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Jueves, 19 Julio 2018 08:07

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA INICIATIVAS EMPRENDEDORAS EN EL MEDIO RURAL, DIRIGIDAS A RESINEROS DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA PARA EL AÑO 2018

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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA INICIATIVAS EMPRENDEDORAS EN EL MEDIO RURAL, DIRIGIDAS A RESINEROS DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA PARA EL AÑO 2018.
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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO. ÁREA DE DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y PROGRAMAS EUROPEOS


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Acuerdo de 4 de julio de 2018 de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para iniciativas emprendedoras en el medio rural, dirigidas a resineros de la provincia de Guadalajara para el año 2018.

Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara, de 4 de julio de 2018 (punto nº 17), por el que se convocan subvenciones para iniciativas emprendedoras en el medio rural, dirigidas a resineros de la provincia de Guadalajara para el año 2018.

BDNS (Identif.): 408178

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8. a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones  (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index). El texto completo también puede consultarse y descargar anexos en la web de la Diputación Provincial de Guadalajara (http://www.dguadalajara.es/web/guest/medio-ambiente).

Primero. Beneficiarios.- Podrán acogerse a las subvenciones de esta convocatoria, los trabajadores de la resina que lleven a cabo su actividad en alguno de los núcleos de población de la provincia de Guadalajara, que estén dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en el momento de efectuar la solicitud de ayudas.

Segundo. Objeto.- Es la concesión de subvenciones para autónomos del sector resinero, favoreciendo de esta manera las iniciativas emprendedoras en el medio rural.

Tercero. Bases reguladoras.- Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones de la Diputación Provincial de Guadalajara, aprobada por el Pleno de la corporación provincial en sesión celebrada el 29 de marzo de 2004 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 59, de 17 de mayo de 2004 y en la url: http://transparencia.dguadalajara.es/c/document_library/get_file?uuid=29f44123-03f8-49e6-85ab-f0bee9c6dcff&groupId=704228.

Esta línea de actuación está  recogida en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación Provincial de Guadalajara para el período 2017-2019 aprobado por el Pleno de la Corporación el 19 de mayo y publicado en el BOP de Guadalajara nº 98 de 23 de mayo de 2017 y modificado para el año 2018 con aprobación de acuerdo plenario de la Diputación Provincial de Guadalajara del día 21 de febrero de 2018. (publicado en el B.O.P de Guadalajara nº 75 de 18 de abril de 2018) en la siguiente url: https://boletin.dguadalajara.es/boletin/index.php/2-anuncios/26694 ANUNCIO-APROBACI?N-DEFINITIVA-DEL-PLAN-ESTRAT?GICO-DE-SUBVENCIONES-DE-LA DIPUTACI?N-PROVINCIAL-DE-GUADALAJARA-PARA-EL-PERIODO-20172019

Cuantía.- La cuantía total máxima de las subvenciones asciende a la cantidad de QUINCE MIL EUROS (15.000.- €). Las subvenciones se financiarán con cargo a la Partida 414 47900 “Promoción Mejora y Medio Ambiente ”, del Presupuesto de Gastos de la Excma. Diputación Provincial para el año 2018.

La cuantía por solicitante será de 800,00 €, por explotación de hasta 3.000 pies de pinos y para los solicitantes que exploten más de 3.000 pies la cuantía será de 1.000 €, con el  límite cuantitativo de la consignación presupuestaria fijada por la Diputación Provincial.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.- El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días, a contar desde el siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Provincia, pudiendo presentarse en el Registro General de la Diputación de Guadalajara, o conforme a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes de subvención se formalizarán según el modelo que figura en el Anexo I de la Convocatoria, debiendo presentarse, junto con los documentos que en su caso deberán acompañar a la citada solicitud.

Sexto. Otros datos.- El proceso de concesión será en régimen de concurrencia competitiva. No obstante lo anterior, en la presente convocatoria no se tendrá en cuenta el orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos, ya que el crédito consignado se considera suficiente para atender todas las posibles solicitudes.

La justificación de las subvenciones concedidas, se llevará a cabo presentando la entidad beneficiaria de la subvención la documentación correspondiente en el plazo de dos meses desde la finalización de la actividad subvencionada y, en cualquier caso, hasta el 30 de noviembre del ejercicio en que se hubiera concedido la misma.

Guadalajara a, 13 de julio de 2018. El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara. D. José Manuel Latre Rebled.

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