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Miércoles, 24 Mayo 2017 08:05

NOMBRAMIENTOS DE JUECES DE PAZ EN LA PROVINCIA DE GUADALAJARA

1556

Nombramientos de Jueces de Paz en la provincia de guadalajara
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TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CLM. PRESIDENCIA.


1556

 

ACUERDO de 05 de mayo  de  2017 de la SALA DE GOBIERNO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA, por el que se nombran JUECES DE PAZ  a las personas que más adelante se especifican:

En virtud de lo dispuesto en el Reglamento número 3/1995, de 7 de junio, publicado en el Boletín Oficial del Estado, de 13 julio 1995 (artículo 20), la Sala de Gobierno del expresado Tribunal Superior de Justicia, actuando en comisión, en su reunión del día de la fecha, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 101.2 y 101.4, de la Ley Orgánica del  Poder Judicial, ha acordado nombrar para los municipios de la provincia de GUADALAJARA y  cargos que se especifican a las siguientes personas, en cumplimiento de lo dispuesto en el acuerdo adoptado por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, de 1 de diciembre de 1995:            

Se nombra Juez de Paz sustituto de MAZARETE a D. ÁNGEL SALVADOR MORENO GARCÍA, con DNI: 16804634-Y.

Se nombra Juez de Paz titular de VALDENUÑO FERNÁNDEZ a D. JUAN PABLO REDONDO LLORENTE, con DNI: 3083436-X.

Se nombra Juez de Paz sustituto de VALDENUÑO FERNÁNDEZ  a D. PEDRO GUTIÉRREZ MORENO, con DNI: 20252842-P.

Se nombra Juez de Paz titular de VALDESOTOS  a D. JOSÉ LÁZARO LÁZARO, con DNI: 03074428-H.

Los anteriormente nombrados, tomarán posesión de su cargo, dentro de los veinte días naturales siguientes a la fecha de publicación de su nombramiento en este Boletín Oficial de la provincia, previo juramento o promesa ante el Juez de 1ª Instancia e Instrucción del partido, o Decano si hubiere varios; y la duración de su mandato de cuatro años, se computará desde la fecha de publicación de su nombramiento en este Boletín Oficial. La persona nombrada no estará obligada a prestar juramento o promesa, si ya lo hubiere efectuado con anterioridad para el mismo cargo.

Contra el presente acuerdo de nombramiento de Jueces de Paz, cabe recurso de alzada, en su caso, ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en los plazos y por los motivos y formas que establece la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Albacete a 05 de mayo de 2017. El Presidente de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La  Mancha.

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