AYUNTAMIENTO DE EL OLIVAR
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por distribución de agua, incluido los derechos de enganche de líneas y colocación y utilización de contadores e instalaciones análogas, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
« El Artículo 5.- Cuota Tributaria. Quedará redactado de la siguiente forma:
Las tarifas tendrán dos conceptos, uno fijo que se pagará por una sola vez al comenzar a prestar el servicio o cuando se reanude después de haber sido suspendido por causa imputable al usuario, y otro variable, en función de los m3 consumidos.
Tarifa variable:
De 0 m3 a 50 m3, por cada m3 ………………. 0,70 euros.
De 51 m3 a 300 m3, por cada m3 ………….. 1,10 euros.
De 301 m3 en adelante, por cada m3 …….. 2,00 euros.
Tarifa fija:
La licencia de acometida por vivienda, establecimiento, industria o local, queda establecida en ……. 600 euros.
Excepcionalmente se podrá autorizar la captación en boca de riego para suministro externo, siendo su tarifa 5 euros por cada m3.
El Artículo 8.- Obligación de Pago. Quedará redactado de la siguiente forma:
El pago de la Tasa se efectuará mediante recibo. La lectura del contador, la facturación y cobro del recibo, se hará semestral, y al efecto de simplificar el cobro, podrán ser incluidos en un recibo único, que incluya de forma diferenciada, las cuotas o importes correspondientes a otras tasas que se devengan en el mismo periodo, tales como basura, alcantarillado, etc.»
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete.
En El Olivar, a 04 de mayo de 2018. La Alcaldesa, María Paz López Álvarez.