AYUNTAMIENTO DE HUMANES
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 23 de febrero de 2017, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 1/2017 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado por anulación o bajas de otras partidas del presupuesto vigente no comprometidas, que se hace público resumido por capítulos:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Euros |
|
Progr. |
Económica |
|
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241 |
619 |
Remodelación de la Plaza Mayor y del Parque de las Charcas |
45.000 |
|
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TOTAL GASTOS |
45.000 |
Esta modificación se financia con cargo a la anulación o bajas de crédito de otras partidas del presupuesto vigente no comprometidas, en los siguientes términos:
Bajas o Anulaciones en Concepto de Gastos
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Euros |
|
Progr. |
Económica |
|
|
2313 |
13100 |
Servicio de Ayuda a Domicilio. Retribuciones personal eventual |
6.294,01 |
920 |
12000 |
Sueldos del Grupo A1 |
11.338,92 |
920 |
12003 |
Sueldos del Grupo C1 |
4.327,52 |
920 |
12004 |
Sueldos del Grupo C2 |
838,71 |
920 |
12005 |
Sueldos del Grupo E |
514,02 |
920 |
12100 |
Complemento de Destino |
4.123,29 |
920 |
12101 |
Complemento Específico |
4.890,53 |
920 |
13000 |
Administración General. Retribuciones Básicas |
300,00 |
920 |
16000 |
Administración de la Seguridad Social |
3.419,38€ |
943 |
46301 |
Transferencias a otras entidades locales. Mancomunidad de las Dos Campiñas |
4.661,05 |
943 |
46302 |
Transferencias a otras entidades locales. Mancomunidad de Aguas la Muela |
3.339,31 |
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TOTAL GASTOS |
45000 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Humanes, a 27 de Marzo de 2017. Alcaldesa - Presidenta, Fdo.: María Isabel Serrano Calleja.