AYUNTAMIENTO DE GAJANEJOS
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Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para 2017, al no haberse presentado reclamaciones en el período de exposición pública, y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal, funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se pública el resumen del mismo por capítulos:
RESUMEN DEL PRESUPUESTO A NIVEL DE CAPITULOS
PRESUPUESTO DE GASTOS
CAPITULO CONCEPTO CONSIGNACION(€)
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS
A.1 OPERACIONES CORRIENTES
- Gastos de personal…………………………. 18.487,00
- Gastos corrientes en bienes y servicios…….. 31.056,00
- Gastos financieros…………………………. 100,00
- Transferencias corrientes…………………... 7.270,00
A.2 OPERACIONES DE CAPITAL
- Inversiones reales………………………….. 22.887,00
- Transferencias de capital…………………… 0,00
A.2 OPERACIONES FINANCIERAS
- Activos financieros………………………… 0,00
- Pasivos financieros………………………… 0,00
TOTAL EUROS………. 79.800,00
PRESUPUESTOS DE INGRESOS
CAPITULO CONCEPTO CONSIGNACION(€)
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS
A.1 OPERACIONES CORRIENTES
- Impuestos directos………………….… 34.400,00
- Impuestos indirectos…………………. 1.242,00
- Tasas, precios públicos y otros ingresos 13.400,00
- Transferencias corrientes……………... 9.700,00
- Ingresos patrimoniales………………... 21.058,00
A.2 OPERACIONES DE CAPITAL
- Enajenación de inversiones reales……. 0,00
- Transferencias de capital……………… 0,00
B) OPERACIONES FINANCIERAS
- Activos financieros…………………… 0,00
- Pasivos financieros…………………… 0,00
TOTAL EUROS………. 79.800,00
PLANTILLA DE PERSONAL:
Personal funcionario: Nº de orden:1.- Denominación de la plaza: Secretaria-Intervención.
Grupo: A1/A2. CD 24. Nº de puestos: 1.-Observaciones: En Agrupación.
- Personal Laboral Temporal: Nº de orden: 1.- Denominación de la plaza: Operario servicios múltiples-peón. Nº de plaza:1. Observaciones: Plan extraordinario por el empleo.
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
En Gajanejos, a 27 de febrero de 2017, LA ALCALDESA, Dª Mª Araceli López García.