Sin requisitos básicos adicionales según el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1- Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.5.9        ACTUACIÓN:    Abono al concesionario de la retribución por la utilización de la obra (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1- Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP  - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL -  Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.5 Art. 103 y 105 LCSP - Al tratarse de abonos que incluyen revisión de precios, que se cumplen los requisitos exigidos en el artículo 103 de la LCSP y que no está expresamente excluida la posibilidad de revisión en el PCAP ni en el contrato.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.5 Art. 198.4 y 210 LCSP  Art. 1 RD- 1619/2012 L. 37/92 IVA - Que se aporta factura de la empresa adjudicataria, en los términos que prevé el RD- 1619/2012, de 30 de noviembre, que aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.5.10      ACTUACIÓN:    Pago de intereses de demora y de la indemnización  por los costes de cobro (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.6 Art. 96.6.e) L.39/15 - Que existe informe de la Secretaría general.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1- Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.5.11      ACTUACIÓN:    Indemnización a favor del contratista (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6  - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.7 Art. 96.6.e) L.39/15 - Que existe informe de la Secretaría general.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.7 Art. 81.1 L.39/15 - Que existe informe técnico.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.7 Art. 191.3 LCSP - Al tratarse de un trámite del procedimiento que requiere el dictamen del Consejo de Estado u órgano equivalente de la CA, de acuerdo con el artículo 191 de la LCSP, que este dictamen consta en el expediente.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.5.12      ACTUACIÓN:    Resolución del contrato (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017- Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD- 424/2017- Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD- 424/2017 ACM2008 13.8 Art. 191.2 y DA3a.8 LCSP - Que existe informe de la Secretaría general.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.8 Art. 191.3 LCSP - Al tratarse de un trámite del procedimiento que requiere el dictamen del Consejo de Estado u órgano equivalente de la CA, de acuerdo con el artículo 191 de la LCSP, que este dictamen consta en el expediente.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.5.13      ACTUACIÓN:    Pago de primas o compensaciones a los participantes en el diálogo competitivo o a los candidatos o licitadores en el caso de renuncia a la celebración del contrato o desistimiento del procedimiento (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017  Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017- Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6  - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.9 Art. 152.3 y 173 LCSP - Que esta circunstancia está prevista en el pliego, anuncio o documento descriptivo.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.5.14      ACTUACIÓN:    Pago al autor del estudio de viabilidad que no haya resultado adjudicatario de la correspondiente concesión (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 -Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017- Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6  - Art. 19.c) RD-424/2017 Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017  ACM2008 13.10 Art. 247.5 LCSP - Que el PCAP no prevé que el pago de la compensación sea realizada por el adjudicatario de la concesión.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 13.10 Art. 247.5 LCSP - Que se aportan los justificantes del gasto realizado.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

  • 2.6   EXPEDIENTE:  Expedientes de suministros  (suministros en general, los de adquisición de equipos y sistemas para el tratamiento de la información, y los contratos de suministros  de fabricación cuando el PCAP no determine  la aplicación directa del contrato  de obras,  y para las fases posteriores a la formalización en los contratos tramitados en el marco de un sistema  de racionalización técnica  de la contratación)
    • 2.6.1        ACTUACIÓN:    Aprobación del gasto (fase RC/A)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP  Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.1.A) Art. 67 RLCAP - Que existe PCAP o, en su caso, documento descriptivo.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.1.A) DA3a.8 LCSP - Que existe informe de la Secretaría general.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.1.A) Art. 124 LCSP - Que existe Pliego de prescripciones técnicas del suministro.

B.4 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.1.A) Art. 122.7 LCSP - Al tratarse de un modelo de PCA, que el contrato a suscribir es de naturaleza análoga al informado por la Secretaría general.

B.5 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.1.A) Art. 145 y 146 LCSP - Al tratarse de PCAP o documento descriptivo que establece varios criterios de valoración, que estos están directamente vinculados con el objeto del contrato en base a la mejor relación calidad-precio.

B.6 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.1.A) Art. 145, 146 y 148 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza un único criterio de valoración, que este está relacionado con los costes, pudiendo ser el precio o un criterio basado en la rentabilidad, como el coste del ciclo de vida calculado de acuerdo con el artículo 148 de la LCSP.

B.7 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.1.A) Art. 157.2 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utilizan criterios que dependen de un juicio de valor, que el PCAP o el documento descriptivo prevé que la documentación relativa a estos criterios se presente en sobre independiente del resto de la proposición.

B.8 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.1.A) Art. 131.2, 166.3, 167 y 168 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación, que concurren los supuestos previstos en la normativa contractual vigente para utilizar este tipo de procedimiento.

B.9 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.1.A) Art. 29 LCSP - Que la duración del contrato prevista en el PCAP o en el documento descriptivo se ajusta a lo que prevé la normativa contractual vigente.

B.10 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.1.A) Art. 131.2, 167 y 172.3 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el diálogo competitivo como procedimiento de adjudicación, que se cumple alguno de los supuestos de aplicación del artículo 167 de la LCSP.

B.11 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.1.A) Art. 204 LCSP - Al preverse modificaciones en el PCAP, que  estas no superen el 20%  del precio  ini- cial del contrato y que  la cláusula de modificación se formula de forma clara,  precisa e inequívoca, y con el detalle  suficiente, en los términos del artículo  204 de la LCSP.

B.12  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.1.A) Art. 143.3 LCSP - Al preverse la utilización de la subasta electrónica en el PCAP, que los criterios de adjudicación a qué hace referencia el procedimiento de subasta, se basan en modificaciones referidas al precio  o requisitos cuantificables y susceptibles de ser expresados en cifras o porcentajes.

 (C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175  ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - DA 3a.3 LCSP Art. 7.3 LO 2/2012 - Que en el expediente se valora la repercusión del contrato en el cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de la entidad, de acuerdo con el art. 7.3 de la LO 2/2012.

C.3 - Art. 159.1 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el procedimiento de adjudicación abierto simplificado, que concurren las condiciones previstas en el art. 159.1 de la LCSP (VEC igual o inferior a 100.000 euros y criterios sometidos a juicio de valor no superior al 25%).

C.4 - Art. 159.6 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el procedimiento de adjudicación abierto simplificado con la tramitación prevista en el art. 159.6 de la LCSP, que se cumplen los requisitos para su aplicación previstos en el mismo artículo. (VEC inferior a 35.000 euros)

 

    • 2.6.2        ACTUACIÓN:    Adjudicación (sin fase presupuestaria/AD/D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL  Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL  Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.1.B.1) Art. 157.6 LCSP - Al proponerse una adjudicación que no se ajusta a la propuesta formulada por la Mesa de contratación, que existe decisión motivada del órgano competente para la adjudicación.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.1.B.1) Art. 149.4 LCSP - Al identificarse ofertas con valores anormales o desproporcionados, que  existe constancia de la solicitud de la información a los licitadores que presumiblemente se encuentran en esta situación y del informe del servicio técnico correspondiente.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.1.B.1) Art. 167, 169.1, 170.1 y 169.6 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación, que existe constancia en el expediente de las invitaciones cursadas,de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo aplicadas por el órgano de contratación, así como de las ventajas obtenidas en la negociación.

B.4 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.1.B.1) Art. 167, 169.1, 169.6 y 170.1 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación y que se da alguno de los supuestos del artículo 167 de la LCSP, que se ha publicado el anuncio de licitación correspondiente.

B.5 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.1.B.1) Art. 102.7 LCSP - Al tratarse de un contrato con precios provisionales de acueRD-o con el artículo 102.7 de la LCSP, que se detallan en el contrato los extremos previstos en las letras a), b) y c) del citado artículo.

B.6 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.1.B.1) Art. 107, 108 y 109 LCSP - Que se acredita la constitución de la garantía definitiva, salvo en los casos previstos en el artículo 107.1 de la LCSP.

B.7 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.1.B.1) Art. 71.1.d) LCSP  Que se acredita que el licitador que se propone como adjudicatario está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

(C.   Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  - Art. 172 y 175 ROF  - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 176 TRLHL - Al tratarse de un contrato que no requiere formalización, que las anualidades inicialmente autorizadas se reajustan según la fecha de inicio de vigencia del contrato.

 

    • 2.6.3        ACTUACIÓN:    Formalización (fase AD/D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL  Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL  Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.1.B.2) Art. 39.2.e) LCSP - Que se acompaña certificado que  acredite la interposición o no de recurso especial en materia de contratación contra la adjudicación.

B.2  - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.1.B.2) Art. 39.2.e) y 49.1 LCSP - Al tratarse de un expediente en el que se ha interpuesto recurso/os, que se ha dictado resolución expresa del órgano competente, ya sea desestimándolos o acordando el levantamiento de la suspensión.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 176 TRLHL - Que las anualidades inicialmente autorizadas se reajustan según la fecha de inicio de vigencia del contrato.

 

    • 2.6.4        ACTUACIÓN:    Revisión de precios (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL  Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.2) Art. 103 LCSP -  Que se cumplen los requisitos recogidos en el artículo 103 de la LCSP.

B.2  - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.2) Art. 103 LCSP - Que la posibilidad de revisión no está expresamente excluida en el PCA ni en el contrato.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - DA3a.8 LCSP  - Que existe informe de la Secretaría general.

 

    • 2.6.5        ACTUACIÓN:    Modificación del contrato (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito  es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.3 Art. 204 LCSP - Al tratarse de modificaciones previstas en el PCAP, que  estas no superan el porcen- taje máximo del precio del contrato, de acueRD-o con el PCAP.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.3 Art. 205 LCSP - Al tratarse de modificaciones no previstas en el PCAP, que  se acompaña informe técnico justificativo  de los aspectos previstos en el artículo  205 de la LCSP.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.3 Art. 191.2 y DA 3a.8 LCSP - Que existe informe de la Secretaría general.

B.4 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.3 Art. 191.3.b) LCSP- Al tratarse de modificaciones no previstas en el PCAP y su cuantía, aislada o conjuntamente, sea  superior a un 20% del precio  inicial del contrato, IVA excluido, y su precio sea igual o superior a 6.000.000€, que existe dictamen del Consejo de Estado o órgano equivalente de la CA.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.6.6        ACTUACIÓN:    Abonos a cuenta (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito  es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.4 Art. 62.1 LCSP Art. 198.4 LCSP - Que existe la conformidad de los servicios competentes con el suministro realizado o fabricado.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.4 Art. 1 RD - 1619/2012 - Que se aporta factura de la empresa adjudicataria, en los términos que prevé el RD-1619/2012, de 30 de noviembre, que aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.4 Art. 103 LCSP - Al tratarse de abonos que incluyen revisión de precios, que se cumplen los requisitos exigidos en el artículo 103 de la LCSP y que no está expresamente excluida la posibilidad de revisión en el PCAP ni en el contrato.

B.4 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.4 Art. 198.3 LCSP Art. 201 RGLCAP - Al tratarse de anticipos previstos en el artículo 198 de la LCSP, que esta posibilidad se prevé en el PCAP y que se ha prestado la garantía exigida.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 37.2 LCSP - Al tratarse del primer pago, que existe contrato debidamente formalizado.

 

    • 2.6.7        ACTUACIÓN:    Prórroga del contrato (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito  es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP -  Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.5 Art. 29.2 LCSP  Art. 67.2 e) RGLCAP - Que la prórroga está prevista en el PCAP.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.5 Art. 29.4 LCSP - Que la duración del contrato prevista en el PCAP o en el documento descriptivo se ajusta a lo que prevé la normativa contractual vigente.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.5 Art. 191.2 y DA 3a.8 LCSP - Que existe informe de la Secretaría general.

(C. - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.6.8        ACTUACIÓN:    Liquidación (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1- Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Art. 116.3 LCSP  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito  es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.6 Art. 210 LCSP - Al tratarse de la recepción de suministro/s, que se acompaña acta de conformidad de la recepción.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.6 Art. 210 LCSP - Al tratarse de arrendamientos de bienes inmuebles, que  se acompaña certificado de conformidad con la prestación.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.6 Art. 1 RD- 1619/2012 - Que se aporta factura de la empresa adjudicataria, en los términos que prevé el RD-1619/2012, de 30 de noviembre, que aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación.

B.4 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.6 Art. 103 LCSP - Al tratarse de abonos que incluyen revisión de precios, que se cumplen los requisitos exigidos en el artículo 103 de la LCSP y que no está expresamente excluida la posibilidad de revisión en el PCAP ni en el contrato.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.6.9        ACTUACIÓN:    Pago de intereses de demora y de la indemnización para los costes de cobro (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito  es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.7 - Art. 96.6.e) L 39/2015  Que existe informe de la Secretaría general.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio  en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.6.10      ACTUACIÓN:    Indemnización a favor del contratista (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito  es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017ACM2008 10.1.8 Art. 96.6.e) L 39/2015 - Que existe informe de la Secretaría general.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.8 Art. 81.1 L 39/2015 - Que existe informe técnico.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.8 Art. 191.3 LCSP - Al tratarse de un trámite del procedimiento que requiere el dictamen del Consejo de Estado u órgano equivalente de la CA, de acuerdo con el artículo 191 de la LCSP, que este dictamen consta en el expediente.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF -  Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.6.11      ACTUACIÓN:    Resolución del contrato (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito  es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017  - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD-424/2017 -  Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.9 Art. 191.2 y DA 3a.8 LCSP - Que existe informe de la Secretaría general.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.9 Art. 191.3. LCSP - Al tratarse de un trámite del procedimiento que requiere el dictamen del Consejo de Estado u órgano equivalente de la CA, de acuerdo con el artículo 191 de la LCSP, que este dictamen consta en el expediente.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

 

    • 2.6.12      ACTUACIÓN:    Pago de primas o compensaciones a los participantes en el diálogo competitivo o a los candidatos o licitadores en el caso de renuncia a la celebración del contrato o desistimiento del procedimiento (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6  - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 10.1.10 Art. 152.3 LCSP - Que esta circunstancia está prevista en el pliego, anuncio o documento descriptivo.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

  • 2.7   EXPEDIENTE:  Expedientes de servicios (servicios en general y, para las fases  posteriores a la formalización en los contratos tramitados en el marco de un sistema  de racionalización técnica  de la contratación)
    • 2.7.1        ACTUACIÓN:    Aprobación del gasto (fase RC/A)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD- 424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD- 424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL  Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.1.A) Art. 67 RGLCAP - Que existe PCAP o, en su caso, documento descriptivo.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.1.A) DA3a.8 LCSP - Que existe informe de la Secretaría general.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.1.A) Art. 124 LCSP - Que existe Pliego de prescripciones técnicas del contrato.

B.4 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.1.A) Art. 99 LCSP - Que el objeto  del contrato está perfectamente definido,  permitiendo la comprobación del exacto cumplimiento de las obligaciones por parte del contratista.

B.5 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.1.A) Art. 122.7 LCSP - Al tratarse de un modelo de PCA, que el contrato a suscribir es de naturaleza análoga al informado por la Secretaría general.

B.6 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.1.A) Art. 145 y 146 LCSP - Al tratarse de PCAP o documento descriptivo que establece varios criterios de valoración, que estos están directamente vinculados con el objeto del contrato en base a la mejor relación calidad-precio.

B.7 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.1.A) Art. 145, 146 y 148 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza un único criterio de valoración, que este está relacionado con los costes, pudiendo ser el precio o un criterio basado en la rentabilidad, como el coste del ciclo de vida calculado de acuerdo con el artículo 148 de la LCSP.

B.8 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.1.A) Art. 157.2 LCSP-  Al tratarse de un expediente donde se utilizan criterios que dependen de un juicio de valor, que el PCAP o el documento descriptivo prevé que la documentación relativa a estos criterios se presente en sobre independiente del resto de la proposición.

B.9  - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.1.A) Art. 29 LCSP - Que la duración del contrato prevista en el PCAP o en el documento descriptivo se ajusta a lo que prevé la normativa contractual vigente.

B.10 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.1.A) Art. 131.2, 167 y 168 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación, que concurren los supuestos previstos en la normativa contractual vigente para utilizar este tipo de procedimiento.

B.11  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.1.A) Art. 131.2, 167 y 172.3 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el diálogo competitivo como procedimiento de adjudicación, que se cumple alguno de los supuestos de aplicación del artículo 167 de la LCSP.

B.12 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.1.A) Art. 204 LCSP - Al preverse modificaciones en el PCAP, que  estas no superen el 20%  del precio  ini- cial del contrato y que  la cláusula de modificación se formula de forma clara,  precisa e inequívoca, y con el detalle  suficiente, en los términos del artículo  204 de la LCSP.

B.13 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.1.A) Art. 143.3 LCSP - Al preverse la utilización de la subasta electrónica en el PCAP, que los criterios de adjudicación a qué hace referencia el procedimiento de subasta, se basan en modificaciones referidas al precio  o requisitos cuantificables y susceptibles de ser expresados en cifras o porcentajes.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - DA 3a.3 LCSP Art. 7.3 LO 2/2012 - Que en el expediente se valora la repercusión del contrato en el cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de la entidad, de acuerdo con el art. 7.3 de la LO 2/2012.

C.3 - Art. 159.1 LCSP -  Al tratarse de un expediente donde se utiliza el procedimiento de adjudicación abierto simplificado, que concurren las condiciones previstas en el art. 159.1 de la LCSP (VEC igual o inferior a 100.000 euros y criterios sometidos a juicio de valor no superior al 25%).

C.4 - Art. 159.6 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el procedimiento de adjudicación abierto simplificado con la tramitación prevista en el art. 159.6 de la LCSP, que se cumplen los requisitos para su aplicación previstos en el mismo artículo. (VEC inferior a 35.000 euros)

 

    • 2.7.2        ACTUACIÓN:    Adjudicación (sin fase presupuestaria/AD/D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.1.B.1) Art. 157.6 LCSP - Al proponerse una adjudicación que no se ajusta a la propuesta formulada por la Mesa de contratación, que existe decisión motivada del órgano competente para la adjudicación.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.1.B.1) Art. 149.4 LCSP - Al identificarse ofertas con valores anormales o desproporcionados, que  existe constancia de la solicitud de la información a los licitadores que presumiblemente se encuentran en esta situación y del informe del servicio técnico correspondiente.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.1.B.1) Art. 65.1 LCSP - Al tratarse de un expediente sin constitución de Mesa de contratación de acuerdo con lo previsto en la normativa, que  existe  conformidad de la clasificación concedida al contratista que se propone como adjudicatario con la que se exige en el PCAP.

B.4 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.1.B.1) Art. 169.6 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación, que existe constancia en el expediente de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo aplicadas por el órgano de contratación, así como de las ventajas obtenidas en la negociación.

B.5 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.1.B.1) Art. 167, 169.1, 169.6 y 170.1 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación y que se da alguno de los supuestos del artículo 167 de la LCSP, que se ha publicado el anuncio de licitación correspondiente.

B.6 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.1.B.1) Art. 102.7 LCSP - Al tratarse de un contrato con precios provisionales de acueRD-o con el artículo 102.7 de la LCSP, que se detallan en el contrato los extremos previstos en las letras a), b) y c) del citado artículo.

B.7 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.1.B.1) Art. 107, 108 y 109 LCSP - Que se acredita la constitución de la garantía definitiva, salvo en los casos previstos en el artículo 107.1 de la LCSP.

B.8    Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.1.B.1) Art. 71.1.d) LCSP  Que se acredita que el licitador que se propone como adjudicatario está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 176 TRLHL -  Al tratarse de un contrato que no requiere formalización, que las anualidades inicialmente autorizadas se reajustan según la fecha de inicio de vigencia del contrato.

 

    • 2.7.3        ACTUACIÓN:    Formalización (fase AD/D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.1.B.2) Art. 39.2.e) LCSP  - Que se acompaña certificado que  acredite la interposición o no de recurso especial en materia de contratación contra la adjudicación.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.1.B.2) Art. 39.2.e) y 49.1 LCSP - Al tratarse de un expediente en el que se ha interpuesto recurso/os, que se ha dictado resolución expresa del órgano competente, ya sea desestimándolos o acordando el levantamiento de la suspensión.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 176 TRLHL - Que las anualidades inicialmente autorizadas se reajustan según la fecha de inicio de vigencia del contrato.

 

    • 2.7.4        ACTUACIÓN:    Modificación del contrato (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP -  Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.2 Art. 204 LCSP - Al tratarse de modificaciones previstas en el PCAP, que  estas no superan el porcen- taje máximo del precio del contrato, de acuerdo con el PCAP.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.2 Art. 205 LCSP -  Al tratarse de modificaciones no previstas en el PCAP, que  se acompaña informe técnico justificativo de los aspectos previstos en el artículo  205 de la LCSP.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.2 Art. 191.2 y DA 3a.8 LCSP - Que existe informe de la Secretaría general.

B.4    Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.2 Art. 191.3.b) LCSP - Al tratarse de modificaciones no previstas en el PCAP y su cuantía, aislada o conjuntamente, sea  superior a un 20%  del precio  inicial del contrato, IVA excluido, y su precio sea igual o superior a 6.000.000€, que existe dictamen del Consejo de Estado o órgano equivalente de la CA.

(C. - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF -  Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

    • 2.7.5        ACTUACIÓN:    Revisión de precios (aprobación del gasto) (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.4 Art. 103 LCSP - Que se cumplen los requisitos recogidos en el artículo 103 de la LCSP.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.4 Art. 103 LCSP - Que la posibilidad de revisión no está expresamente excluida en el PCA ni en el contrato.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - DA3a.8 LCSP - Que existe informe de la Secretaría general.

 

    • 2.7.6        ACTUACIÓN:    Abonos a cuenta (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 -  Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustana la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD-424/2017 -  Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.5 Art. 62.1 LCSP Art. 198.4 LCSP - Que existe  certificación del órgano correspondiente valorando el trabajo parcialejecutado.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.5 Art. 1 RD- 1619/2012  Que se aporta factura de la empresa adjudicataria, en los términos que prevé el RD-1619/2012, de 30 de noviembre, que aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.5 Art. 103 LCSP - Al tratarse de abonos que incluyen revisión de precios, que se cumplen los requisitos exigidos en el artículo 103 de la LCSP y que no está expresamente excluida la posibilidad de revisión en el PCAP ni en el contrato.

B.4 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.5 Art. 201 LCSP - Al tratarse de anticipos previstos en el artículo 198 de la LCSP, que esta posibilidad se prevé en el PCAP y que se ha prestado la garantía exigida.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 37.2 LCSP - Al tratarse del primer pago, que existe contrato debidamente formalizado.

 

    • 2.7.7        ACTUACIÓN:    Prórroga de los contratos (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP    Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6    Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.6 Art. 29.2 LCSP Art. 67.2 e) RGLCAP - Que la prórroga está prevista en el PCAP.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.6 Art. 29.4 LCSP - Que no se superan los límites de duración previstos en el PCAP o en el documento descriptivo.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.6 Art. 191.2 y DA 3a.8 LCSP - Que existe informe de la Secretaría general.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.7.8        ACTUACIÓN:    Liquidación (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD- 424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustana la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017  ACM2008 11.1.7 Art. 210 LCSP - Que se acompaña acta de recepción o certificado donde consta la conformidad con los trabajos.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.7 Art. 1 RD-1619/2012 - Que se aporta factura de la empresa adjudicataria, en los términos que prevé el RD-1619/2012, de 30 de noviembre, que aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.7 Art. 103 LCSP - Al tratarse de abonos que incluyen revisión de precios, que se cumplen los requisitos exigidos en el artículo 103 de la LCSP y que no está expresamente excluida la posibilidad de revisión en el PCAP ni en el contrato.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1- Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.7.9        ACTUACIÓN:    Pago de intereses de demora y de la indemnización  por los costes de cobro (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.8 Art. 96.6.e) L 39/2015 - Que existe informe de la Secretaría general.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.7.10      ACTUACIÓN:    Indemnización a favor del contratista (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017-  Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustana la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otracausa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.9 Art. 96.6.e) L 39/2015 - Que existe informe de la Secretaría general.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.9 Art. 81.1 L 39/2015 - Que existe informe técnico.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.9 Art. 191.3 LCSP - Al tratarse de un trámite del procedimiento que requiere el dictamen del Consejo de Estado u órgano equivalente de la CA, de acueRD-o con el artículo 191 de la LCSP, que este dictamen consta en el expediente.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.7.11      ACTUACIÓN:    Resolución del contrato (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1    Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4    Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.10 Art. 191.2 y DA 3a.8 LCSP -  Que existe informe de la Secretaría general.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.10 Art. 191.3 LCSP - Al tratarse de un trámite del procedimiento que requiere el dictamen del Consejo de Estado u órgano equivalente de la CA, de acuerdo con el artículo 191 de la LCSP, que este dictamen consta en el expediente.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF  - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.7.12      ACTUACIÓN:    Pago de primas o compensaciones a los participantes en el diálogo competitivo o a los candidatos o licitadores en el caso de renuncia a la celebración del contrato o desistimiento del procedimiento (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 11.1.11 Art. 152.3 LCSP - Que esta circunstancia está prevista en el pliego, anuncio o documento descriptivo.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

  • 2.8   EXPEDIENTE:  Expedientes de concesión de servicio
    • 2.8.1        ACTUACIÓN:    Aprobación del gasto (fase RC/A)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2    DA 3a.3 LCSP  Art. 7.3 LO 2/2012 - Que en el expediente se valora la repercusión del contrato en el cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de la entidad, de acueRD-o con el art. 7.3 de la LO 2/2012.

C.3 - DA3a.8 LCSP  - Que existe informe de la Secretaría general.

C.4 - Art. 285.2 LCSP - Que existe estudio de viabilidad o, en su caso, estudio de viabilidad económica financiera.

C.5 - Art. 122.7 y DA3a.8 LCSP  Art. 67 RGLCAP - Que existe PCAP o, en su caso, documento descriptivo.

C.6 - Art. 122.7 LCSP - Al tratarse de un modelo de PCA, que el contrato a suscribir es de naturaleza análoga a lo que ha informado la Secretaría general.

C.7 - Art. 145 y 146 LCSP -  Al tratarse de PCAP o documento descriptivo establecido varios criterios de valoración, que éstos están directamente vinculados con el objeto del contrato en base a la mejor relación calidad-precio o coste-eficacia.

C.8 - Art. 157.2 LCSP  - Al tratarse de un expediente donde se utilizan criterios que dependen de un juicio de valor, que el PCAP o el documento descriptivo prevé que la documentación relativa a estos criterios se presente en sobre independiente del resto de la proposición.

C.9 - Art. 131.2, 166.3, 167 y 168  LCSP -  Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación, que se cumplen los supuestos previstos en la normativa contractual vigente para este tipo de procedimiento.

C.10 - Art. 131.2, 167 y 172.3 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el diálogo competitivo como procedimiento de adjudicación, que se cumple alguno de los supuestos de aplicación del artículo 167 de la LCSP.

C.11 - Art. 143.3 LCSP -   En preverse la utilización de la subasta electrónica en el PCAP, que los criterios de adjudicación a que se refiere el procedimiento de subasta, se basan en modificaciones referentes al precio o requisitos cuantificables y susceptibles de ser expresados en cifras o porcentajes.

 

    • 2.8.2        ACTUACIÓN:    Adjudicación (sin fase presupuestaria/AD/D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP -  Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP -  Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 -   Art. 176 TRLHL - Al tratarse de un contrato que no requiere formalización, que las anualidades inicialmente autorizadas se reajustan según la fecha de inicio de vigencia del contrato.

C.3  -  Art. 157.6 LCSP - En proponerse una adjudicación que no se ajusta a la propuesta formulada por la Mesa de contratación, que existe decisión motivada del órgano competente para la adjudicación.

C.4 -   Art. 149.4 LCSP -  En identificarse ofertas con valores anormales o desproporcionados, que existe constancia de la solicitud de la información a los licitadores que presumiblemente se encuentran en esta situación y del informe del servicio técnico correspondiente.

C.5 -   Art. 107, 108 y 109 LCSP -  Que se acredita la constitución de la garantía definitiva, excepto en los casos previstos en el artículo 107.1 de la LCSP.

C.6 -   Art. 71.1.d) LCSP - Que se acredita que el licitador que se propone como adjudicatario está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

 

    • 2.8.3        ACTUACIÓN:    Formalización (fase AD/D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP -  Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP -  Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF -  Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 176 TRLHL - Que las anualidades inicialmente autorizadas se reajustan según la fecha de inicio de vigencia del contrato.

C.3 - Art. 13.2.c) RD- 424/2017 - Art. 39.2.e) LCSP  Que se acompaña certificado que acredita la interposición o no de recurso especial en materia de contratación contra la adjudicación.

C.4 - Art. 13.2.c) RD- 424/2017 - Art. 39.2.e) y 49.1 LCSP Al tratarse de un expediente en el que se ha interpuesto recurso, que se ha dictado resolución expresa del órgano competente, ya sea desestimándose o acoRD-ando el levantamiento de la suspensión.

 

    • 2.8.4        ACTUACIÓN:    Modificados (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -  Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - DA3a.8 LCSP - Que existe informe de la Secretaria general.

C.3 - Art. 204.1 LCSP - Al tratarse de modificaciones previstas en el PCAP, que éstas no superan el porcentaje máximo del precio del contrato, de acuerdo con el PCAP.

C.4 - Art. 205 LCSP - Al tratarse de modificaciones no previstas en el PCAP, que se acompaña informe técnico justificativo de los aspectos previstos en el artículo 205 de la LCSP.

C.5 - Art. 290 LCSP - Al tener que mantener el equilibrio económico de la concesión de servicios, que se acompaña informe técnico justificativo que concurren las circunstancias previstas en el artículo 290 de la LCSP.

C.6 - Art. 191.3.b) LCSP - Al tratarse de modificaciones no previstas en el PCAP y su cuantía, aislada o conjuntamente, sea superior a un 20% del precio inicial del contrato, IVA excluido, y su precio sea igual o superior a 6.000.000 €, que existe dictamen del Consejo de Estado u órgano equivalente de la CA.

 

    • 2.8.5        ACTUACIÓN:    Revisión de precios (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP -  Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP -  Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -  Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - DA3a.8 LCSP - Que existe informe de la Secretaria general.

C.3 - Art. 103 LCSP - Que se cumplen los requisitos recogidos en el artículo 103 de la LCSP.

C.4 - Art. 103 LCSP - Que la posibilidad de revisión no está expresamente excluida en el PCA ni en el contrato.

 

    • 2.8.6        ACTUACIÓN:    Abonos por aportaciones (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  -  Art. 19.a) RD-424/2017- Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5-    Art. 19.b) RD-424/2017 -Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6  -  Art. 19.c) RD-424/2017- Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

 

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF  -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 -  Art. 37.2 LCSP -  Al tratarse del primer pago, que existe contrato debidamente formalizado.

 

    • 2.8.7        ACTUACIÓN:    Abonos en el caso  de que la financiación del servicio se realice a través de subven- ciones o préstamos reintegrables (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP  - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL  - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 -   Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 -   Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6  -  Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 -   Art. 37.2 LCSP -  Al tratarse del primer pago, que existe contrato debidamente formalizado.

 

    • 2.8.8        ACTUACIÓN:    Abonos al concesionario de la retribución por el servicio (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  -  Art. 19.a) RD-424/2017 -Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  -  Art. 19.b) RD-424/2017 -Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 -   Art. 19.c) RD-424/2017 -Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 -  Art. 37.2 LCSP  - Al tratarse del primer pago, que existe contrato debidamente formalizado.

 

    • 2.8.9        ACTUACIÓN:    Pago de intereses de demora y de la indemnización  por los costes de cobro (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3- Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 -  Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6  - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.8.10      ACTUACIÓN:    Indemnización a favor del contratista (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP   -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL -  Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 -   Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obliga- ción deban realizarse simultáneamente.

A.5  -  Art. 19.b) RD-424/2017- Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 -   Art. 19.c) RD-424/2017 -Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF  - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 -   DA3a.8 LCSP -  Que existe informe de la Secretaria general.

C.3 -   Art. 81.1 L 39/2015 -  Que existe informe técnico.

C.4 -   Art. 191.3 LCSP  -  Al tratarse de un trámite del procedimiento que requiere de dictamen del Consejo de Estado u órgano equivalente de la CA, de acuerdo con el artículo 191 de la LCSP, que este dictamen consta en el expediente.

 

    • 2.8.11      ACTUACIÓN:    Resolución del contrato (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL-  Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 -Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 -Art. 19.b) RD-424/2017 -Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6- Art. 19.c) RD-424/2017 -Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF -  Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 -   DA3a.8 LCSP -  Que existe informe de la Secretaria general.

 

    • 2.8.12      ACTUACIÓN:    Pago de primas o compensaciones a los participantes en el diálogo competitivo o a los candidatos o licitadores en el caso de renuncia a la celebración del contrato o desistimiento del procedimiento (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP  - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 -   Art. 19.a) RD-424/2017- Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  -  Art. 19.b) RD-424/2017 -Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 -   Art. 19.c) RD-424/2017 -Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.8.13      ACTUACIÓN:    Pago al autor del estudio de viabilidad que no haya resultado adjudicatario de la correspondiente concesión (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 -   Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL -  Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 -   Art. 19.a) RD-424/2017 Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  -  Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6   - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF  - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

  • 2.9   EXPEDIENTE:  Encargos de gestión regulados en la LCSP
    • 2.9.1        ACTUACIÓN:    Encargo (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 116.3 LCSP -   Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito  es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 15.2.1 Art. 32 LCSP - Que se prevé en los Estatutos o en la norma de creación de la entidad encomendada, la condición de medio propio instrumental con el contenido mínimo previsto en el artículo 32 de la LCSP.

B.2 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 15.2.1 DA3a.8 LCSP - Que existe informe de la Secretaría general.

B.3 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 15.2.1 Art. 231, 235 y 236 LCSP Art. 138.2 RGLCAP - Al tratarse de encargos de cuantía igual o superior a 500.000€, o de obras que afecten a la estabilidad, la seguridad y la estanqueidad, que existe proyecto de obras informado por la Oficina de Supervisión de Proyectos y acta de replanteo previo.

B.4  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 15.2.1 Art. 235 LCSP - Al tratarse de encargos de cuantía inferior a 500.000€, que se incorpora al expe- diente pronunciamiento expreso de que las obras del proyecto no afectan a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra.

B.5 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 15.2.1 Art. 10 L.26/2010 (CAT) Art. 124 LCSP - Que se incorporan los documentos técnicos donde se definen  las actuaciones a realizar así como el correspondiente presupuesto.

 

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.9.2        ACTUACIÓN:    Modificaciones del encargo  (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito  es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL-  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4   - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5   - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP -  Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 15.2.2 DA3a.8 LCSP - Que existe informe de la Secretaría general.

B.2  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 15.2.2 Art. 231, 235, 236 y 242.5 LCSP Art. 138.2 RGLCAP -  Al tratarse de encargos de cuantía igual o superior a 500.000€, o de obras que afecten a la estabilidad, la seguridad y la estanqueidad, que existe proyecto de obras informado por la Oficina de Supervisión de Proyectos y acta de replanteo previo.

B.3  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 15.2.2 Art. 235 LCSP - Al tratarse de encargos de cuantía inferior a 500.000€, que se incorpora al expediente pronunciamiento expreso de que las obras del proyecto no afectan a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra.

B.4 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 15.2.2 Art. 10 L.26/2010 (CAT) Art. 124 LCSP - Que se incorporan los documentos técnicos donde se definen  las actuaciones a realizar así como el correspondiente presupuesto.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.9.3        ACTUACIÓN:    Abonos durante la ejecución de los trabajos (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1    Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP- Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito  es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL  -Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  - Art. 19.a) RD-424/2017-  Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 -  Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 15.2.3 Acuerdo encargo - Que existe  certificación o documento acreditativo de la realización de los trabajos y su correspondiente valoración.

B.2  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 15.2.3 Acuerdo encargo - Al tratarse de pagos anticipados, que se ha prestado la garantía exigida.

B.3  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 15.2.3 RD- 1619/2012  L. 37/92 IVA  - Que se aporta factura de la empresa adjudicataria, en los términos que prevé el RD- 1619/2012, de 30 de noviembre, que aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1- Art. 172 y 175 ROF  - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.9.4        ACTUACIÓN:    Liquidación (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP  -   Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito  es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  -  Art. 19.a) RD-424/2017- Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  -  Art. 19.b) RD-424/2017 -Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 -   Art. 19.c) RD-424/2017 -Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 15.2.4 Art. 210 LCSP -  Que se acompaña certificación o acta de conformidad de las obras, bienes o servi- cios.

B.2 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 15.2.4 Art. 235 y 242.5 LCSP - Al tratarse de encargos de cuantía igual o superior a 500.000€, o de obras que afecten la estabilidad, la seguridad y la estanqueidad, que existe proyecto de obra informado por la Oficina de Supervisión de Proyectos.

B.3 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 15.2.4 RD- 1619/2012 L. 37/92 IVA - Que se aporta factura de la empresa adjudicataria, en los términos que prevé el RD-1619/2012, de 30 de noviembre, que aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF  -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

  • 2.10   EXPEDIENTE:        Adquisición de bienes inmuebles
    • 2.10.1      ACTUACIÓN:    Aprobación del gasto (fase A)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL-  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4   - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL -   Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL -   Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 -   Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 30.2 D 336/1988 RPEL (CAT) DA 2a.10 LCSP  -  Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 -   Art. 13.2.c) RD- 424/2017 ACM2008 17.1.A.2) y 17.4.A) Art. 30.1.a) D 336/1988 RPEL (CAT) Art. 11 RD- 1372/1986 RBEL Art. 116.3 LCSP - Al tratarse de una adquisición por procedimiento abierto, que existe pliego de condiciones.

B.2 -   Art. 13.2.c) RD- 424/2017 ACM2008 17.1.A.2) y 17.4.A) Art. 30.1.a) D 336/1988 RPEL (CAT) Art. 11 RD- 1372/1986 RBEL DA 3a.8 LCSP - Que existe informe de la Secretaría general sobre los aspectos jurídicos de la contratación.

B.3 -   Art. 13.2.c) RD- 424/2017 ACM2008 17.1.A.2) y 17.4.A) Art. 30.1 b) D 336/1988 RPEL (CAT) Art. 11 RD- 1372/1986 RBEL - Que existe informe de valoración pericial previa.

 

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF -  Que existe informe favorable del responsable del servicio de Patrimonio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.10.2      ACTUACIÓN:    Compromiso del gasto (fase AD/D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2   - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3   - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL  - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL -Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 30.2 D 336/1988 RPEL (CAT) DA 2a.10 LCSP  - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 -   Art. 13.2.c) RD- 424/2017 ACM2008 17.1.B.1) y 17.4.B) Art. 30.1.a) D 336/1988 RPEL (CAT) Art. 11 RD- 1372/1986 RBEL DA 3a.8 LCSP   - Que existe informe de la Secretaría general sobre la propuesta de adjudicación.

B.2 -   Art. 13.2.c) RD- 424/2017 ACM2008 17.1.B.1) y 17.4.B) Art. 30.1.a) D 336/1988 RPEL (CAT) Art. 116.4 L 33/2003 PAP (supl) Art. 27.1.d) RD-1373/2009 RLPAP (supl)  -  Al tratarse de una adquisición directa del bien, que concurren las circunstancias previstas en la normativa y que existe oferta de venta con expresión del precio, el plazo de vigencia de la oferta y de las condiciones del contrato.

B.3  - Art. 13.2.c) RD- 424/2017 ACM2008 17.1.B.1) y 17.4.B) Art. 157.6 LCSP - Al tratarse de una adquisición por procedimiento abierto, que existe decisión motivada del órgano competente para la adjudicación cuando no se adjudique el contrato de acueRD-o con la propuesta formulada por la Mesa.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Patrimonio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 -   Art. 30.1.a) D 336/1988 RPEL (CAT) -Art. 206 DL 2/2003 TRLMRLC (CAT) - Al tratarse de una adquisición directa de un bien por importe superior a 100.000 euros, que existe informe del Departamento de Gobernación de la Generalidad de Cataluña.

 

  • 2.11   EXPEDIENTE:        Arrendamiento de bienes  inmuebles,  ya sea  tramitado como expediente independiente o en expediente de alienación del inmueble en que simultáneamente se acuerde el arrendamiento
    • 2.11.1      ACTUACIÓN:    Propuesta de arrendamiento (fase A)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1   - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL-  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito  es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL-  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL -Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL-Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6   - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 30.2 D 336/1988 RPEL (CAT) DA 2a.10 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 17.3.1.1) y 17.5.1.1) Art. 124.2 L 33/2003 PAP (supl) -  Que existe informe técnico que recoge el correspondiente estudio de mercado.

B.2  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 17.3.1.1) y 17.5.1.1) Art. 124.1 L 33/2003 PAP (supl) Art. 116.3 LCSP -   Al tratarse de un arrendamiento por procedimiento abierto, que existe pliego de condiciones.

B.3  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 17.3.1.1) y 17.5.1.1) Art. 124.2 L 33/2003 PAP (supl) DA 3a.8 LCSP - Que existe informe de la Secretaría general sobre los aspectos jurídicos de la con- tratación.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Patrimonio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.11.2      ACTUACIÓN:    AcueRD-o de concertación del arrendamiento (fase AD/D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito  es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL-  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL-  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL- Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 30.2 D 336/1988 RPEL (CAT) DA 2a.10 LCSP  - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 17.3.1.2) y 17.5.1.2) Art. 124.2 L 33/2003 PAP (supl) DA 3a.8 LCSP  - Que existe informe de la Secretaría general sobre los aspectos jurídicos de la propuesta.

B.2 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 17.3.1.2) y 17.5.1.2) Art. 124.1 L 33/2003 PAP (supl) - Al tratarse de concierto directo de arrendamiento, que concurren las circunstancias previstas en la normativa.

B.3 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 17.3.1.2) y 17.5.1.2) Art. 157.6 LCSP   - Al tratarse de una adquisición por procedimiento abierto, que existe decisión motivada del órgano competente para la adjudicación cuando no se adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada por la Mesa.

 

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF  - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Patrimonio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.11.3      ACTUACIÓN:    Prórroga y novación (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL- Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 -   Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 30.2 D 336/1988 RPEL (CAT) DA 2a.10 LCSP  - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 17.3.2 y 17.5.2 Art. 124.2 L 33/2003 PAP (supl) -Que, en su caso, existe informe técnico que recoge el correspondiente estudio de mercado.

B.2 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 17.3.2 y 17.5.2 Art. 124.2 L 33/2003 PAP (supl) DA 3a.8 LCSP -  Que, en su caso, existe informe de la Secretaría general sobre los aspectos jurídicos de la propuesta.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF  - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Patrimonio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.11.4      ACTUACIÓN:    Reconocimiento de la obligación (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 -   Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  -  Art. 19.a) RD-424/2017 -Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 -   Art. 19.b) RD-424/2017- Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6  -  Art. 19.c) RD-424/2017 -Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 17.3.3 y 17.5.3 Art. 210 LCSP- Que existe la conformidad de los servicios competentes con la prestación realizada.

B.2   - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 17.3.3 y 17.5.3 Art. 1 RD- 1619/2012  - Que se aporta factura de la empresa adjudicataria, en los términos que prevé el RD-1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevén otros extremos.

 

  • 2.12  EXPEDIENTE:        Permuta de bienes
    • 2.12.1      ACTUACIÓN:    Aprobación y compromiso de la permuta (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL-  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL -Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL- Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 -   Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL DA 2a.10 LCSP -Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Patrimonio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.12.2      ACTUACIÓN:    Reconocimiento de la obligación (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1   -Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de HaciendasLocales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 -   Art. 13.2.b) RD- 424/2017 Art. 185 TRLHL  - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  - Art. 19.a) RD-424/2017 -  Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  - Art. 19.b) RD-424/2017  - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 -Art. 19.c) RD-424/2017-   Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1    Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Patrimonio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.13 EXPEDIENTE: Contratación de seguros

2.13.1      ACTUACIÓN:    Aprobación del gasto (fase A)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL  - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL -  Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 -   Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL DA 2a.10 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1-    Art. 172 y 175 ROF -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.13.2      ACTUACIÓN:    Compromiso del gasto (fase D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL   -Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL -Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL DA 2a.10 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF  - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.13.3      ACTUACIÓN:    Reconocimiento de la obligación (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 -   Art. 19.a) RD-424/2017 -  Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  -  Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 -   Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevén otros extremos.

 

  • 2.14 EXPEDIENTE: Contratación de plan de pensiones
    • 2.14.1      ACTUACIÓN:    Aprobación del gasto (fase A)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL-  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL  -Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL DA 2a.10 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.14.2      ACTUACIÓN:    Compromiso del gasto (fase D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL-  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3   - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL DA 2a.10 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

 

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.14.3      ACTUACIÓN:    Reconocimiento de la obligación (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL  - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente. 

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017  - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otracausa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD-424/2017 -  Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

 

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF  - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

  • 2.15 EXPEDIENTE:  Contratos de acceso a bases de datos y de suscripción a publicaciones,  tramitados de acueRD-o con la DA 9ª de la LCSP
    • 2.15.1      ACTUACIÓN:    Aprobación y compromiso del gasto (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2-   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL-   Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL -Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL DA 2a.10 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -  Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.15.2      ACTUACIÓN:    Reconocimiento de la obligación (fase ADO/O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 -   Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  -  Art. 19.a) RD-424/2017 -Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  -  Art. 19.b) RD-424/2017- Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 -   Art. 19.c) RD-424/2017 -Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

 

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevén otros extremos.

 

  • 2.16 EXPEDIENTE: Contratación de creación  e interpretación  artística y literaria y con- tratos privados de espectáculos
    • 2.16.1      ACTUACIÓN:    Aprobación del gasto (fase A)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP  Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP  Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 Art. 67 RGLCAP - Que existe PCAP o, en su caso, documento descriptivo.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 DA3a.8 LCSP - Que existe informe de la Secretaría general.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 Art. 124 LCSP - Que existe Pliego de prescripciones técnicas del contrato.

B.4 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 Art. 99 LCSP - Que el objeto  del contrato está perfectamente definido,  permitiendo la comprobación del exacto cumplimiento de las obligaciones por parte del contratista.

B.5 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 Art. 122.7 LCSP - Al tratarse de un modelo de PCA, que el contrato a suscribir es de naturaleza análoga al que ha informado la Secretaría general.

B.6 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 Art. 145 y 146 LCSP - Al tratarse de PCAP o documento descriptivo que establece varios criterios de valoración, que estos están directamente vinculados con el objeto del contrato en base a la mejor relación calidad-precio.

B.7 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 Art. 145, 146 y 148 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza un único criterio de valoración, que este está relacionado con los costes, pudiendo ser el precio o un criterio basado en la rentabilidad, como el coste del ciclo de vida calculado de acuerdo con el artículo 148 de la LCSP.

B.8 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 Art. 157.2 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utilizan criterios que dependen de un juicio de valores, que el PCAP o el documento descriptivo prevé que la documentación relativa a estos criterios se presente en sobre independiente del resto de proposición.

B.9 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 Art. 29 LCSP - Que la duración del contrato prevista en el PCAP o en el documento descriptivo se ajusta a lo que prevé la normativa contractual vigente.

B.10 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 Art. 131.2, 167 y 168 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación, que se cumplen los supuestos previstos en la normativa contractual vigente para este tipo de procedimiento.

B.11 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 Art. 131.2, 167 y 172.3 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el diálogo competitivo como procedimiento de adjudicación, que se cumple alguno de los supuestos de aplicación del artículo 167 de la LCSP.

B.12 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 Art. 204 LCSP - Al preverse modificaciones en el PCAP, que estas no superan el 20%  del precio  inicial del contrato y que  la cláusula de modificación se formula de forma clara, precisa e inequívoca, y con el detalle  suficiente, en los términos del artículo  204 de la LCSP.

B.13 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 Art. 143.3 LCSP - Al preverse la utilización de la subasta electrónica en el PCAP, que los criterios de adjudicación a que hace referencia el procedimiento de subasta, se basan en modificaciones referentes al precio  o a requisitos cuantificables y susceptibles de ser expresados en cifras o porcentajes.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - DA 3ª.3 LCSP  Art. 7.3 LO 2/2012 - Que en el expediente se valora la repercusión del contrato en el cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de la entidad, de acuerdo con el art. 7.3 de la LO 2/2012.

C.3 - Art. 159.1 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el procedimiento de adjudicación abierto simplificado, que concurren las condiciones previstas en el art. 159.1 de la LCSP (VEC igual o inferior a 100.000 euros y criterios sometidos a juicio de valor no superior al 25%).

C.4 - Art. 159.6 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el procedimiento de adjudicación abierto simplificado con la tramitación prevista en el art. 159.6 de la LCSP, que se cumplen los requisitos para su aplicación previstos en el mismo artículo. (VEC inferior a 35.000 euros)

 

    • 2.16.2      ACTUACIÓN:    Adjudicación (sin fase presupuestaria/AD/D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL  -Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP  Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 Art. 157.6 LCSP - Al proponerse una adjudicación que no se ajusta a la propuesta formulada por la Mesa de contratación, que existe decisión motivada del órgano competente para la adjudicación.

B.2 -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 Art. 149.4 LCSP- Al identificarse ofertas con valores anormales o desproporcionados, que  existe constancia de la solicitud de la información a los licitadores que presumiblemente se encuentran en esta situación y del informe del servicio técnico correspondiente.

B.3  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 Art. 65.1 LCSP- Al tratarse de un expediente sin constitución de Mesa de contratación de acueRD-o con lo previsto en la normativa, que  existe  conformidad de la clasificación concedida al contratista que se propone como adjudicatario con la que se exige en el PCAP.

B.4  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 Art. 169.6 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación, que existe constancia en el expediente de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo aplicadas por el órgano de contratación, así como de las ventajas obtenidas en la negociación.

B.5 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 Art. 167, 169.1, 169.6 y 170.1 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación y que se da alguno de los supuestos del artículo 167 de la LCSP, que se ha publicado el anuncio de licitación correspondiente.

B.6 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 Art. 102.7 LCSP - Al tratarse de un contrato con precios provisionales de acueRD-o con el artículo 102.7 de la LCSP, que se detallan en el contrato los extremos previstos en las letras a), b) y c) del citado artículo.

B.7 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 Art. 107, 108 y 109 LCSP -  Que se acredita la constitución de la garantía definitiva, excepto en los casos pre- vistos en el artículo 107.1 de la LCSP.

B.8 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 Art. 71.1.d) LCSP   Que se acredita que el licitador que se propone como adjudicatario está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1-    Art. 172 y 175 ROF  -  Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2  -  Art. 176 TRLHL  -  Al tratarse de un contrato que no requiere formalización, que las anualidades inicialmente autorizadas se reajustan según la fecha de inicio de vigencia del contrato.

 

    • 2.16.3      ACTUACIÓN:    Formalización (fase AD/D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 Art. 39.2.e) LCSP - Que se acompaña certificado que acredite la interposición o no de recurso especial en materia de contratación contra la adjudicación.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 Art. 39.2.e) y 49.1 LCSP - Al tratarse de un expediente en el que se ha interpuesto recurso/os, que se ha dictado resolución expresa del órgano competente, ya sea desestimándolos o acoRD-ando el levantamiento de la suspensión.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 176 TRLHL - Que las anualidades inicialmente autorizadas se reajustan según la fecha de inicio de vigencia del contrato.

 

    • 2.16.4      ACTUACIÓN:    Modificación del contrato (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el corres- pondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de HaciendasLocales).

A.2   - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP  - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD- 424/2017Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP  - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP  - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 -  Art. 13.2.c) RD- 424/2017 ACM2008 14.1 Art. 204 LCSP   -  Al tratarse de modificaciones previstas en el PCAP, que  estas no superan el porcen- taje máximo del precio del contrato, de acueRD-o con el PCAP.

B.2 - Art. 13.2.c) RD- 424/2017 ACM2008 14.1 Art. 205 LCSP - Al tratarse de modificaciones no previstas en el PCAP, que  se acompaña informe técnico justificativo  de los aspectos previstos en el artículo  205 de la LCSP.

B.3 - Art. 13.2.c) RD- 424/2017 ACM2008 14.1 - Art. 191.2 y DA 3a.8 LCSP  - Que existe informe de la Secretaría general.

B.4    Art. 13.2.c) RD- 424/2017 ACM2008 14.1 Art. 191.3.b) LCSP -  Al tratarse de modificaciones no previstas en el PCAP y su cuantía, aislada o conjuntamente, sea  superior a un 20%  del precio  inicial del contrato, IVA excluido, y su precio sea igual o superior a 6.000.000€, que existe dictamen del Consejo de Estado u órgano equivalente de la CA.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -  Art. 172 y 175 ROF  -  Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.16.5      ACTUACIÓN:    Revisión de precios (aprobación del gasto) (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 Art. 103 LCSP - Que se cumplen los requisitos recogidos en el artículo 103 de la LCSP.

B.2 -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 Art. 103 LCSP - Que la posibilidad de revisión no está expresamente excluida en el PCA ni en el contrato.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -  Art. 172 y 175 ROF  -   Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - DA3a.8 LCSP   - Que existe informe de la Secretaria General

 

    • 2.16.6      ACTUACIÓN:    Abonos a cuenta (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6  - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

 

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.2 Art. 62.1 LCSP Art. 198.4 LCSP - Que existe  certificación del órgano correspondiente valorando el trabajo parcial ejecutado.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.2 Art. 1 RD- 1619/2012  - Que se aporta factura de la empresa adjudicataria, en los términos que prevé el RD-1619/2012, de 30 de noviembre, que aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.2 Art. 103 LCSP - Al tratarse de abonos que incluyen revisión de precios, que se cumplen los requisitos exigidos en el artículo 103 de la LCSP y que no está expresamente excluida la posibilidad de revisión en el PCAP ni en el contrato.

B.4  - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.2 Art. 201 LCSP - Al tratarse de anticipos previstos en el artículo 198 de la LCSP, que esta posibilidad se prevé en el PCAP y que se ha prestado la garantía exigida.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 37.2 LCSP -  Al tratarse del primer pago, que existe contrato debidamente formalizado.

 

    • 2.16.7      ACTUACIÓN:    Prórroga de los contratos (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP  -  Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 Art. 29.2 LCSP Art. 67.2 e) RGLCAP - Que la prórroga está prevista en el PCAP.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 Art. 29.4 LCSP - Que no se superan los límites de duración previstos en el PCAP o en el documento descriptivo.

B.3  - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.1 Art. 191.2 y DA 3a.8 LCSP - Que existe informe de la Secretaría general.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF -  Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.16.8      ACTUACIÓN:    Liquidación (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  -  Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 -  Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6  -  Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.2 Art. 210 LCSP - Que se acompaña acta de recepción o certificado donde consta la conformidad con los trabajos.

B.2  - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.2 Art. 1 RD- 1619/2012 - Que se aporta factura de la empresa adjudicataria, en los términos que prevé el RD-1619/2012, de 30 de noviembre, que aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017ACM2008 14.2 Art. 103 LCSP - Al tratarse de abonos que incluyen revisión de precios, que se cumplen los requisi- tos exigidos en el artículo 103 de la LCSP y que no está expresamente excluida la posibilidad de revisión en el PCAP ni en el contrato.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.16.9      ACTUACIÓN:    Pago de intereses de demora y de la indemnización  por los costes de cobro (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  -  Art. 19.a) RD-424/2017 -  Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6  -  Art. 19.c) RD-424/2017  - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.2 Art. 96.6.e) L 39/2015 - Que existe informe de la Secretaría general.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio..

 

    • 2.16.10    ACTUACIÓN:    Indemnización a favor del contratista (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  -  Art. 19.a) RD-424/2017 -  Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  -  Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6  -  Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.2 Art. 96.6.e) L 39/2015 - Que existe informe de la Secretaría general.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.2 Art. 81.1 L 39/2015  -Que existe informe técnico.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.2 Art. 191.3 LCSP - Al tratarse de un trámite del procedimiento que requiere el dictamen del Consejo de Estado u órgano equivalente de la CA, de acueRD-o con el artículo 191 de la LCSP, que este dictamen consta en el expediente.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio..

 

    • 2.16.11    ACTUACIÓN:    Resolución del contrato de servicios (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP   -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  -   Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  -  Art. 19.a) RD-424/2017 Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.2 Art. 191.2 y DA 3a.8 LCSP - Que existe informe de la Secretaría general.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.2 Art. 191.3 LCSP -  Al tratarse de un trámite del procedimiento que requiere el dictamen del Consejo de Estado u órgano equivalente de la CA, de acueRD-o con el artículo 191 de la LCSP, que este dictamen consta en el expediente.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.16.12    ACTUACIÓN:    Pago de primas o compensaciones a los participantes en el diálogo competitivo o a los candidatos o licitadores en el caso de renuncia a la celebración del contrato o desistimiento del procedimiento (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP  -   Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  - Art. 19.a) RD-424/2017 -  Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  - Art. 19.b) RD-424/2017 -  Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 14.2 Art. 152.3 LCSP - Que esta circunstancia está prevista en el pliego, anuncio o documento descriptivo.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

  • 2.17 EXPEDIENTE:  Reclamaciones que se formulan ante la administración, en concepto de indemnización por daños y perjuicios, por responsabilidad patrimonial
    • 2.17.1      ACTUACIÓN:    Expediente de autorización, disposición y reconocimiento de la obligación (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL-  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6 - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 6.1 Art. 81.2 L 39/15  - Al tratarse de reclamaciones de responsabilidad patrimonial de importe igual o superior a 50.000€, que existe dictamen del Consejo de Estado u órgano equivalente de la CA.

B.2 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 6.1 Art. 81.1 L 39/15 - Que existe informe del servicio, el funcionamiento del cual haya ocasionado presun- tamente una lesión indemnizable.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 96.4 L 39/2015 - Que existe valoración económica del daño causado.

 

    • 2.17.2      ACTUACIÓN:    Ejecución de sentencias (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 -   Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  -  Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  -  Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6  - Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

  • 2.18   EXPEDIENTE:        Expedientes de actos resolutorios de recursos administrativos con contenido económico
    • 2.18.1      ACTUACIÓN:    Acta de resolución del recurso (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL  - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  -  Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  -  Art. 19.b) RD-424/2017 -  Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6  -  Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -  Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio..

C.2  -  Art. 3 RD- 128/2018  - Que existe informe de la Secretaría general (excepto cuando se interpone por infracción de ordenanzas fiscales, normativa de tráfico o seguridad vial, o contra actos tributarios)

 

  • 2.19   EXPEDIENTE:        Gastos, las fases A y D de los cuales no están  sujetas  a fiscalización previa, de acueRD-o con el artículo 17 del RD- 424/2017
    • 2.19.1      ACTUACIÓN:    Reconocimiento de la obligación (ADO/O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP  -   Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL   - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4   - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  -  Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6  -  Art. 19.c) RD-424/2017 - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevén otros extremos.

 

  • 2.20   EXPEDIENTE:        Contratos tramitados en el marco de un sistema de racionalización técnica  de la contratación (hasta la fase de adjudicación/formalización)
    • 2.20.1      ACTUACIÓN:    Inicio de licitación de obra (sin fase presupuestaria)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  ACM2008 12 SIN EXTREMOS A COMPROBAR

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 235 LCSP - Al tratarse de un presupuesto base de licitación igual o superior a 500.000€, IVA excluido, o de obras que afectan a la estabilidad, la seguridad y estanqueidad, que existe  proyecto informado por la Oficina de Supervisión de Proyectos.

B.2  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 235 LCSP - Al tratarse de un presupuesto base de licitación inferior a 500.000€, IVA excluido, que se incorpora al expediente pronunciamiento exprés que las obras del proyecto no afectan a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra.

B.3  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 67 RGLCAP  -   Que existe PCAP o, en su caso, documento descriptivo.

B.4  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 DA3a.8 LCSP  - Que existe informe de la Secretaría general.

B.5  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 122.7 LCSP    -  Al tratarse de un modelo de PCA, que el contrato a suscribir es de naturaleza análoga al informado por la Secretaría general.

B.6 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 231 y 236 LCSP Art. 138.2 RGLCAP - Que existe acta de replanteo previo.

B.7  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 145 y 146 LCSP - Al tratarse de PCAP o documento descriptivo que establece varios criterios de valoración, que estos están directamente vinculados con el objeto del contrato en base a la mejor relación calidad-precio.

B.8 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 145, 146 y 148 LCSP -  Al tratarse de un expediente donde se utiliza un único criterio de valoración, que este está relacionado con los costes, pudiendo ser el precio o un criterio basado en la rentabilidad, como el coste del ciclo de vida calculado de acueRD-o con el artículo 148 de la LCSP.

B.9  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 157.2 LCSP  - Al tratarse de un expediente donde se utilizan criterios que dependen de un juicio de valor, que el PCAP o el documento descriptivo prevé que la documentación relativa a estos criterios se presente en sobre independiente del resto de la proposición.

B.10 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 131.2, 166.3, 167 y 168  LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación, que concurren los supuestos previstos en la normativa contractual vigente para utilizar este tipo de procedimiento.

B.11 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 131.2, 167 y 172.3 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el diálogo competitivo como procedi- miento de adjudicación, que se cumple alguno de los supuestos de aplicación del artículo 167 de la LCSP.

B.12 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 204 LCSP -  Al preverse modificaciones en el PCAP, que  estas no superen el 20%  del precio  ini- cial del contrato y que  la cláusula de modificación se formula de forma clara,  precisa e inequívoca, y con el detalle  suficiente, en los términos del artículo  204 de la LCSP.

B.13 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 143.3 LCSP - Al preverse la utilización de la subasta electrónica en el PCAP, que los criterios de adjudicación a que hace referencia el procedimiento de subasta, se basan en modificaciones referidas al precio  o requisitos cuantificables y susceptibles de ser expresados en cifras o porcentajes.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -  Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - DA 3ª.3 LCSP Art. 7.3 LO 2/2012 - Que en el expediente se valora la repercusión del contrato en el cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de la entidad, de acueRD-o con el art. 7.3 de la LO 2/2012.

C.3 - Art. 231.1 LCSP - Que el proyecto ha sido aprobado por el órgano de contratación

C.4 -   Art. 159.1 LCSP  -  Al tratarse de un expediente donde se utiliza el procedimiento de adjudicación abierto simplificado, que concurren las condiciones previstas en el art. 159.1 de la LCSP (VEC igual o inferior a 2 M. Euros y criterios sometidos a juicio de valor no superior al 25%).

C.5  -  Art. 159.6 LCSP  -  Al tratarse de un expediente donde se utiliza el procedimiento de adjudicación abierto simplificado con la tramitación prevista en el art. 159.6 de la LCSP, que se cumplen los requisitos para su aplicación previstos en el mismo artículo. (VEC inferior a 80.000 euros.).

 

    • 2.20.2      ACTUACIÓN:    Inicio de licitación de suministro  (sin fase presupuestaria)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  ACM2008 12  - SIN EXTREMOS A COMPROBAR

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 67 RLCAP -  Que existe PCAP o, en su caso, documento descriptivo.

B.2  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 DA3a.8 LCSP  -  Que existe informe de la Secretaría general.

B.3   - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 124 LCSP  - Que existe Pliego de prescripciones técnicas del suministro.

B.4  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 122.7 LCSP  -  Al tratarse de un modelo de PCA, que el contrato a suscribir es de naturaleza análoga al informado por la Secretaría general.

B.5 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 145 y 146 LCSP - Al tratarse de PCAP o documento descriptivo que establece varios criterios de valoración, que estos están directamente vinculados con el objeto del contrato en base a la mejor relación calidad-precio.

B.6  - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12  Art. 145, 146 y 148 LCSP  - Al tratarse de un expediente donde se utiliza un único criterio de valoración, que este está relacionado con los costes, pudiendo ser el precio o un criterio basado en la rentabilidad, como el coste del ciclo de vida calculado de acuerdo con el artículo 148 de la LCSP.

B.7  - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 157.2 LCSP -  Al tratarse de un expediente donde se utilizan criterios que dependen de un juicio de valor, que el PCAP o el documento descriptivo prevé que la documentación relativa a estos criterios se presente en sobre independiente del resto de la proposición.

B.8 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 131.2, 166.3, 167 y 168 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación, que concurren los supuestos previstos en la normativa contractual vigente para utilizar este tipo de procedimiento.

B.9 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 29 LCSP  -  Que la duración del contrato prevista en el PCAP o el documento descriptivo se ajusta a lo que prevé la normativa contractual vigente.

B.10 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 131.2, 167 y 172.3 LCSP -  Al tratarse de un expediente donde se utiliza el diálogo competitivo como procedi- miento de adjudicación, que se cumple alguno de los supuestos de aplicación del artículo 167 de la LCSP.

B.11 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 204 LCSP -  Al preverse modificaciones en el PCAP, que  estas no superen el 20%  del precio  ini- cial del contrato y que  la cláusula de modificación se formula de forma clara,  precisa e inequívoca, y con el detalle  suficiente, en los términos del artículo  204 de la LCSP.

B.12 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 143.3 LCSP  -   Al preverse la utilización de la subasta electrónica en el PCAP, que los criterios de adjudicación a que hace referencia el procedimiento de subasta, se basan en modificaciones referidas al precio  o requisitos cuantificables y susceptibles de ser expresados en cifras o porcentajes.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF  - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - DA 3ª.3 LCSP Art. 7.3 LO 2/2012 - Que en el expediente se valora la repercusión del contrato en el cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de la entidad, de acueRD-o con el art. 7.3 de la LO 2/2012.

C.3  -  Art. 159.1 LCSP  -  Al tratarse de un expediente donde se utiliza el procedimiento de adjudicación abierto simplificado, que concurren las condiciones previstas en el art. 159.1 de la LCSP (VEC igual o inferior a 100.000 euros y criterios sometidos a juicio de valor no superior al 25%).

C.4 -   Art. 159.6 LCSP  -  Al tratarse de un expediente donde se utiliza el procedimiento de adjudicación abierto simplificado con la tramitación prevista en el art. 159.6 de la LCSP, que se cumplen los requisitos para su aplicación previstos en el mismo artículo. (VEC inferior a 35.000 euros)

 

    • 2.20.3      ACTUACIÓN:    Inicio de licitación de servicio (sin fase presupuestaria)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  ACM2008 12  -  SIN EXTREMOS A COMPROBAR

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 67 RGLCAP -  Que existe PCAP o, en su caso, documento descriptivo.

B.2  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 DA3a.8 LCSP   -  Que existe informe de la Secretaría general.

B.3   - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 124 LCSP -  Que existe Pliego de prescripciones técnicas del contrato.

B.4  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 99 LCSP   -  Que el objeto  del contrato está perfectamente definido,  permitiendo la comproba- ción del exacto cumplimiento de las obligaciones por parte del contratista.

B.5  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 122.7 LCSP -  Al tratarse de un modelo de PCA, que el contrato a suscribir es de naturaleza análoga al informado por la Secretaría general.

B.6 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 145 y 146 LCSP  - Al tratarse de PCAP o documento descriptivo que establece varios criterios de valoración, que estos están directamente vinculados con el objeto del contrato en base a la mejor relación calidad-precio.

B.7 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 145, 146 y 148 LCSP -  Al tratarse de un expediente donde se utiliza un único criterio de valoración, que este está relacionado con los costes, pudiendo ser el precio o un criterio basado en la rentabilidad, como el coste del ciclo de vida calculado de acueRD-o con el artículo 148 de la LCSP.

B.8 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 157.2 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utilizan criterios que dependen de un juicio de valor, que el PCAP o el documento descriptivo prevé que la documentación rela- tiva a estos criterios se presente en sobre independiente del resto de la proposición.

B.9 -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 29 LCSP - Que la duración del contrato prevista en el PCAP o el documento descriptivo se ajusta a lo que prevé la normativa contractual vigente.

B.10 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 131.2, 167 y 168 LCSP -  Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación, que concurren los supuestos previstos en la normativa contractual vigente para utilizar este tipo de procedimiento.

B.11 -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 131.2, 167 y 172.3 LCSP -  Al tratarse de un expediente donde se utiliza el diálogo competitivo como procedi- miento de adjudicación, que se cumple alguno de los supuestos de aplicación del artículo 167 de la LCSP.

B.12 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 204 LCSP  - Al preverse modificaciones en el PCAP, que  estas no superen el 20%  del precio  ini- cial del contrato y que  la cláusula de modificación se formula de forma clara,  precisa e inequívoca, y con el detalle  suficiente, en los términos del artículo  204 de la LCSP.

B.13 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 143.3 LCSP  -  Al preverse la utilización de la subasta electrónica en el PCAP, que los criterios de adjudicación a que hace referencia el procedimiento de subasta, se basan en modificaciones referidas al precio  o requisitos cuantificables y susceptibles de ser expresados en cifras o porcentajes.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - DA 3ª.3 LCSP  Art. 7.3 LO 2/2012 - Que en el expediente se valora la repercusión del contrato en el cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de la entidad, de acueRD-o con el art. 7.3 de la LO 2/2012.

C.3 - Art. 159.1 LCSP -  Al tratarse de un expediente donde se utiliza el procedimiento de adjudicación abierto simplificado, que concurren las condiciones previstas en el art. 159.1 de la LCSP (VEC igual o inferior a 100.000 euros y criterios sometidos a juicio de valor no superior al 25%).

C.4 - Art. 159.6 LCSP - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el procedimiento de adjudicación abierto simplificado con la tramitación prevista en el art. 159.6 de la LCSP, que se cumplen los requisitos para su aplicación previstos en el mismo artículo. (VEC inferior a 35.000 euros)

 

    • 2.20.4      ACTUACIÓN:    Adjudicación del acueRD-o  marco (sin fase presupuestaria)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  ACM2008 12 - SIN EXTREMOS A COMPROBAR

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 157.6 LCSP -  Al proponerse una adjudicación que no se ajusta a la propuesta formulada por la Mesa de contratación, que existe decisión motivada del órgano competente para la adjudicación.

B.2  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 149.4 LCSP -  Al identificarse ofertas con valores anormales o desproporcionados, que  existe constancia de la solicitud de la información a los licitadores que presumiblemente se encuentran en esta situación y del informe del servicio técnico correspondiente.

B.3  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 65.1 LCSP -  Al tratarse de un expediente sin constitución de Mesa de contratación de acueRD-o con lo previsto en la normativa, que  existe  conformidad de la clasificación concedida al contratista que se propone como adjudicatario con la que se exige en el PCAP.

B.4  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 169.6 LCSP -  Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación, que existe constancia en el expediente de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo aplicadas por el órgano de contratación, así como de las ventajas obtenidas en la negociación.

B.5  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 169.1 y 170.1 LCSP -  Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación y que se da alguno de los supuestos del artículo 167 de la LCSP, que se ha publicado el anuncio de licitación correspondiente.

B.6   - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 102.7 LCSP  - Al tratarse de un contrato con precios provisionales de acuerdo con el artículo 102.7 de la LCSP, que se detallan en el contrato los extremos previstos en las letras a), b) y c) del citado artículo.

B.7  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 71.1.d) LCSP  - Que se acredita que el licitador que se propone como adjudicatario está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF  - Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.20.5      ACTUACIÓN:    Formalización del acueRD-o marco (sin fase presupuestaria)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - ACM2008 12   - SIN EXTREMOS A COMPROBAR

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 39.2.e) LCSP  - Que se acompaña certificado que  acredite la interposición o no de recurso especial en materia de contratación contra la adjudicación.

B.2  - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 39.2.e) y 49.1 LCSP -  Al tratarse de un expediente en el que se ha interpuesto recurso/os, que se ha dictado resolución expresa del órgano competente, ya sea desestimándolos o acordando el levantamiento de la suspensión.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -  Art. 172 y 175 ROF -  Que existe informe favorable del responsable del servicio de Contratación en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.20.6      ACTUACIÓN:    Adjudicación de un contrato basado en un acueRD-o  marco (fase AD)

A.1  - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP  -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP -  Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP -  Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6   -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP  -  Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 107, 108 y 109 LCSP  - Que se acredita la constitución de la garantía definitiva, excepto en aquellos casos previstos en el artículo 107.1 de la LCSP.

B.2  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 71.1.d) LCSP -  Que se acredita que el licitador que se propone como adjudicatario está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

B.3  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 221.6 LCSP -  Al haberse adjudicado el acuerdo marco a más de un empresario y no establecerse en el acuerdo todos los elementos del contrato, que se ha solicitado oferta escrita a todos los empresarios, o en su caso, a un mínimo de 3.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF  -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.20.7      ACTUACIÓN:    Adjudicación a través de sistemas  dinámicos de contratación (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP   -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP  -  Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 225.2 LCSP  -  Que, en su caso, se haya  publicado el anuncio a que  se refiere el artículo  225.2  de la LCSP.

B.2  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 226.2 LCSP - Que se ha invitado a todos los empresarios admitidos en el sistema.

B.3  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 157.6 LCSP -  Al proponerse una adjudicación que no se ajusta a la propuesta formulada por la Mesa de contratación, que existe decisión motivada del órgano competente para la adjudicación.

B.4  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 149.4 LCSP -  Al identificarse ofertas con valores anormales o desproporcionados, que  existe constancia de la solicitud de la información a los licitadores que presumiblemente se encuentran en esta situación y del informe del servicio técnico correspondiente.

B.5   -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 65.1 LCSP  - Al tratarse de un expediente sin constitución de Mesa de contratación de acueRD-o con lo previsto en la normativa, que  existe  conformidad de la clasificación concedida al contratista que se propone como adjudicatario con la que se exige en el PCAP.

B.6  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 169.6 LCSP  -  Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación, que existe constancia en el expediente de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo aplicadas por el órgano de contratación, así como de las ventajas obtenidas en la negociación.

B.7  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 169.1 y 170.1 LCSP  - Al tratarse de un expediente donde se utiliza el negociado como procedimiento de adjudicación y que se da alguno de los supuestos del artículo 167 de la LCSP, que se ha publicado el anuncio de licitación correspondiente.

B.8  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 102.7 LCSP -  Al tratarse de un contrato con precios provisionales de acueRD-o con el artículo 102.7 de la LCSP, que se detallan en el contrato los extremos previstos en las letras a), b) y c) del citado artículo.

B.9 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 12 Art. 71.1.d) LCSP  - Que se acredita que el licitador que se propone como adjudicatario está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

 

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF   - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

  • 2.21    EXPEDIENTE:       Otros expedientes de contratación, contratos patrimoniales y priva-dos, y responsabilidad patrimonial
    • 2.21.1      ACTUACIÓN:    Aprobación del gasto (fase A)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP -  Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP -  Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP -  Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF   -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.21.2      ACTUACIÓN:    Compromiso del gasto (fase AD/D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 116.3 LCSP -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito  es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5   - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 117.2 LCSP  - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye en el PCAP la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6   - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 117.1 LCSP  - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

 

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF  -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 2.21.3      ACTUACIÓN:    Reconocimiento de la obligación (fase ADO/O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito  es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2  - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017    -  Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  -  Art. 19.b) RD-424/2017  - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

A.6  -  Art. 19.c) RD-424/2017  - Al tratarse de gastos susceptibles de comprobación material de la inversión, que se ha comprobado la efectiva o conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto, y que se ha realizado esta comprobación.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

 

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF  -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

 

3      ÁREA:      ÁREA DE SUBVENCIONES Y TRANSFERENCIAS, Y CONVENIOS DE COLABORACIÓN sujetos a la Ley 40/2015

  • 3.1   EXPEDIENTE:  Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva
    • 3.1.1        ACTUACIÓN:    Aprobación del gasto - Convocatoria (fase A)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1   - Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS   -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS  -   Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS  -   Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 -   Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 18.1.A) Art. 17 LGS - Que existen y están aprobadas las bases reguladoras de la subvención, y que han sido publicadas en el Boletín oficial de la provincia.

B.2  - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 18.1.A) Art. 23.2.b) LGS Art. 58 RLGS -  Que en la convocatoria figuran los créditos presupuestarios a los cuales se imputa la subvención y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas, así como, en su caso, el establecimiento de una cuantía adicional máxima, en aplicación del articulo 58 del RGLS.

B.3 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 18.1.A) Art. 23.2.I) LGS Art. 60 RLGS  - Que en la convocatoria figuran los criterios  de valoración de las solicitudes, y que estos son conformes con los establecidos en las correspondientes bases reguladoras.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art.172 y 175 ROF  - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio

C.2 - Art. 58.2.b) RLGS - Al tratarse de una convocatoria que prevé la posibilidad de ser ampliada, que esta ampliación se condiciona a la disponibilidad de crédito.

 

    • 3.1.2        ACTUACIÓN:    Ampliación y/o distribución del crédito (fase A)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1   - Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  Art. 9 LGS  -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS  - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS  -  Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS  -  Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 18.1.A) Art. 58 RLGS  -  Al tratarse de expedientes de aprobación del gasto por la cuantía adicional del articulo 58 del RLGS, que no se supera el importe establecido en la convocatoria una vez obtenida la financiación adicional.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art.172 y 175 ROF  -   Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio

C.2 -   Art. 58.4 RLGS   -  Al tratarse de una redistribución de crédito, que en la convocatoria se ha previsto la posibilidad de distribución de la cantidad máxima entre los diferentes créditos presupuestarios.

 

    • 3.1.3        ACTUACIÓN:    Compromiso del gasto (fase D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS  -   Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS  -   Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 -   Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS  - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 18.1.B) Art. 24.4 LGS  - Que existe informe del órgano colegiado correspondiente sobre la evaluación de las solicitudes.

B.2  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 18.1.B) Art. 24.4 LGS   -  Que existe informe del órgano instructor en el que conste, que de acueRD-o con la información de la cual dispone, los beneficiarios cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a las subvenciones.

B.3  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 18.1.B) Art. 24.4 LGS  -   Que la propuesta de resolución del procedimiento expresa el solicitante o la relación de solicitantes a los que se va a conceder la subvención y su cuantía.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art.172 y 175 ROF   -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio

C.2  -  Art. 20.8 a) LGS  -  Que el extracto de la convocatoria ha sido publicado a través de la BDNS

 

    • 3.1.4        ACTUACIÓN:    Reconocimiento de la obligación (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS   -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL    -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS  -  Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  -  Art. 19.a) RD-424/2017  -  Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  -  Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1    Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 18.1.C) Arts. 17.1.j) y k) y 34.4 LGS Arts. 42, 43 y 88.2 RLGS   Al tratarse de subvenciones que  la normativa reguladora prevé  que  los beneficiarios deben aportar garantías, que se acredita la existencia de dichas garantías.

B.2  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 18.1.C) Art. 17.1.k) y 34.4 LGS Art. 88.2, 42 y 43 RLGS  -  Al tratarse de pagos a cuenta, que se prevén en la normativa reguladora de la subvención.

B.3  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 18.1.C) Arts. 13 y 23 LGS Arts. del 18 al 23 RLGS  -  Que se acredita, en la forma establecida en la normativa reguladora de la subvención, que  el beneficiario está al corriente de les obligaciones tributarias y frente  a la Seguridad Social, y no es deudor por resolución de procedencia de reintegro.

B.4  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 18.1.C) Art. 88.3 RLGS -  Que se acompaña certificación expedida por el órgano encargado del seguimiento de la subvención, de acueRD-o con el artículo 88.3 del RLGS.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art.172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio

C.2  -  Art.17.3 k) y 34.4 LGS Art.88.2 RGLS  -   Al tratarse de un pago anticipado, que está previsto en la normativa reguladora, en su caso.

 

  • 3.2   EXPEDIENTE:  Subvenciones de concesión directa
    • 3.2.1          ACTUACIÓN:  Aprobación y compromiso del gasto (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS  -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL  -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS   -  Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS   -  Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS  -  Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 18.2.A) Art. 22.2 LGS  -   Que la concesión directa de la subvención se ampara en alguno de los supuestos que, según la normativa vigente, se habilitan para utilizar este procedimiento.

B.2  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 18.2.A) Art. 13 y 23.4 LGS Arts. 18, 19, 22, 23 y 24 a 29 RLGS  -  Que se acredita, en la forma establecida en la normativa reguladora de la subvención, que  el beneficiario está al corriente de las obligaciones tributarias y ante  la Seguridad Social, y que no está incurso en las prohibiciones para obtener dicha condición, previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF  -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 3.2.2        ACTUACIÓN:    Reconocimiento de la obligación (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS   -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS  - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  -  Art. 19.a) RD-424/2017  -  Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  -  Art. 19.b) RD-424/2017  - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 18.2.B) Arts. 17.1.j) y k) y 34.4 LGS Arts. 42, 43 y 88.2 RLGS   Al tratarse de subvenciones que  la normativa reguladora prevé  que  los beneficiarios deben aportar garantías, que se acredita la existencia de dichas garantías.

B.2  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 18.2.B) Art. 17.1.k) y 34.4 LGS Art. 88.2, 42 y 43 RLGS -  Al tratarse de pagos a cuenta, que se prevén en la normativa reguladora de la subvención.

B.3  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 18.2.B) Arts. 13 y 23 LGS Arts. del 18 al 23 RLGS  -  Que se acredita, en la forma establecida en la normativa reguladora de la subvención, que  el beneficiario está al corriente de les obligaciones tributarias y frente  a la Seguridad Social, y no es deudor por resolución de procedencia de reintegro.

B.4  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 18.2.B) Art. 88.3 RLGS  -  Que se acompaña certificación expedida por el órgano encargado del seguimiento de la subvención, de acueRD-o con el artículo 88.3 del RLGS.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art.172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio

C.2  -  Art.17.3 k) y 34.4 LGS Art.88.2 RGLS  -  Al tratarse de un pago anticipado, que está previsto en la normativa reguladora, en su caso.

 

  • 3.3   EXPEDIENTE:  Subvenciones nominativas
    • 3.3.1          ACTUACIÓN:  Aprobación y compromiso del gasto (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS  -   Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL   -   Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS  -   Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS  -   Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 -   Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS  - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 18.2.A) Art. 22.2 LGS -  Que la concesión directa de la subvención se ampara en alguno de los supuestos que, según la normativa vigente, se habilitan para utilizar este procedimiento.

B.2 -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 18.2.A) Art. 13 y 23.4 LGS Arts. 18, 19, 22, 23 y 24 a 29 RLGS  -  Que se acredita, en la forma establecida en la normativa reguladora de la subvención, que  el beneficiario está al corriente de las obligaciones tributarias y ante  la Seguridad Social, y que no está incurso en las prohibiciones para obtener dicha condición, previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS.

 

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art.172 y 175 ROF  -   Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio

C.2  -  Art.47.5 LGP 47/2003 (supl)  -  Que se acredita que la subvención nominativa no tiene carácter plurianual, de acueRD-o con lo establecido en el art. 47.5 de la LGP 47/2003.

 

    • 3.3.2        ACTUACIÓN:    Reconocimiento de la obligación (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS  - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -   Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS  -  Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  -  Art. 19.a) RD-424/2017 -   Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  -  Art. 19.b) RD-424/2017   -  Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 18.2.B) Arts. 17.1.j) y k) y 34.4 LGS Arts. 42, 43 y 88.2 RLGS -  Al tratarse de subvenciones que  la normativa reguladora prevé  que  los beneficiarios deben aportar garantías, que se acredita la existencia de dichas garantías.

B.2  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 18.2.B) Art. 17.1.k) y 34.4 LGS Art. 88.2, 42 y 43 RLGS  - Al tratarse de pagos a cuenta, que se prevén en la normativa reguladora de la subvención.

B.3  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 18.2.B) Arts. 13 y 23 LGS Arts. del 18 al 23 RLGS  - Que se acredita, en la forma establecida en la normativa reguladora de la subvención, que  el beneficiario está al corriente de les obligaciones tributarias y frente  a la Seguridad Social, y no es deudor por resolución de procedencia de reintegro.

B.4  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 18.2.B) Art. 88.3 RLGS  -  Que se acompaña certificación expedida por el órgano encargado del seguimiento de la subvención, de acueRD-o con el artículo 88.3 del RLGS.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art.172 y 175 ROF   -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio

C.2 -   Art.17.3 k) y 34.4 LGS Art.88.2 RGLS   -  Al tratarse de un pago anticipado, que está previsto en la normativa reguladora, en su caso.

 

  • 3.4   EXPEDIENTE:  Expedientes de convenios suscritos con entidades colaboradoras en el marco de la LGS
    • 3.4.1        ACTUACIÓN:    Aprobación de convenios con entidades colaboradoras (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 -   Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS  -   Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL   -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL  -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS   -  Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS  -   Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS  -   Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 20.1) Art. 47 L 40/15  -    Que el objeto del convenio a celebrar con la entidad colaboradora no está comprendido en los contratos regulados por la Ley de Contratos del Sector Público.

B.2  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 20.1) Art. 13 LGS Que se acredita, en la forma establecida en la normativa reguladora de la subven- ción, que  el beneficiario está al corriente de las obligaciones tributarias y ante  la Seguridad Social, y que no está incurso en las prohibiciones para obtener dicha condición, previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS.

B.3  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 20.1) Art. 50.2.a) L 40/15  - Que existe informe de la Secretaría general o del servicio jurídico de la Corporación.

B.4  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 20.1) Art. 16.2 LGS  - Que el convenio no tiene una duración superior a la legalmente prevista.

B.5  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 20.1) Art. 16.2 LGS -  Al tratarse de convenios que prevén la posibilidad de prórroga, que esta no supera el plazo legalmente establecido.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF  -   Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

 

    • 3.4.2        ACTUACIÓN:    Prórroga y modificaciones de los convenios (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS  -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL  -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS  -  Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS -  Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS -  Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 20.2) Art. 49.g) L 40/15  - Que está prevista en el convenio.

B.2 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 20.2) Art. 50.2.a) L 40/15  - Que existe informe de la Secretaría general o del servicio jurídico de la Corporación.

B.3   - Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 20.2) Art. 13.3.c) LGS -  Que no se superen los límites de duración previstos en el convenio.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF  -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 3.4.3        ACTUACIÓN:    Reconocimiento de la obligación (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL   Art. 9 LGS  - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS  - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  -  Art. 19.a) RD-424/2017  -  Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  -  Art. 19.b) RD-424/2017 -  Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 20.3) Art. 16.2.d) LGS -  Al tratarse de subvenciones que  la normativa reguladora prevé  que  los beneficiarios deben aportar garantías, que se acredita la existencia de dichas garantías.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF   - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

  • 3.5   EXPEDIENTE:  Otros expedientes de subvenciones y ayudas públicas a las cuales no es aplicable la LGS
    • 3.5.1        ACTUACIÓN:    Aprobación del gasto (fase A)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS  -  Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS -  Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS  -  Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 19.1) Art. 17 LGS -  Al tratarse de concurrencia competitiva, que existen y están aprobadas las bases reguladoras de la subvención, y que  han sido publicadas en el Boletín oficial de la provincia.

B.2  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 19.1) Art. 23.2.b) LGS Art. 58 RLGS -  Al tratarse de concurrencia competitiva, que  en la convocatoria figuran los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención, y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas, así como, en su caso, el establecimiento de una cuantía adicional máxima, en aplicación del articulo 58 del RLGS.

B.3  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 19.1) Art. 23.2.I) LGS Art. 60 RLGS  - Al tratarse de concurrencia competitiva, que  en la convocatoria figuran los criterios de valoración de las solicitudes, y que estos se corresponden con los que se establecen en las correspondientes bases reguladoras.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 3.5.2        ACTUACIÓN:    Compromiso del gasto (fase D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS  - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS  - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS  - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 19.1) Art. 24.4 LGS -  Al tratarse de concurrencia competitiva, que existe informe del órgano colegiado correspondiente sobre la evaluación de las solicitudes.

B.2  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 19.1) Art. 24.4 LGS -  Al tratarse de concurrencia competitiva, que existe informe del órgano instructor en el que  consta que  los beneficiarios cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a las subvenciones, de acueRD-o con la información de la cual dispone.

B.3  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 19.1) Art. 24.4 LGS -  Al tratarse de concurrencia competitiva, que la propuesta de resolución del proce- dimiento expresa el solicitante o relación de solicitantes a los que se concede la subvención, y la cuantía.

B.4  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 19.1) Art. 22.2 LGS -  Al tratarse de concesión directa, que la concesión directa de la subvención se ampara en alguno de los supuestos que, según la normativa vigente, se habilitan para utilizar este procedimiento.

B.5  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 19.1) Art. 13 y 23.4 LGS Arts. 18, 19, 22, 23 y 24 a 29 RLGS  -  Al tratarse de concesión directa, que se acredita, en la forma establecida en la normativa reguladora de la subvención, que  el beneficiario está al corriente de las obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social, y que no está incurso en las prohibiciones para obtener dicha condición, previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF  -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 3.5.3        ACTUACIÓN:    Reconocimiento de la obligación (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 -   Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS -  Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  -  Art. 19.a) RD-424/2017   -  Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  -  Art. 19.b) RD-424/2017 -  Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 19.1) Arts. 17.1.j) y k) y 34.4 LGS Arts. 42, 43 y 88.2 RLGS -  Al tratarse de subvenciones que  la normativa reguladora prevé  que  los beneficiarios deben aportar garantías, que se acredita la existencia de dichas garantías.

B.2 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 19.1) Art. 17.1.k) y 34.4 LGS Art. 88.2, 42 y 43 RLGS -  Al tratarse de pagos a cuenta, que se prevén en la normativa reguladora de la subvención.

B.3  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 19.1) Arts. 13 y 23 LGS Arts. del 18 al 23 RLGS -  Que se acredita, en la forma establecida en la normativa reguladora de la subvención, que  el beneficiario está al corriente de les obligaciones tributarias y frente  a la Seguridad Social, y no es deudor por resolución de procedencia de reintegro.

B.4  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 19.1) Art. 88.3 RLGS  - Que se acompaña certificación expedida por el órgano encargado del seguimiento de la subvención, de acuerdo con el artículo 88.3 del RLGS.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art.172 y 175 ROF  - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio

C.2 -   Art.17.3 k) y 34.4 LGS Art.88.2 RGLS - Al tratarse de un pago anticipado, que está previsto en la normativa reguladora, en su caso.

 

    • 3.5.4        ACTUACIÓN:    Prórroga y modificaciones de los convenios (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS  -   Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS -  Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS  -  Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS -  Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 19.2) Art. 50.2.a) L 40/15 -  Al tratarse de una modificación, que  existe  informe de la Secretaría general o del servicio  jurídico de la Corporación sobre el texto  de la modificación.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF  -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

  • 3.6   EXPEDIENTE:  Convenios de colaboración con otras entidades públicas o con personas físicas o jurídicas sujetas a derecho privado
    • 3.6.1        ACTUACIÓN:    Aprobación del convenio (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS -  Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordnación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS  - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS -  Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 21.3.2.1) Art. 50.2.a) L 40/15  - Que existe informe de la Secretaría general o del servicio jurídico de la Corporación sobre el texto del convenio.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF   -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 3.6.2        ACTUACIÓN:    Modificaciones (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS  - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS  - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL   Art. 56 RGS  - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS  -  Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 21.3.2.2) Art. 50.2.a) L 40/15 -  Que existe informe de la Secretaría general o del servicio jurídico de la Corporación sobre el texto  de la modificación.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF  -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 3.6.3        ACTUACIÓN:    Prórroga del convenio (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS  - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS  - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 21.3.2.3) Art. 50.2.a) L 40/15  - Que existe informe de la Secretaría general o del servicio jurídico de la Corporación sobre el texto de la prórroga.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF  - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 3.6.4        ACTUACIÓN:    Reconocimiento de la obligación (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS  - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL -  Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  -  Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  -  Art. 19.b) RD-424/2017  -  Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 21.3.2.4) Art. 19.c) RD-424/2017  - Que se acompaña certificación del responsable del seguimiento del convenio, acre- ditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en el mismo para realizar los pagos.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevén otros extremos a comprobar.

 

  • 3.7   EXPEDIENTE:    Convenios de colaboración con entidades públicas o con personas físicas o jurídicas sujetas a derecho público
    • 3.7.1    ACTUACIÓN:           Aprobación del convenio (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS  - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL   -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS  - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS -  Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS  - Que el gasto se genera por órgano competente.

 

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF   -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 3.7.2    ACTUACIÓN:           Modificaciones (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS   Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS -  Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -   Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS  -  Que el gasto se genera por órgano competente.

 

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF    -    Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio

C.2 -   Art. 49.g) L 40/2015  -    Que la posibilidad de modificación está prevista en el convenio.

C.3  -  Art. 49.h) L 40/2015   -   Que no se superan los límites de duración previstos en el convenio.

 

    • 3.7.3    ACTUACIÓN:           Prórroga del convenio (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS  - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL  - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS  - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS -  Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS  - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio

C.2  -  Art. 49.g) L 40/2015   -   Que la posibilidad de modificación está prevista en el convenio.

C.3  -  Art. 49.h) L 40/2015   -   Que no se superan los límites de duración previstos en el convenio.

 

    • 3.7.4    ACTUACIÓN:           Reconocimiento de la obligación (fase ADO/O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL  - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 -  Art. 19.a) RD-424/2017  -   Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  -  Art. 19.b) RD-424/2017  -  Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF    -    Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

  • 3.8   EXPEDIENTE:    Transferencias a entes dependientes
    • 3.8.1    ACTUACIÓN:           Aprobación del gasto (fase A)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS  - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3   - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS  - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS  - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS  - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 3.8.2    ACTUACIÓN:           Compromiso del gasto (fase AD/D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS  - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS -  Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 -   Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS -  Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF   - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 3.8.3    ACTUACIÓN:           Reconocimiento de la obligación (fase ADO/O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS  - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  -    Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL  - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  -  Art. 19.a) RD-424/2017   -   Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  -  Art. 19.b) RD-424/2017  -  Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

  • 3.9    EXPEDIENTE:    Encomiendas de gestión de la Ley 40/15  (LRJSP)
    • 3.9.1    ACTUACIÓN:           Aprobación de la encomienda  (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS  -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL  -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS -  Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS  - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS   -    Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF  -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 3.9.2    ACTUACIÓN:           Modificaciones (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS  -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS -  Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS  - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 -   Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS  - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

 

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF  -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 3.9.3    ACTUACIÓN:           Prórroga de la encomienda  (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS  - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS  - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS  - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

 

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 3.9.4    ACTUACIÓN:           Reconocimiento de la obligación (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2   - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 -   Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL -  Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  -  Art. 19.a) RD-424/2017  - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  -  Art. 19.b) RD-424/2017  - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF  - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

  • 3.10   EXPEDIENTE:    Otros expedientes de subvenciones y transferencias
    • 3.10.1    ACTUACIÓN:           Aprobación del gasto (fase A)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS  - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL   Art. 56 RGS  - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS -  Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS  - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2  -  Estatutos de la entidad  Al tratarse de una cuota derivada de la participación en una asociación, que se acredita que la entidad es miembro, que la cuota está prevista en los estatutos y que el importe ha sido debidamente aprobado y es exigible.

C.3  -  Estatutos de la entidad Convenio -  Al tratarse de una aportación a un consorcio, que acredita la pertenencia de la entidad y la exigibilidad del importe en los términos previstos en los estatutos o convenio.

 

  • 3.10.2    ACTUACIÓN:           Compromiso del gasto (fase AD/D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS -  Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL Art. 56 RGS -  Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordiinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 -   Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL Art. 9 y 17.1.g) LGS -  Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 -  Estatutos de la entidad - Al tratarse de una cuota derivada de la participación en una asociación, que se acredita que la entidad es miembro, que la cuota está prevista en los estatutos y que el importe ha sido debidamente aprobado y es exigible.

C.3 -  Estatutos de la entidad - Convenio  Al tratarse de una aportación a un consorcio, que acredita la pertenencia de la entidad y la exigibilidad del importe en los términos previstos en los estatutos o convenio.

 

    • 3.10.3    ACTUACIÓN:           Reconocimiento de la obligación (fase ADO/O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 -   Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL Art. 9 LGS   Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2-  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3- Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL -  Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 -   Art. 19.a) RD-424/2017 -  Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5    Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -  Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 -   Estatutos de la entidad  Al tratarse de una cuota derivada de la participación en una asociación, que se acredita que la entidad es miembro, que la cuota está prevista en los estatutos y que el importe ha sido debidamente aprobado y es exigible.

C.3 -   Estatutos de la entidad - Convenio   Al tratarse de una aportación a un consorcio, que acredita la pertenencia de la entidad y la exigibilidad del importe en los términos previstos en los estatutos o convenio.

 

4      ÁREA:      ÁREA DE EXPEDIENTES URBANÍSTICOS

  • 4.1.  EXPEDIENTE:  Convenios urbanísticos
    • 4.1.1        ACTUACIÓN:    Aprobación del convenio (fase AD)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el corres- pondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL -  Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5-  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -  Art. 172 y 175 ROF  - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 -  Art.3.3.d).7º RD- 128/2018  -  Que existe informe de la Secretaria general.

 

    • 4.1.2        ACTUACIÓN:    Reconocimiento de la obligación (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el corres- pondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL -  Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 -   Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

  • 4.2.  EXPEDIENTE:  Ocupación directa
    • 4.2.1        ACTUACIÓN:    Aprobación del expediente. Autorización del gasto (fase A)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL- Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas ocales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL  - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL -  Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL -  Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 -   Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL -  Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF- Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 -   Art. 156.4 TRLUC (CAT) Art. 40.1 ROAS (CAT) Art. 9 a 13 LEF -  Que se acredita que el instrumento de planeamiento ha sido aprobado definitivamente

 

    • 4.2.2        ACTUACIÓN:    Aprobación definitiva. Compromiso del gasto (fase D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL -  Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL -  Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 -   Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1-    Art. 172 y 175 ROF Art.156.2 TRLUC (CAT) Art.215.4 RLUC (CAT) - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2  -  Art. 156.2 TRLUC (CAT) Art. 215 RLUC (CAT) Art. 52 LEF Art. 55 RLEF - Que existe certificado del acuerdo de aprobación de la ocupación directa.

 

    • 4.2.3        ACTUACIÓN:    Pago de la ocupación  directa a justificar (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 -   Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL  - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  -  Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  -  Art. 19.b) RD-424/2017- Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1-    Art. 172 y 175 ROF  - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

  • 4.3   EXPEDIENTE:  Expedientes de gasto derivados de expropiaciones forzosas
    • 4.3.1        ACTUACIÓN:    Incoación de la expropiación:  declaración de la necesidad  de ocupación (fase A)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL-   Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL -  Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL  - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 -   Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL  - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF   Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio..

C.2 -   Art. 40.1 ROAS (CAT) Art. 9 a 13 LEF -  Al tratarse de una expropiación derivada de un proyecto de obra o incluida dentro de un plan de obras y servicios de la administración, que dicho proyecto ha sido aprobado definitivamente.

C.3 -   Art. 40.1 ROAS (CAT) Art. 9 a 13 LEF  - Al tratarse de una expropiación no derivada de un proyecto de obra o incluida dentro de un plan de obras y servicios de la administración, que se declara expresamente la utilidad pública y necesidad de ocupación de los terrenos o edificios.

C.4 -   Art. 211.1.c) y 212 RLUC (CAT) Art. 15 a 17 LEF -  Que en el expediente consta la relación concreta e individualizada de los bienes o derechos afectados por la expropiación.

 

    • 4.3.2 ACTUACIÓN:       Depósitos previos (fase D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL -  Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL  - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL -  Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 8.1 Art. 52 LEF Art. 56 RLEF -  Que existe declaración urgente de ocupación de bienes.

B.2  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 8.1 Art. 52 LEF -  Que existe acta previa a la ocupación.

B.3 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 8.1 Art. 52 LEF -  Que existe hoja de depósito previa a la ocupación.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1-    Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 4.3.3        ACTUACIÓN:    Indemnización por rápida ocupación (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL  - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  -  Art. 19.a) RD-424/2017  - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 -   Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1    Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 8.2 Art. 52 LEF Art. 56 RLEF -  Que existe declaración urgente de ocupación de bienes.

B.2 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 8.2 Art. 52 LEF -  Que existe acta previa a la ocupación.

B.3  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 8.2 Art. 52 LEF  - Que existe documento de liquidación de la indemnización.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 4.3.4        ACTUACIÓN:    Determinación del justiprecio para procedimientos ordinarios y de mutuo acuerdo (fase AD/D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1-    Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2   - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4   - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL -  Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL -  Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6   - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL -  Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 8.3 Art. 25 RLEF -  Que existe la propuesta a qué hace referencia el artículo 25.a) del Decreto de 26 de abril de 1957 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa.

B.2  -  Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 8.3 Art. 25 RLEF -  Que existe informe de los servicios técnicos correspondientes en relación con el valor del bien objeto de la expropiación.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2  -  Art. 24 LEF  Art. 26 RLEF  - Al tratarse de un procedimiento de mutuo acuerdo, que el justiprecio deriva de un convenio.

C.3  -  Art. 30 LEF -  Al tratarse de un procedimiento ordinario, que la valoración ha sido aceptada por la Administración y el propietario en los términos del art. 30 de la LEF.

 

    • 4.3.5        ACTUACIÓN:    Determinación del justiprecio por Jurado Provincial de Expropiación o órgano análogo (fase AD/D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL -  Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL  - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL -  Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 8.4   Sin requisitos básicos adicionales de acuerdo con el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF  - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2  -  Art. 34 LEF -  Que existe resolución del Jurado de Expropiación donde se fija el justiprecio por el órgano jurisdiccional competente.

 

    • 4.3.6        ACTUACIÓN:    Pago o consignación del precio justo (fase O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 -   Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL -  Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  -  Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  -  Art. 19.b) RD-424/2017 -   Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF  - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 4.3.7        ACTUACIÓN:    Pago de intereses de demora por retraso en la determinación del justiprecio y en el pago (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL -  Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  -  Art. 19.a) RD-424/2017 -  Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  -  Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

B.1 -   Art. 13.2.c) RD-424/2017 ACM2008 8.5 -  Sin requisitos básicos adicionales de acuerdo con el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 -   Art. 56 y 57 LEF Art. 21.1 LEF -  Que se acredita que han transcurrido más de 6 meses desde el inicio legal del expediente expropiatorio sin haberse determinado el justiprecio por culpa de la Administración, o bien desde su fijación hasta el pago.

 

  • 4.4   EXPEDIENTE:  Otros expedientes urbanísticos
    • 4.4.1        ACTUACIÓN:    Aprobación del gasto (fase A)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2    Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL -  Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL -  Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 -   Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL -  Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

 

  • 4.4.2        ACTUACIÓN:    Compromiso del gasto (fase AD/D)

A.1  -  Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL  - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL -  Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL  - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF  - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 4.4.3        ACTUACIÓN:    Reconocimiento de la obligación (fase ADO/O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  - Art 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 -   Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL  - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 -   Art. 19.a) RD-424/2017- Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 -   Art. 19.b) RD-424/2017 -  Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

5      ÁREA:      GASTOS FINANCIEROS

  • 5.1   EXPEDIENTE:  Activos financieros
    • 5.1.1        ACTUACIÓN:    Adquisición de efectos,  bonos y otros títulos (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1- Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL -  Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017  -  Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 5.1.2        ACTUACIÓN:    Anticipos y préstamos, con o sin interés, concedidos  (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL -  Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  -  Art. 19.a) RD-424/2017 -  Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5    Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 5.1.3        ACTUACIÓN:    Libramientos de fondos en concepto de depósitos  o fianzas realizados por la entidad local y sus organismos autónomos  a la tesorería o las cajas de otros agentes económicos  (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL -  Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  -  Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 -   Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 5.1.4        ACTUACIÓN:    Adquisición de acciones y participaciones (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL -  Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 -   Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  -  Art. 19.b) RD-424/2017 -  Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -  Art. 172 y 175 ROF -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

C.2 - Art. 7 ORD-en ECF/138/2007 (CAT)  - Que existe el informe favorable del Departamento de Economía y Finanzas de la Generalidad de Cataluña.

 

    • 5.1.5        ACTUACIÓN:    Aportaciones patrimoniales realizadas por las entidades locales o sus organismos autónomos (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL  - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 -   Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL  - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4  -  Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5  -  Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1    Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

  • 5.2   EXPEDIENTE:  Pasivos financieros
    • 5.2.1        ACTUACIÓN:    Amortización de préstamos e intereses derivados de estos, si es el caso (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL -  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 -   Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL -  Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 -   Art. 19.a) RD-424/2017- Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 -   Art. 19.b) RD-424/2017 - Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -   Art. 172 y 175 ROF Art. 5.1 d) RD- 128/2018 -  Que existe informe favorable del Tesorero / a en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 5.2.2        ACTUACIÓN:    Devolución de depósitos  constituidos o de fianzas ingresadas en la tesorería de la entidad local o de sus organismos autónomos (fase ADO)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1- Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 -   Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL -  Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL -  Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 -   Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 -   Art. 19.b) RD-424/2017 -  Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1  -  Art. 172 y 175 ROF  -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

  • 5.3   EXPEDIENTE:  Otros gastos financieros
    • 5.3.1        ACTUACIÓN:    Aprobación del gasto (fase A)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3  -  Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL -  Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4  - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL -  Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL -  Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 -   Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL -  Que el gasto se genera por órgano competente.

 

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 -  Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 5.3.2        ACTUACIÓN:    Compromiso del gasto (fase AD/D)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer  o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto  refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 174 TRLHL - Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL.

A.4 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada sin financiación afectada, que  se incluye la suboRD-inación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto.

A.5 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 y 174.1 TRLHL - Al tratarse de tramitación anticipada con financiación afectada, que  se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto y a la firmeza de la financiación.

A.6 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF - Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

    • 5.3.3        ACTUACIÓN:    Reconocimiento de la obligación (fase ADO/O)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

A.1 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 172 y 176 TRLHL  - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora en el expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que  el crédito  es adecuado cuando financie  obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería  de la entidad local que  cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley reguladora  de Haciendas Locales).

A.2 - Art. 13.2.a) RD-424/2017 Art. 173.6 TRLHL - Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que se acredita su efectividad con la existencia de documentos fehacientes.

A.3 - Art. 13.2.b) RD-424/2017 Art. 185 TRLHL - Que el gasto se genera por órgano competente.

A.4 - Art. 19.a) RD-424/2017 - Que las obligaciones responden a gastos aprobados y, en su caso, fiscalizados favorablemente, salvo que la aprobación del gasto y el reconocimiento de la obligación deban realizarse simultáneamente.

A.5 - Art. 19.b) RD-424/2017 -  Que los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación se ajustan a la norma  de aplicación e identifican  el acreedor, el importe y la prestación u otra causa del reconocimiento.

(B.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

No se prevé este tipo de expediente y actuación en el ACM.

(C.  - Ref. Legal -  Requisitos básicos generales)

C.1 - Art. 172 y 175 ROF -  Que existe informe favorable del responsable del servicio en el que se exponen los antecedentes y disposiciones legales o reglamentarias en que basa su criterio.

 

ANEXO 2   MODELOS DE INFORMES DE FISCALIZACIÓN Y/O INTERVENCIÓN LIMITADA PREVIA EN RÉGIMEN DE REQUISITOS BÁSICOS

a. MODELO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN Y/O INTERVENCIÓN LIMITADA PREVIA DE REQUISITOS BÁSICOS DE CONFORMIDAD

ANTECEDENTES

1. Número de expediente:

2.  Modalidad de gasto  y tipo de expediente:

3. Fase del gasto:

4. Importe de la fase del gasto:

5. Aplicación presupuestaria:

6. Órgano competente para la aprobación de esta fase del gasto:

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL).

2. Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el Régimen Jurídico del Control Interno en las Entidades del Sector Público Local.

3. Acuerdo del Pleno de la entidad local de fecha [fecha] por el que se aprueba el régimen de fiscalización e intervención limitada previa y los requisitos a comprobar en función de la naturaleza del expediente.

INFORMO

Que, atendiendo a lo dispuesto en la normativa expuesta y a la vista de la documentación incluida en el expediente, se fiscalizan los siguientes  requisitos básicos de acuerdo con la naturaleza  del expediente, entendiendo que el ejercicio de la fiscalización previa es limitado y que se han revisado exclusivamente los requisitos establecidos en el acuerdo del Pleno de fecha [fecha], con el siguiente resultado:

1) Requisitos  fiscalizados de conformidad:

- Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la natu- raleza del gasto  que  se  propone contraer, y que  se  incorpora  al expediente el correspondiente certificado  de existencia  de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad local que cumplan los requisitos de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales). (Art. 13.2 a) RD 424/2017; art. 172 y 176 TRLHL)

- Que el gasto  se genera  por un órgano competente. (Art. 13.2 b) RD 424/2017; art. 185 TRLRHL)

- Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL. (Art. 13.2 a) RD 424/2017; art. 174 TRLRHL)

2) Requisitos  que, de acuerdo con la naturaleza  del expediente y/o en esta  fase del procedimiento no procede su revisión:

-  Al tratarse  de  gastos con  financiación afectada, que  los recursos que  las fi- nancian  son  ejecutivos  y que  se  acredita  la efectividad  con  la existencia  de documentos fehacientes. (Art. 13.2 a) RD 424/2017; art. 173.6  TRLRHL)

- Al tratarse  de tramitación anticipada  con financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice  en el presupuesto y a la firmeza de la financiación. (Art. 13.2.a) RD424/2017; art. 173.6  y 174.1  TRLHL)

CONCLUSIÓN

Se fiscaliza de conformidad el expediente de referencia en esta  fase del procedimiento en los términos y condiciones descritos anteriormente.

 

b. MODELO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN Y/O INTERVENCIÓN LIMITADA PREVIA DE REQUISITOS BÁSICOS DE CONFORMIDAD, CON OBSERVACIONES

ANTECEDENTES

1. Número de expediente:

2.  Modalidad de gasto  y tipo de expediente:

3. Fase del gasto:

4. Importe de la fase del gasto:

5. Aplicación presupuestaria:

6. Órgano competente para la aprobación de esta fase del gasto:

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL).

2. Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el Régimen Jurídico del Control Interno en las Entidades del Sector Público Local.

3. Acuerdo del Pleno de la entidad local de fecha [fecha] por el que se aprueba el régimen de fiscalización e intervención limitada previa y los requisitos a comprobar en función de la natu-raleza del expediente.

INFORMO

Que, atendiendo a lo dispuesto en la normativa expuesta y a la vista de la documentación incluida en el expediente, se fiscalizan los siguientes  requisitos básicos de acuerdo con la naturaleza  del expediente, entendiendo que el ejercicio de la fiscalización previa es limitado y que se han revisado exclusivamente los requisitos establecidos en el acuerdo del Pleno de fecha [fecha], con el siguiente resultado:

1) Requisitos  fiscalizados de conformidad:

- Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la natu raleza del gasto  que se propone contraer, y que se incorpora al expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende  que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo  de la tesorería  de la entidad  local que cumplan  los requisitos  de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales). (Art. 13.2  a) RD 424/2017; art. 172  y 176 TRLRHL)

- Que el gasto  se genera  por un órgano competente. (Art. 13.2 b) RD 424/2017; art. 185 TRLRHL)

2) Requisitos  que, de acuerdo con la naturaleza  del expediente y/o en esta  fase del procedimiento no procede su revisión:

- Al tratarse  de tramitación anticipada con financiación afectada, que se incluye la subordinación de la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice  en el presupuesto y a la firmeza de la financiación. (Art. 13.2 a) RD 424/2017; art. 173.6  y 174.1  TRLRHL)

CONCLUSIÓN

Se fiscaliza de conformidad el expediente de referencia en esta  fase del procedimiento en los términos y condiciones descritos anteriormente.

Igualmente,  de acuerdo con la facultad que confiere a esta  Intervención la normativa indicada, se formulan las siguientes observaciones, sin que estas tengan, en ningún caso, efectos suspensivos en la tramitación del expediente:

 

c. MODELO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN Y/O INTERVENCIÓN LIMITADA PREVIA DE REQUISITOS BÁSICOS, CON OBJECIONES

ANTECEDENTES

1. Número de expediente:

2.  Modalidad de gasto  y tipo de expediente:

3. Fase del gasto:

4. Importe de la fase del gasto:

5. Aplicación presupuestaria:

6. Órgano competente para la aprobación de esta fase del gasto:

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL).

2. Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el Régimen Jurídico del Control Interno en las Entidades del Sector Público Local.

3. Acuerdo del Pleno de la entidad local de fecha [fecha] por el que se aprueba el régimen de fiscalización e intervención limitada previa y los requisitos a comprobar en función de la natu raleza del expediente.

INFORMO

Que, atendiendo a lo dispuesto en la normativa expuesta y a la vista de la documentación incluida en el expediente, se fiscalizan los siguientes  requisitos básicos de acuerdo con la naturaleza  del expediente, entendiendo que el ejercicio de la fiscalización previa es limitado y que se han revisado exclusivamente los requisitos establecidos en el acuerdo del Pleno de fecha [fecha], con el siguiente resultado:

1) Requisitos  fiscalizados de conformidad:

- Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora  al expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo de la tesorería de la entidad  local que cumplan  los requisitos  de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales). (Art. 13.2  a) RD 424/2017; art. 172  y 176 TRLRHL)

- Al tratarse de gastos con financiación afectada, que  los recursos que  los financian son ejecutivos y que  se  acredita  su  efectividad con la existencia de documentos fehacientes. (Art. 13.2 a)  RD 424/2017; art. 173.6 TRLRHL)

2) Requisitos  que, de acuerdo con la naturaleza del expediente y/o en esta  fase del procedimiento no procede su revisión:

-   Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL. (Art. 13.2 a) RD 424/2017; art. 174 TRLRHL)

3) Requisitos  fiscalizados con objeciones:

-   Que el gasto  se genera  por un órgano competente. (Art. 13.2 b) RD 424/2017; art. 185 TRLRHL)

CONCLUSIÓN

Se fiscaliza el expediente de referencia en esta  fase del procedimiento con las siguientes  objeciones:

-   Que el gasto  se genera  por un órgano competente. (Art. 13.2 b) RD 424/2017; art. 185 TRLRHL)

Considerando que el incumplimiento se incluye en los supuestos establecidos en los artículos 216 del TRLRHL y 12.3 del RCI, procede la suspensión de la tramitación del expediente hasta que se subsanen las incidencias indicadas o se resuelva la discrepancia, de conformidad con el procedimiento previsto en los artículos 217 y 218 del TRLRHL y 15 del RCI.

 

d.MODELO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN Y/O INTERVENCIÓN LIMITADA PREVIA DE REQUISITOS BÁSICOS, CON OBJECIONES Y OBSERVACIONES

ANTECEDENTES

1. Número de expediente:

2.  Modalidad de gasto  y tipo de expediente:

3. Fase del gasto:

4. Importe de la fase del gasto:

5. Aplicación presupuestaria:

6. Órgano competente para la aprobación de esta fase del gasto:

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL).

2. Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el Régimen Jurídico del Control Interno en las Entidades del Sector Público Local.

3. Acuerdo del Pleno de la entidad local de fecha [fecha] por el que se aprueba el régimen de fiscalización e intervención limitada previa y los requisitos a comprobar en función de la naturaleza del expediente.

INFORMO

Que, atendiendo a lo dispuesto en la normativa enumerada y a la vista de la documentación incluida en el expediente, se fiscalizan los siguientes  requisitos  básicos de acuerdo con la naturaleza  del expediente, entendiendo que el ejercicio de la fiscalización previa es limitado y que se han revisado exclusivamente los requisitos establecidos en el acuerdo del Pleno de fecha [fecha], con el siguiente resultado:

1) Requisitos  fiscalizados de conformidad:

-  Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la natu- raleza del gasto  que se propone contraer, y que se incorpora  al expediente el correspondiente certificado de existencia de crédito o documento equivalente. (Se entiende  que el crédito es adecuado cuando financie obligaciones a contraer o nacidas y no prescritas a cargo  de la tesorería  de la entidad  local que cumplan  los requisitos  de los artículos 172 y 176 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales). (Art. 13.2  a) RD 424/2017; art. 172  y 176 TRLRHL)

2) Requisitos  que, de acuerdo con la naturaleza  del expediente y/o en esta  fase del procedimiento no procede su revisión:

- Al tratarse de gastos de carácter plurianual, que se cumple lo preceptuado en el artículo 174 del TRLRHL. (Art. 13.2 a) RD 424/2017; art. 174 TRLRHL)

3) Requisitos  fiscalizados con objeciones:

- Que el gasto  se genera  por un órgano competente. (Art. 13.2 b) RD 424/2017; art. 185 TRLRHL)

-  Al tratarse  de  gastos con  financiación afectada, que  los recursos que  los financian  son  ejecutivos  y que  se  acredita  su  efectividad  con  la existencia  de documentos fehacientes. (Art. 13.2 a) RD 424/2017; art. 173.6  TRLRHL)

CONCLUSIÓN

Se fiscaliza el expediente de referencia en esta  fase del procedimiento con las siguientes  objeciones:

- Que el gasto  se genera  por un órgano competente. (Art. 13.2 b) RD 424/2017; art. 185 TRLRHL)

-  Al tratarse  de  gastos con  financiación afectada, que  los recursos que  los financian  son  ejecutivos  y que  se  acredita  su  efectividad  con  la existencia  de documentos fehacientes. (Art. 13.2 a) RD 424/2017; art. 173.6  TRLRHL)

Considerando que el incumplimiento se incluye en los supuestos establecidos en los artículos 216 del TRLRHL y 12.3 del RCI, procede la suspensión de la tramitación del expediente hasta  que se subsanen las incidencias indicadas o se resuelva la discrepancia, de conformidad con el procedimiento previsto en los artículos 217 y 218 del TRLRHL y 15 del RCI.

Igualmente,  de acuerdo con la facultad que confiere a esta  Intervención la normativa indicada,  se formulan las siguientes observaciones, sin que estas tengan, en ningún caso, efectos suspensivos en la tramitación del expediente:

 

 

ANEXO 3   TIPOS DE ACTUACIONES DERIVADAS DE LA INTERVENCIÓN FORMAL Y MATERIAL DEL PAGO, DE LOS ANTICIPOS DE CAJA FIJA Y DE LOS PAGOS A JUSTIFICAR, Y REQUISITOS A COMPROBAR

1 - DE LA INTERVENCIÓN FORMAL Y MATERIAL DEL PAGO, ACF Y PAJ

  • 1.1   EXPEDIENTE:  De la intervención del pago
    • 1.1.1        ACTUACIÓN:    Ordenación del pago (fase P)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos)

A.1 - Art. 21 RD- 424/2017 - Que la orden de pago se dicta por un órgano competente.

A.2 - Art. 21 RD- 424/2017 -  Que la orden de pago se ajusta al acto de reconocimiento de la obligación, una vez verificados los documentos originales o la certificación del citado acto.

A.3 - Art. 21 RD- 424/2017 -  Que la orden  de pago se acomoda al plan de disposición de fondos, una vez verificados el propio plan de disposición de fondos o el informe que al respecto emita la Tesorería de la entidad.

A.4 - Art. 21 RD- 424/2017 -  Al tratarse de supuestos en que existen retenciones judiciales o compensaciones de deudas del acreedor, que se acreditan las correspondientes minoraciones en el pago mediante los acuerdos que las disponen. (La intervención formal de la ordenación del pago se debe aplicar a estos acuerdos de minoración.)

 

  • 1.2   EXPEDIENTE:  De la intervención material
    • 1.2.1        ACTUACIÓN:    Materialización del pago (fase R)

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos)

A.1 - Art. 23.1 RD-424/2017 - Que la realización del pago se dicta por un órgano competente.

A.2 - Art. 23.1 RD-424/2017 - Que la identidad del perceptor es la correcta.

A.3 - Art. 23.1 RD-424/2017 - Que la cuantía del pago corresponde al importe debidamente reconocido.

 

  • 1.3   EXPEDIENTE:  Anticipos de caja fija
    • 1.3.1        ACTUACIÓN:    Constitución

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos)

A.1 - Art. 25.1.a) RD-424/2017 - Que existen las normas que regulan la distribución por cajas pagadoras del gasto máximo asignado y que la propuesta se adapta a las mismas.

A.2 - Art. 25.1.b) RD-424/2017 - Que la propuesta de pago de basa en una resolución de una autoridad competente.

 

    • 1.3.2        ACTUACIÓN:    Reposición

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos)

A.1 - Art. 25.2.a) RD-424/2017 - Que el importe total de las cuentas  justificativas coincide con el de los documentos contables de ejecución del presupuesto de gastos.

A.2 - Art. 25.2.b) RD-424/2017 - Que las propuestas de pagos se basan en una resolución de una autoridad competente.

A.3 - Art. 25.2.c) RD-424/2017 - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto.

 

    • 1.3.3        ACTUACIÓN:    Aprobación de la cuenta justificativa

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos)

A.1  -  Art. 27.1.a) RD-424/2017 - Que corresponden a gastos concretos y determinados en la ejecución de los cuales se ha seguido el procedimiento aplicable en cada caso.

A.2  -  Art. 27.1.a) RD-424/2017 - Que se ajustan a la finalidad por la cual se libraron los fondos.

A.3   - Art. 27.1.a) RD-424/2017 - Que se acredita la realización efectiva y conforme de los gastos o servicios.

A.4  -  Art. 27.1.a) RD-424/2017 - Que el pago se ha realizado a un acreedor determinado por el importe debido.

 

  • 1.4   EXPEDIENTE:  Pagos a justificar
    • 1.4.1  ACTUACIÓN:  Ordenación del pago

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos)

A.1 -  Art. 24.a) RD-424/2017 - Que las propuestas de pago a justificar se basan en una ordrn o resolución de la autoridad competente para  autorizar los gastos a qué  se refieren.

A.2 - Art. 24.b) RD-424/2017 - Que existe crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto.

A.3 - Art. 24.c) RD-424/2017 - Que se adaptan a las normas que regulan la expedición de órdenes de pago a justificar con cargo a sus  respectivos presupuestos de gastos.

A.4 - Art. 24.d) RD-424/2017 - Que el órgano pagador, a favor del cual se libran las óRD-enes de pago, ha justificado, dentro del plazo correspondiente, la inversión de fondos percibidos con anterioridad por los mismos conceptos presupuestarios. (sin embargo, no es procedente la objeción por carecer de justificación dentro del plazo  de libramientos anteriores cuando, para  paliar las consecuencias de acontecimientos catastróficos, situaciones que suponen un grave peligro o necesidades que afecten directamente la seguridad pública, el presidente de la entidad autoriza la expedición de una oRD-en de pago específica).

A.5 - Art. 24.e) RD-424/2017 - Que la expedición de órdenes de pago «a justificar» cumple el plan de disposición de fondos de la tesorería aprobado por el presidente de la entidad (es decir, que las órdenes de pago a justificar se efectúan con cargo a conceptos presupuestarios autorizados en las bases de ejecución del presupuesto y se acomodan al plan mencionado en los términos que establece el artículo 21 del RD- 424/2017). (sin embargo, no es procedente la objeción si se trata de paliar las consecuencias de acontecimientos catastróficos, situaciones que suponen un grave peligro o necesidades que afecten directamente la seguridad pública.)

 

    • 1.4.2         ACTUACIÓN:  Aprobación de la cuenta justificativa

(A.  - Ref. Legal -  Requisitos)

A.1 - Art. 27.1.a) RD-424/2017 - Que corresponden a gastos concretos y determinados en la ejecución de los cuales se ha seguido el procedimiento aplicable en cada caso.

A.2 - Art. 27.1.a)  RD-424/2017 - Que se ajustan a la finalidad por la cual se libraron los fondos.

A.3 - Art. 27.1.a) RD-424/2017 - Que se acredita la realización efectiva y conforme de los gastos o servicios.

A.4 - Art. 27.1.a) RD-424/2017 - Que el pago se ha realizado a un acreedor determinado por el importe debido.

Contra el presente Acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso–administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Azuqueca de Henares, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Azuqueca de Henares, a 11 de octubre de 2018. El Alcalde, José Luis Blanco Moreno

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