Imprimir esta página
imagen no encontrada
Viernes, 24 Febrero 2017 08:02

APROBACIÓN PLAN DE INSPECCIÓN TRIBUTARIA

521

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEL PLAN DE INSPECCIÓN TRIBUTARIA DE CABANILLAS DEL CAMPO PARA 2017
Descargar pdf Anuncio

AYUNTAMIENTO DE CABANILLAS DEL CAMPO


521

Por decreto del Alcalde-Presidente de Cabanillas del Campo de fecha 22 de febrero de 2017 se ha aprobado el Plan de Inspección Tributaria para el periodo 2017.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 170.1 del RD 1065/2007, de 27 de julio del Reglamento General de los procedimientos de gestión e inspección, en el mismo se contienen, entre otros aspectos, los criterios de selección de contribuyentes y los campos de actuación preferente.

Dicha información, tiene el carácter de reservada de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 58/2003, General Tributaria, sin perjuicio de que puedan hacerse públicos los criterios generales que lo informen.

 En consecuencia se informa que será objeto de atención preferente lo siguiente:

  • El Impuesto sobre Actividades Económicas, para la comprobación de la correcta tributación de los obligados tributarios.
  • El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, para la determinación de coste real y efectivo de las mismas, una vez finalizadas éstas.
  • La Tasa por Ocupación del Subsuelo, Suelo y Vuelo de los Terrenos de Uso Público Local, en labores de investigación que supongan el descubrimiento de empresas que no están tributando por la citada tasa. En concreto se realizarán comprobaciones de las empresas distribuidoras, comercializadoras u operadoras que tengan actividad en el ámbito municipal. Y se comprobarán los importes declarados por las empresas que han presentado autoliquidación.
  • El Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana, para confirmar la corrección de las declaraciones presentadas así como la declaración de todos los hechos imponibles generados.
  • Tasa por el otorgamiento de licencias urbanísticas y las actividades de control en los supuestos de declaraciones responsables o comunicaciones previas, en la que se comprobará la adecuación de las solicitudes urbanísticas presentadas.
  • Resto de tributos municipales. Con independencia de los programas señalados anteriormente, se podrán realizar, por motivos de eficacia u oportunidad, actuaciones inspectoras que no se encuadren estrictamente en alguno de los apartados anteriores, como resultado del conocimiento que, por diversas vías, se pueda tener de omisiones e incumplimientos de deberes tributarios.

En Cabanillas del Campo, a 22 de febrero de 2017.- Fdo. El Alcalde D. José García Salinas

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Cabanillas del Campo
Visto 2907 veces