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Viernes, 23 Diciembre 2016 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

3779

«Ar­tícu­lo 11. Cuota tributaria: La cuota tributaria será el resultado de aplicar a la base imponible el tipo de gravamen del 15%».

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Ayuntamiento de Driebes

 

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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el Incremento de Terrenos de Naturaleza Urbana, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del ar­tícu­lo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

«Ar­tícu­lo 11. Cuota tributaria: La cuota tributaria será el resultado de aplicar a la base imponible el tipo de gravamen del 15%».

Contra el presente acuerdo, conforme al ar­tícu­lo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

En Driebes a 21 de diciembre de 2016.– El Alcalde, Pedro Rincón Arce.

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