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Viernes, 13 Julio 2018 09:07

DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS

2188

DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS
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AYUNTAMIENTO DE ARBANCÓN


2188

Por Resolución de Alcaldía de fecha 25 de junio de 2018, se aprobó la modificación de la delegación de competencias en los Concejales, aprobada por Resolución de Alcaldía de fecha 16 de junio de 2015, lo que se publica a los efectos del artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

«Vista la necesidad de modificar la delegación de competencias realizada mediante Decreto de 16 de junio de 2015, al producirse una modificación en la Organización del Ayuntamiento debido al cese de un Concejal del equipo de Gobierno,

Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 43 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

RESUELVO

PRIMERO. Modificar la delegación de competencias realizada mediante Decreto de 16 de junio de 2015, debido al cambio producido en la organización del Ayuntamiento. La nueva delegación de competencias es la siguiente:

– Dª Mª Angeles Palancar Jadraque: Impuestos Municipales, Servicios Sociales, Cultura, Economía y Sanidad.

– D. Alfonso Vacas Aberturas: Urbanismo, Obras y Servicios (Alumbrado público, Agua potable, averías…) Agricultura y Ganadería, Medio Ambiente.

– Dª Sagrario Aberturas Moreno: Promoción Económica, Cementerio Municipal, Recogida de Residuos Urbanos, Infancia, Asociaciones y Participación Ciudadana.

La delegación general de competencias a favor de los citados Concejales comprende las facultades de dirección y gestión del área delegada, no incluyendo la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Las atribuciones delegadas se deberán ejercer en los términos y dentro de los límites de ésta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en otro órgano o concejal.

SEGUNDO. Comunicar la modificación de la delegación a los interesados, para que procedan a su aceptación.

TERCERO. Publicar la modificación, una vez aceptada o transcurridos tres días hábiles desde su comunicación sin expresa manifestación de no aceptación, en el Boletín Oficial de la Provincia.

CUARTO. Dar cuenta de la Resolución al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.

En Arbancón, a 11 de julio de 2018, el Alcalde-Presidente, D. Gonzalo Bravo Bartolomé

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