AYUNTAMIENTO DE MIEDES DE ATIENZA
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Aprobada inicialmente la Ordenanza municipal reguladora de la Tasa por Celebración de Matrimonio Civil por el Alcalde o Concejales del municipio de Miedes de Atienza, por Acuerdo del Pleno de fecha 29 de marzo, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del Texto Refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de aprobación de la mencionada Ordenanza.
En Miedes de Atienza,26 de abril de 2017.El Alcalde.Fdo.:Francisco Andrés Ortega