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Armuña de Tajuña
Arroyo de las Fraguas
Atanzón
Atienza
Auñón
Azuqueca de Henares
Baides
Barriopedro
Baños de Tajo
Bañuelos
Berninches
Bodera (La)
Brihuega
Budia
Bujalaro
Burgos
Bustares
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Campillo de Dueñas
Campillo de Ranas
Campisábalos
Canredondo
Cantalojas
Cardoso de la Sierra (El)
Casa de Uceda
Casar (El)
Casas de San Galindo
Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
Cuevas Labradas
Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
Gascueña de Bornova
Guadalajara
Gualda
Gárgoles de Abajo
Gárgoles de Arriba
Henche
Heras de Ayuso
Herrería
Hiendelaencina
Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
Hortezuela de Océn
Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
Iniéstola
Inviernas (Las)
Irueste
Jadraque
Jirueque
La Nava
Ledanca
Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
Madrid
Majaelrayo
Malacuera
Malaguilla
Mandayona
Mantiel
Maranchón
Marchamalo
Masegoso de Tajuña
Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
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Jueves, 28 Febrero 2019 08:02

MODIFICACIÓN PUNTUTAL NÚMERO UNO DEL PLAN DE ORDENACIÓN MUNICIPAL. PUBLICIDAD DE ORDENANZAS

464

MODIFICACION PUNTUAL NÚMERO UNO DEL PLAN DE ORDENACIÓN MUNICIPAL PUBLICIDAD DE ORDENANZAS
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AYUNTAMIENTO DE ALOVERA


464

El Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el 20 de mayo de 2018, acordó aprobar inicialmente la Modificación Puntual Número Uno del Plan de Ordenación Municipal de Alovera, habiéndose dado publicidad mediante anuncio inserto en el Diario Oficial de Castilla La Mancha nº 55, de 19 de marzo de 2018, y en el periódico “Nueva Alcarria” de 12 de marzo de 2018, por plazo de un mes.

La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Guadalajara, en sesión de 25 de julio de 2018, acordó aprobar definitivamente el Proyecto de Modificación Puntual Número Uno del Plan de Ordenación Municipal de Alovera, habiéndose dado publicidad mediante anuncio inserto en el Diario Oficial de Castilla la Mancha nº 14, de 21 de enero de 2019.

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 70 de la 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, con la advertencia de que contra los presentes acuerdos y resoluciones, en aplicación del artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dado que aprueba una disposición de carácter general, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa..

En anexo se publica la ordenanza de la Modificación Puntual Número 1 del Plan de Ordenación Municipal de Alovera.

Alovera, a 25 de febrero de 2019. La Alcaldesa, María Purificación Tortuero Pliego

 

A N E X O

ORDENANZAS

ANEXO 1. TEXTO INTEGRO DE LA ORDENANZA EN VIGOR: 7.6 CONDICIONES PARTICULARES DE URBANO INDUSTRIAL ZONA I: INDUSTRIA PRODUCTIVA

7.6.1 DEFINICION Y DELIMITACION

Todos los suelos que las NN.SS. de Alovera clasificaban como Urbanizables Industriales y Urbanos Industriales ya se encuentran desarrollados, o en tramitación, por lo tanto, los reflejamos como urbanos. Desarrollan actividades productivas en la franja de terreno entre la vía del FF.CC. y la A-2 fundamentalmente.

7.6.2 CONDICIONES DE USO

USO CARACTERISTICO

Uso industrial.

OTROS USOS COMPATIBLES:

Uso residencial: Vivienda aneja a edificio industrial, máximo de 1 viviendas por industria y 125 m² de superficie máxima por vivienda.

Uso Garaje-Aparcamiento.

Uso Comercial.

Uso Deportivo.

Uso administrativo. Oficinas anexas a industria o en edificio exclusivo.

Uso de Equipamiento o Dotaciones. En edificio exclusivo.

Usos Libres. En edificio exclusivo.

Usos de Servicios Especiales. En edificio exclusivo.

Usos de Instalaciones Especiales. En edifico exclusivo.

Uso religioso, en edificio o exclusivo.

Uso de hostelería.

Servicios de carretera.

7.6.3 TIPOLOGIAS

Edificio industrial aislado, pareado y/o en hilera según cuadro.

7.6.4 DENSIDAD

No se fija.

7.6.5 CONDICIONES DE EDIFICACION

TIPO GRADO I GRADO II GRADO III
Parcela mínima (m2) 200 2000 5000
Longitud de fachada (m) 8 15 25
Retranqueos:      
A fachada exclusivo (m) 5 10 10
A lindero/s lateral/es mínimo (m) 5 5 10
(*) A fondo parcela mínimo (m) 0 5 10
A las vías existentes (m) 5 10 10
       
Índice de ocupación máximo (%) 85 75 60
       
Condiciones de volumen (máximas sobre parcela neta):      
Altura máxima de cornisa (m) 8 12.50 12.50
N.º de plantas máximo 4 4 4
Volumen edificable (m3/m2) 7.5 7.5 7.5
Edif. Superficial (m2/m2) 1.0 1.0 1.0

(*) En el caso de grados I y II de tipología apareada o agrupada se exigirá compromiso de adosamiento o constará en escritura.

En el caso de aplicación del grado III (industria grande), podrá rebasarse la altura máxima edificable en silos, chimeneas y torres de tipo tolva, que podrán alcanzar 30 m. excepcionalmente o si se emplea algún tipo de maquinaria especial o de dimensiones excepcionales.

El volumen edificable se aplicará sobre parcela neta y podrá trasvasarse de una parcela a otra, siempre dentro de las áreas de movimiento de la edificación y sin superar el total permitido, mediante estudio de detalle.

7.6.5.1 CONDICIONES ESTÉTICAS

La composición será libre dentro de las áreas de movimiento de la edificación si bien el revestimiento exterior será gris claro en el caso de paramentos metálicos y blanco en los de hormigón, con el fin de mitigar la presencia de su volumen. Será libre para el terciario.

7.6.5.2 CONDICIONES DE PLANEAMIENTO

Será preceptivo estudio de detalle para la aplicación de los grados I y II, así como para cualquier alteración del viario interior.

7.6.5.3 NORMATIVA PARA EQUIPAMIENTOS

Se aplicará la siguiente normativa según usos.

TIPO Zona Verde Dotaciones diversas
Retranqueos:    
A fachada (m) 0 0
A lindero/s lateral/es mínimo (m) 5 3
A fondo parcela mínimo (m) 3 3
A las vías existentes (m) 0 0
     
Índice de ocupación máximo (%) 5 90
     
Condiciones de volumen (máximas sobre parcela neta):     
Altura máxima de cornisa (m) 5 9
N.º de plantas máximo 2 + ático 2 + ático
Volumen edificable (m3/m2) 0.25 7.0
Edif. Superficial (m2/m2) 0.1 2.0

 

ANEXO 2. TEXTO INTEGRO DE LA ORDENANZA EN VIGOR: 7.7 CONDICIONES PARTICULARES DE URBANO INDUSTRIAL ZONA II: INDUSTRIA LIMPIA Y ALMACENES

7.7.1 DEFINICION Y DELIMITACION

Se corresponde a los sectores desarrollados pero con escasa edificación de la Carretera de Chiloeches y de la R-2 junta la Canal del Henares que desarrollan fundamentalmente suelo destinado a logística o industrias no productivas. También incluye el terreno de logística de la industria de material de oficina Oficceservice.

7.7.2 CONDICIONES DE USO

USO CARACTERISTICO

Uso industrial logístico, almacenes, transformación o industrias no productivas o que transformen materia prima.

OTROS USOS COMPATIBLES:

Uso residencial: Vivienda aneja a edificio industrial, máximo de 1 viviendas por industria y 125 m² de superficie máxima por vivienda.

Uso Garaje-Aparcamiento.

Uso Comercial.

Uso Deportivo.

Uso administrativo. Oficinas anexas a industria o en edificio exclusivo.

Uso de Equipamiento o Dotaciones. En edificio exclusivo.

Usos Libres. En edificio exclusivo.

Usos de Servicios Especiales. En edificio exclusivo.

Usos de Instalaciones Especiales. En edifico exclusivo.

Uso religioso, en edificio o exclusivo.

Uso de hostelería.

Servicios de carretera.

7.7.3 TIPOLOGIAS

Edificio industrial aislado, pareado y/o en hilera según cuadro

7.7.4 DENSIDAD

No se fija.

7.7.5 CONDICIONES DE EDIFICACION

TIPO GRADO I GRADO II GRADO III
Parcela mínima (m2) 200 2000 5000
Longitud de fachada (m) 8 15 25
Retranqueos:      
A fachada exclusivo (m) 5 10 10
A lindero/s lateral/es mínimo (m) 5 5 10
(*) A fondo parcela mínimo (m) 0 5 10
A las vías existentes (m) 5 10 10
       
Índice de ocupación máximo (%) 85 75 60
       
Condiciones de volumen (máximas sobre parcela neta):      
Altura máxima de cornisa (m) 8 12.50 12.50
N.º de plantas máximo 4 4 4
Volumen edificable (m3/m2) 7.5 7.5 7.5
Edif. Superficial (m2/m2) 1.0 1.0 1.0

 

 (*) En el caso de grados I y II de tipología apareada o agrupada se exigirá compromiso de adosamiento o constará en escritura.

En el caso de aplicación del grado III (industria grande), podrá rebasarse la altura máxima edificable en silos, chimeneas y torres de tipo tolva, que podrán alcanzar 30 m. excepcionalmente o si se emplea algún tipo de maquinaria especial o de dimensiones excepcionales.

El volumen edificable se aplicará sobre parcela neta y podrá trasvasarse de una parcela a otra, siempre dentro de las áreas de movimiento de la edificación y sin superar el total permitido, mediante estudio de detalle.

7.7.5.1 CONDICIONES ESTÉTICAS

La composición será libre dentro de las áreas de movimiento de la edificación si bien el revestimiento exterior será gris claro en el caso de paramentos metálicos y blanco en los de hormigón, con el fin de mitigar la presencia de su volumen.

7.7.5.2 CONDICIONES DE PLANEAMIENTO

Será preceptivo estudio de detalle para la aplicación de los grados I y II, así como para cualquier alteración del viario interior.

7.7.5.3 NORMATIVA PARA EQUIPAMIENTOS

Se aplicará la siguiente normativa según usos.

 

TIPO Zona Verde Dotaciones diversas
Retranqueos:    
A fachada (m) 0 0
A lindero/s lateral/es mínimo (m) 5 3
A fondo parcela mínimo (m) 3 3
A las vías existentes (m) 0 0
     
Índice de ocupación máximo (%) 5 90
     
Condiciones de volumen (máximas sobre parcela neta):    
Altura máxima de cornisa (m) 5 9
N.º de plantas máximo 2 + ático 2 + ático
Volumen edificable (m3/m2) 0.25 7.0
Edif. Superficial (m2/m2) 0.1 2.0

 

 

ANEXO 3. TEXTO MODIFICADO: 7.6 CONDICIONES PARTICULARES DE URBANO INDUSTRIAL ZONA I: INDUSTRIA PRODUCTIVA (se refleja en negrita lo modificado)

7.6.1 DEFINICION Y DELIMITACION

Casi todos los suelos que las NN.SS. de Alovera clasificaban como Urbanizables Industriales y Urbanos Industriales ya se encuentran desarrollados o en tramitación, por lo tanto, se reflejan como Urbanos. Desarrollan actividades productivas en la franja de terreno entre la vía del FF.CC. y la A-2 fundamentalmente.

7.6.2 CONDICIONES DE USO

USO CARACTERISTICO

Uso industrial.

OTROS USOS COMPATIBLES:

Uso residencial: Vivienda aneja a edificio industrial, máximo de 1 viviendas por industria y 125 m² de superficie construida máxima por vivienda.

Uso Garaje-Aparcamiento.

Uso Comercial.

Uso Deportivo.

Uso administrativo. Oficinas anexas a industria o en edificio exclusivo.

Uso de Equipamiento o Dotaciones. En edificio exclusivo.

Usos Libres. En edificio exclusivo.

Usos de Servicios Especiales. En edificio exclusivo.

Usos de Instalaciones Especiales. En edifico exclusivo.

Uso religioso, en edificio o exclusivo.

Uso de hostelería.

Servicios de carretera.

7.6.3 TIPOLOGIAS

Edificio industrial aislado, pareado y/o en hilera según cuadro.

7.6.4 DENSIDAD

No se fija.

 

7.6.5 CONDICIONES DE EDIFICACION

TIPO GRADO I GRADO II GRADO III
Parcela mínima (m2) 200 2000 5000
Longitud de fachada (m) 8 15 25
Retranqueos:      
A fachada exclusivo (m) 5 10 10
A lindero/s lateral/es mínimo (m) 0 5 10
(*) A fondo parcela mínimo (m) 0 5 10
A las vías existentes (m) 5 10 10
       
Índice de ocupación máximo (%) 85 75 60
       
Condiciones de volumen (máximas sobre parcela neta):      
Altura máxima de cornisa (m) 8 15.00 15.00
N.º de plantas máximo 2 4 4
Volumen edificable (m3/m2) 7.5 7.5 7.5
Edif. Superficial (m2/m2) 1.0 1.0 1.0

 (*) En el caso de grados I y II de tipología apareada o agrupada se exigirá compromiso de adosamiento o constará en escritura.

En el caso de aplicación del grado III (industria grande), podrá rebasarse la altura máxima edificable en silos, chimeneas y torres de tipo tolva, o instalaciones especiales para almacenes de tipo automático, que podrán alcanzar 30 m. de forma excepcional, no pudiendo en ningún caso exceder del 25% del volumen edificable.

El volumen edificable se aplicará sobre parcela neta y podrá trasvasarse de una parcela a otra, siempre dentro de las áreas de movimiento de la edificación y sin superar el total permitido, mediante estudio de detalle.

7.6.5.1 CONDICIONES ESTÉTICAS

La composición será libre dentro de las áreas de movimiento de la edificación si bien el revestimiento exterior será gris claro en el caso de paramentos metálicos y blanco en los de hormigón, con el fin de mitigar la presencia de su volumen

7.6.5.2 CONDICIONES DE PLANEAMIENTO

Será preceptivo estudio de detalle para la aplicación de los grados I y II, así como para cualquier alteración del viario interior.

7.6.5.3 NORMATIVA PARA EQUIPAMIENTOS

Se aplicará la siguiente normativa según usos.

TIPO Zona Verde Dotaciones diversas
Retranqueos:    
A fachada (m) 0 0
A lindero/s lateral/es mínimo (m) 5 3
A fondo parcela mínimo (m) 3 3
A las vías existentes (m) 0 0
     
Índice de ocupación máximo (%) 5 90
     
Condiciones de volumen (máximas sobre parcela neta):     
Altura máxima de cornisa (m) 5 9
N.º de plantas máximo 2 + ático 2 + ático
Volumen edificable (m3/m2) 0.25 7.0
Edif. Superficial (m2/m2) 0.1 2.0

 

ANEXO 4. TEXTO MODIFICADO: 7.7 CONDICIONES PARTICULARES DE URBANO INDUSTRIAL ZONA II: INDUSTRIA LIMPIA Y ALMACENES (se refleja en negrita lo modificado)

7.7.1 DEFINICION Y DELIMITACION

Se corresponde a los sectores desarrollados, pero con escasa edificación de la Carretera de Chiloeches y de la R-2 junta la Canal del Henares que desarrollan fundamentalmente suelo destinado a logística o industrias no productivas. También incluye el terreno de logística de la industria de material de oficina Oficceservice.

7.7.2 CONDICIONES DE USO

USO CARACTERISTICO

Uso industrial logístico, almacenes, transformación o industrias no productivas o que no transformen materia prima.

OTROS USOS COMPATIBLES:

Uso residencial: Vivienda aneja a edificio industrial, máximo de 1 viviendas por industria y 125 m² de superficie construida máxima por vivienda.

Uso Garaje-Aparcamiento.

Uso Comercial.

Uso Deportivo.

Uso administrativo. Oficinas anexas a industria o en edificio exclusivo.

Uso de Equipamiento o Dotaciones. En edificio exclusivo.

Usos Libres. En edificio exclusivo.

Usos de Servicios Especiales. En edificio exclusivo.

Usos de Instalaciones Especiales. En edifico exclusivo.

Uso religioso, en edificio o exclusivo.

Uso de hostelería.

Servicios de carretera.

7.7.3 TIPOLOGIAS

Edificio industrial aislado, pareado y/o en hilera según cuadro

7.7.4 DENSIDAD

No se fija.

7.7.5 CONDICIONES DE EDIFICACION

TIPO GRADO I GRADO II GRADO III
Parcela mínima (m2) 200 2000 5000
Longitud de fachada (m) 8 15 25
Retranqueos:      
A fachada exclusivo (m) 5 10 10
A lindero/s lateral/es mínimo (m) 0 5 10
(*) A fondo parcela mínimo (m) 0 5 10
A las vías existentes (m) 5 10 10
       
Índice de ocupación máximo (%) 85 75 60
       
Condiciones de volumen (máximas sobre parcela neta):      
Altura máxima de cornisa (m) 8 15.00 15.00
N.º de plantas máximo 2 4 4
Volumen edificable (m3/m2) 7.5 7.5 7.5
Edif. Superficial (m2/m2) 1.0 1.0 1.0

 (*) En el caso de grados I y II de tipología apareada o agrupada se exigirá compromiso de adosamiento o constará en escritura.

En el caso de aplicación del grado III (industria grande), podrá rebasarse la altura máxima edificable en silos, chimeneas y torres de tipo tolva, o instalaciones especiales para almacenes de tipo automático, que podrán alcanzar 30 m. de forma excepcional, no pudiendo en ningún caso exceder del 25% del volumen edificable.

El volumen edificable se aplicará sobre parcela neta y podrá trasvasarse de una parcela a otra, siempre dentro de las áreas de movimiento de la edificación y sin superar el total permitido, mediante estudio de detalle.

7.7.5.1 CONDICIONES ESTÉTICAS

La composición será libre dentro de las áreas de movimiento de la edificación si bien el revestimiento exterior será gris claro en el caso de paramentos metálicos y blanco en los de hormigón, con el fin de mitigar la presencia de su volumen.

7.7.5.2 CONDICIONES DE PLANEAMIENTO

Será preceptivo estudio de detalle para la aplicación de los grados I y II, así como para cualquier alteración del viario interior.

7.7.5.3 NORMATIVA PARA EQUIPAMIENTOS

Se aplicará la siguiente normativa según usos.

TIPO Zona Verde Dotaciones diversas
Retranqueos:    
A fachada (m) 0 0
A lindero/s lateral/es mínimo (m) 5 3
A fondo parcela mínimo (m) 3 3
A las vías existentes (m) 0 0
     
Índice de ocupación máximo (%) 5 90
     
Condiciones de volumen (máximas sobre parcela neta):      
Altura máxima de cornisa (m) 5 9
N.º de plantas máximo 2 + ático 2 + ático
Volumen edificable (m3/m2) 0.25 7.0
Edif. Superficial (m2/m2) 0.1 2.0

 

ANEXO 5. TEXTO AÑADIDO: 8.7 CONDICIONES PARTICULARES DE URBANIZABLE INDUSTRIAL ZONA I: INDUSTRIA PRODUCTIVA

8.7.1 DEFINICION Y DELIMITACION

Se corresponden con los suelos que las NN.SS. de Alovera clasificaban como Urbanizables Industriales, en concreto los incluidos en la Zona I Sectores 6 y 8. Desarrollan actividades productivas en la franja de terreno entre la vía del FF.CC. y la A-2 fundamentalmente.

8.7.2 CONDICIONES DE USO

USO CARACTERISTICO

Uso industrial.

OTROS USOS COMPATIBLES:

Uso residencial: Vivienda aneja a edificio industrial, máximo de 1 viviendas por industria y 125 m² de superficie construida máxima por vivienda.

Uso Garaje-Aparcamiento.

Uso Comercial.

Uso Deportivo.

Uso administrativo. Oficinas anexas a industria o en edificio exclusivo.

Uso de Equipamiento o Dotaciones. En edificio exclusivo.

Usos Libres. En edificio exclusivo.

Usos de Servicios Especiales. En edificio exclusivo.

Usos de Instalaciones Especiales. En edifico exclusivo.

Uso religioso, en edificio o exclusivo.

Uso de hostelería.

Servicios de carretera.

8.7.3 TIPOLOGIAS

Edificio industrial aislado, pareado y/o en hilera según cuadro.

8.7.4 DENSIDAD

No se fija.

 

 

 

 

8.7.5 CONDICIONES DE EDIFICACION

TIPO GRADO I GRADO II GRADO III
Parcela mínima (m2) 200 2000 5000
Longitud de fachada (m) 8 15 25
Retranqueos:      
A fachada exclusivo (m) 5 10 10
A lindero/s lateral/es mínimo (m) 0 5 10
(*) A fondo parcela mínimo (m) 0 5 10
A las vías existentes (m) 5 10 10
       
Índice de ocupación máximo (%) 85 75 60
       
Condiciones de volumen (máximas sobre parcela neta):                        
Altura máxima de cornisa (m) 8 15.00 15.00
N.º de plantas máximo 2 4 4
Volumen edificable (m3/m2) 7.5 7.5 7.5
Edif. Superficial (m2/m2) 1.0 1.0 1.0

 (*) En el caso de grados I y II de tipología apareada o agrupada se exigirá compromiso de adosamiento o constará en escritura.

En el caso de aplicación del grado III (industria grande), podrá rebasarse la altura máxima edificable en silos, chimeneas y torres de tipo tolva, o instalaciones especiales para almacenes de tipo automático, que podrán alcanzar 30 m. de forma excepcional, no pudiendo en ningún caso exceder del 25% del volumen edificable.

El volumen edificable se aplicará sobre parcela neta y podrá trasvasarse de una parcela a otra, siempre dentro de las áreas de movimiento de la edificación y sin superar el total permitido, mediante estudio de detalle.

8.7.5.1 CONDICIONES ESTÉTICAS

La composición será libre dentro de las áreas de movimiento de la edificación si bien el revestimiento exterior será gris claro en el caso de paramentos metálicos y blanco en los de hormigón, con el fin de mitigar la presencia de su volumen.

8.7.5.2 CONDICIONES DE PLANEAMIENTO

Será preceptivo estudio de detalle para la aplicación de los grados I y II, así como para cualquier alteración del viario interior.

8.7.5.3 NORMATIVA PARA EQUIPAMIENTOS

Se aplicará la siguiente normativa según usos.

 

TIPO GRADO I GRADO II GRADO III
Parcela mínima (m2) 200 2000 5000
Longitud de fachada (m) 8 15 25
Retranqueos:      
A fachada exclusivo (m) 5 10 10
A lindero/s lateral/es mínimo (m) 0 5 10
(*) A fondo parcela mínimo (m) 0 5 10
A las vías existentes (m) 5 10 10
       
Índice de ocupación máximo (%) 85 75 60
       
Condiciones de volumen (máximas sobre parcela neta):      
Altura máxima de cornisa (m) 8 15.00 15.00
N.º de plantas máximo 2 4 4
Volumen edificable (m3/m2) 7.5 7.5 7.5
Edif. Superficial (m2/m2) 1.0 1.0 1.0

 

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  • Municipios: Alovera
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