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Miércoles, 23 Mayo 2018 08:05

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS 2/2018

1645

Anuncio de aprobación definitiva Expediente de Modificación de Créditos 2/2018
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AYUNTAMIENTO DE MARANCHÓN


1645

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 26 de marzo de 2018, sobre concesión de suplemento de crédito financiado con cargo a nuevos ingresos, que se hace público resumido por capítulos:

Estado de Gastos

Aplicación Presupuestaria

Descripción

Euros

920 21300

Mantenimiento instalaciones

739,05

165 61900

Inversiones alumbrado público

11.500,22

 

TOTAL

12.239,27

Estado de Ingresos

Capítulo

Descripción

Euros

398

Indemnizaciones seguros no vida

12.239,27

 

Total Ingresos

12.239,27

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Maranchón, a 21 de mayo de 2018. El Alcalde, José Luis Sastre Gozalo.

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