AYUNTAMIENTO DE COPERNAL
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Copernal sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio domiciliario de agua potable cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
« Artículo 5. Cuota Tributaria.
Para todos los bienes inmuebles con enganche a la red de distribución de agua potable:
a) Cuota fija por mantenimiento del servicio: 40,00 Euros/anuales.
b) Cuota variable por m3 consumidos: 0,60 Euros por cada m3.»
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-la Mancha.
En Copernal, a 04 de diciembre de 2018. El Alcalde-Presidente, Fdo.: José Antonio de la Torre Blas