Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara
3506
Equipo/usuario: ALA
NIG: 19130 44 4 2015 0001621
Modelo: N28150
PO procedimiento ordinario 756/2015
Procedimiento origen:
Sobre ordinario
Demandante/s: D./D.ª FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN
Abogado/a: MARIANO GOMEZ ESTEBAN
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado/s: D./D.ª CONSTRUCCIONES NUEVO ALAMIN, S.L.
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
EDICTO
D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento ordinario 756/2015 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN contra la empresa CONSTRUCCIONES NUEVO ALAMIN, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
CUYA COPIA SE ADJUNTA AL PRESENTE
Y para que sirva de notificación en legal forma a CONSTRUCCIONES NUEVO ALAMIN, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
En Guadalajara a nueve de noviembre de dos mil dieciséis.– El/La Letrado de la Administración de Justicia.
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR./SRA. D./D.ª MARÍA DEL ROSARIO DE ANDRÉS HERRERO.
En Guadalajara a nueve de noviembre de dos mil dieciséis.
Visto el estado en que se encuentra el presente procedimiento, cítese a la empresa Construcciones Nuevo Alamín, S.L., para el día trece de diciembre de 2016 a las 11:50 horas la conciliación y a las 12:00 horas el juicio, por medio de exhorto dirigido al Juzgado de Paz de Cabanillas del Campo y por medio de edictos que se publicarán en el Boletín de la Provincia de Guadalajara.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
El/La Letrado de la Administración de Justicia.