AYUNTAMIENTO DE RIOFRIO DEL LLANO
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Transcurrido el plazo de treinta días para que pudiera ser objeto de reclamación el acuerdo provisional adoptado por este Pleno en sesión celebrada el día 14 de marzo de 2017, sobre modificación de la Ordenanza Reguladora de la Tasa por Distribución de Agua, incluidos los derechos de Enganche, colocación y utilización de contadores, no habiéndose presentado reclamación alguna durante el mismo y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 17.3 y 17.4 de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, dicho acuerdo queda elevado a definitivo.
Se mantiene el contenido de la Ordenanza tal y como estaba, aunque modificando el artículo 6, referido a cuotas Tributarias.
Artículo 6.- CUOTAS TRIBUTARIAS
- La cuota de conexión o enganche es de: 405,00 Euros.
- Por consumo, Viviendas, Industrias y Locales, cada año:
- Mínimo consumo: 8,00 Euros.
- Todos los metros cúbicos a 0,51 Euros.
Contra el presente acuerdo, podrán los interesados, interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Riofrio del Llano, a 26 de diciembre de 2017. La Alcaldesa, Fdo.: Esperanza Mochales Marina.