AYUNTAMIENTO DE HONTOBA
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Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento del 2016, y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
ESTADO DE GASTOS |
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A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
611.289,33 € |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
531.289,33 € |
CAPÍTULO 1: Gastos de Personal |
169.089,33 € |
CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios |
298.900,00 € |
CAPÍTULO 3: Gastos Financieros |
0,00 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
63.300,00 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
80.000,00 € |
CAPÍTULO 6: Inversiones Reales |
80.000,00 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
0,00 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
0,00 € |
CAPÍTULO 8: Activos Financieros |
0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros |
0,00 € |
TOTAL: |
611.289,33 € |
ESTADO DE INGRESOS |
|
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
612.035,63 € |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
612.035,63 € |
CAPÍTULO 1: Impuestos Directos |
349.423,44 € |
CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos |
6.465,00 € |
CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos |
156.216,00 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
95.283,19 € |
CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales |
4.648,00€ |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
0,00 € |
CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales |
0,00 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
0,00 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
0,00 € |
CAPÍTULO 8: Activos Financieros |
0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros |
0,00 € |
TOTAL: |
612.035,63 € |
Anexo de Personal
RESUMEN |
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Funcionarios: 1. CD 24
Laboral Temporal:7 2 Auxiliares Administrativas 1 Operario de Servicios Múltiples - Alguacil 1 Peón Laboral 1 Educador T 2 Auxiliares: limpieza y/o SAD según convenio SAD |
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TOTAL PLANTILLA: 8 |
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
En Hontoba, a 14 de febrero de 2017.El Alcalde, Pedro David Pardo de la Riva