AYUNTAMIENTO DE ALOVERA
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A los efectos de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley Reguladora de las Haciendas Locales, en relación con el artículo 169.1 del mismo texto legal y el artículo 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se pone en conocimiento general, que en la Intervención del ayuntamiento de Alovera, se encuentra expuesto al público el expediente de modificación de créditos, Suplemento de crédito, modificación de crédito n.°9/2017 del Presupuesto en vigor, presupuesto prorrogado del año 2016.
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Modificaciones de crédito |
Créditos finales |
|
Progr. |
Económica |
|
|
|
|
920 |
6230 |
MAQUINARIA. HORMIGONERA. |
0.00 |
26.620 |
26.620 |
920 |
6250 |
DESFIBRILADORES |
0.00 |
6.000 |
6.000 |
920 |
48901 |
SUBVENCIONES A GRUPOS MUNICIPALES |
33.300 |
900 |
34.200 |
TOTAL |
|
|
33.520 |
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Bajas en aplicaciones de gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Bajas o anulaciones |
Créditos finales |
|
Progr. |
Económica |
|
|
|
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326 |
22617 |
33.520 |
156.000 |
33.520 |
122.480 |
Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004 y por los motivos taxativamente enumerados en el apartado segundo del mencionado artículo, podrán presentar reclamación con sujeción a los siguientes trámites:
Plazo de exposición y admisión de reclamaciones:
Quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Órgano ante el que se reclama: Pleno del ayuntamiento de Alovera.
En caso de no presentarse reclamaciones en el plazo estipulado, el expediente de modificación de créditos se considerará definitivamente aprobado.
Alovera a 31 de octubre de 2017.La alcaldesa: M.ª Purificación Tortuero Pliego.