Imprimir esta página
imagen no encontrada
Miércoles, 22 Agosto 2018 09:08

ANUNCIO SOBRE DISTRIBUCIÓN DE LAS FUNCIONES RESERVADAS DE LOS HABILITADOS NACIONALES DE INTERVENCIÓN

2520

ANUNCIO SOBRE DISTRIBUCIÓN DE LAS FUNCIONES RESERVADAS DE LOS HABILITADOS NACIONALES DE INTERVENCIÓN
Descargar pdf Anuncio

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA


2520

 

El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, por Decreto 1702 de 13 de agosto de 2018 ha dispuesto lo siguiente:

"Primero.- Con fecha 3 de julio de 2018, se procedió a la cobertura mediante comisión de servicios, del puesto de Viceintervención, categoría de entrada, reservado a Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional; siendo éste un puesto de colaboración de los referidos en el artículo 15 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional; y, por tanto creado para la colaboración inmediata y auxilio a la Intervención General. Por ello, se hace necesario conforme a los criterios de la Intervención General un reparto de funciones, para la mejora del servicio y un mayor equilibrio en el reparto de las tareas encomendadas.

Segundo.- Es de aplicación lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL), en el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional

Tercero.- La Intervención General es una función pública necesaria en todas las Corporaciones Locales cuya responsabilidad está reservada a funcionarios con habilitación de carácter nacional y comprende, de conformidad con el artículo 4 del Real Decreto 128/2018, de 18 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, el control interno de la gestión económico-financiera y presupuestaria, que comprende la función interventora y el control financiero, y la función de contabilidad. 

Cuarto.- La Relación de Puestos de Trabajo de la Diputación Provincial recoge las funciones de los puestos de Interventor General y Viceinterventor, respectivamente, y dispone que el Viceinterventor tiene la función de "auxilio al Sr. Interventor en las labores de control de todos los actos de la Diputación………"

A propuesta de la Intervención General, el Presidente de la Diputación Provincial tiene la atribución legal para adoptar este acuerdo en virtud de lo dispuesto en el artículo 15.2 del citado Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. En virtud de lo expuesto    

RESUELVO:

Primero.- Se encomienda al puesto de Viceintervención el ejercicio de las siguientes funciones reservadas:

1.- La función interventora y el control financiero en la modalidad de control permanente atribuidas en el ordenamiento jurídico al órgano interventor, en las siguientes tareas y responsabilidades:

  1. La fiscalización y el control de subvenciones y ayudas públicas.
  2. Expedientes de modificación de créditos de presupuestos en cualquiera de sus modalidades.

2.- La colaboración, en la función reservada de contabilidad, en las siguientes tareas y responsabilidades:

  1. Llevar y desarrollar la contabilidad financiera y la de ejecución del presupuesto de la entidad local de acuerdo con las normas generales y las dictadas por el Pleno de la Corporación.
  2.  Formar la Cuenta General de la entidad local.
  3. Elaborar la información a que se refiere el artículo 207 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y remitirla al Pleno de la Corporación.
  4. Elaborar la Liquidación del presupuesto corriente y sus avances.
  5. La gestión del registro contable de facturas y su seguimiento.

3.- Las responsabilidades en la remisión de la información económico financiera al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, al Tribunal de Cuentas y a los órganos de control externo así como a otros organismos de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente, así como de otros datos estadísticos e indicadores de gestión, que en cumplimiento de la legislación sobre transparencia y de los objetivos de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera, gasto público y morosidad, deban ser suministrados a otras administraciones o publicados.

 4.- La asistencia, en condición de titular, a las mesas de contratación y a las comisiones informativas, excepto la asistencia a la Comisión Especial de Cuentas, Hacienda, Economía y Régimen Interior en la que actuará como suplente de la Intervención General.

Segundo.- Se encomienda al puesto de Viceinterventor la suplencia de la Intervención General en caso de vacante, ausencia, enfermedad o abstención legal o reglamentaria. En estos casos, el puesto de colaboración ejercerá las mismas funciones y tareas del suplido.

Tercero.- Los funcionarios de habilitación de carácter nacional serán responsables cada uno de ellos en sus respectivas atribuciones, responsabilidades y tareas atribuidas o encomendadas, así como del buen funcionamiento de los servicios a su cargo, y, especialmente, de que sus actuaciones se ajusten a la legalidad vigente.

Cuarto.- Está resolución se notificará a los habilitados nacionales , y se dará cuenta al Pleno de la Diputación provincial en la primera sesión ordinaria que se celebre. Así mismo se dará difusión procedente a los distintos servicios provinciales."     

 Lo que se hace público para general conocimiento.

Guadalajara a 14 de agosto de 2018. EL PRESIDENTE Fdo.: José Manuel Latre Rebled

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Provincia (varios municipios)
Visto 845 veces