AYUNTAMIENTO VALDEPEÑAS DE LA SIERRA
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de valdepeñas de la Sierra adoptado en fecha 26 de noviembre de 2018 sobre transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinto grupo de función que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, que se hace público resumido por capítulos:
Altas en aplicaciones de gastos
Partida |
Proyecto |
Importe |
011 359 |
INTERESES BANCARIOS |
1.600,00 |
161 221 |
AGUA POTABLE |
2.460,00 |
163 131 |
BASICAS PERSONAL TEMPORAL |
6.100,00 |
925 222 |
GASTOS POSTALES |
270,00 |
925 226 |
JURIDICOS Y CONTENCIOSOS |
5.500,00 |
925 227 |
VARIOS AYUNTAMIENTO |
5.900,00 |
TOTAL GASTOS |
21.830,00 |
Bajas en aplicaciones de gastos
Partida |
Proyecto |
Importe |
151 463 |
MANCOMUNIDAD GASTOS URBANISMO |
270,00 |
221 162 |
ACCION SOCIAL |
150,00 |
231 131 |
BASICAS AYUDA DOMICILIO |
1.010,00 |
231 160 |
SEGUROS SOCIALES AYUDA DOMICILIO |
1.140,00 |
342 221 |
GASTOS CORRIENTES PISCINA |
1.000,00 |
342 224 |
PRIMA SEGURO PISCINA |
1.000,00 |
342 227 |
VARIOS GASTOS PISCINA |
2.060,00 |
920 120 |
BASICOS FUNCIONARIA |
2.240,00 |
920 160 |
SEGUROS SOCIALES FUNCIONARIA |
1.560,00 |
933 619 |
OBRAS PUBLICAS |
5.500,00 |
933 619 |
OBRAS PUBLICAS |
5.900,00 |
TOTAL GASTOS |
21.830,00 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Valdepeñas de la Sierra a 4 de marzo de 2019, La Alcaldesa, Ángeles Herrera López