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Lunes, 26 Septiembre 2016 09:06

ADMINISTRACION MUNICIPAL

2709

Que por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Malaguilla de fecha 7 de julio de 2016, en sesión ordinaria adoptó por unanimidad de los presentes el acuerdo del tenor literal siguiente:

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Ayuntamiento de Malaguilla

 

2709

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Malaguilla sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa reguladora de la distribución de agua, incluidos los derechos de enganche, colocación y utilización de contadores, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del ar­tícu­lo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo: Que por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Malaguilla de fecha 7 de julio de 2016, en sesión ordinaria adoptó por unanimidad de los presentes el acuerdo del tenor literal siguiente: «En virtud de la Providencia de Alcaldía de fecha 28 de junio de 2016, el estudio técnico-económico del coste de los servi­cios y actividades administrativos, por lo que respecto a las tasas por la prestación de servi­cios públicos o la realización de actividades administrativas de competencia local/del valor de mercado, por lo que respecto a las tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, el texto íntegro de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por distribución de agua, incluidos los derechos de enganche, colocación y utilización de contadores, y el informe de Secretaría, conforme al ar­tícu­lo 54 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y según la propuesta de Dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, el Pleno del Ayuntamiento de Malaguilla, previo deliberación y por unanimidad de los miembros asistentes al Pleno de lo Corporación, ACUERDA PRIMERO. Aprobar la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la distribución de agua, incluidos los derechos de enganche, colocación y utilización de contadores con la redacción que a continuación se recoge: Ar­tícu­lo 6.1. Cuotas tributarios. La tasa a que se refiere esta Ordenanza se regirá por las siguientes tarifas en el caso de acometidas de agua potable sin uso: b) Por acometida de aguo potable sin uso: 12,00 € anuales. ARTÍCULO 8.1: (…) 70,00 € por coda nuevo contador o sustitución del antiguo por deterioro. SEGUNDO. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el acuerdo es definitivo, en base al ar­tícu­lo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. CUARTO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir los documentos relacionados con este asunto». Contra el presente Acuerda, conforme al ar­tícu­lo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha. En Malaguilla a 13 de septiembre de 2016.– La Alcaldesa, María Isabel Sanz Calleja.

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  • Municipios: Malaguilla
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