CONSORCIO PARA EL SERVICIO DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS, PROTECCIÓN CIVIL Y SALVAMENTO DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA (CEIS GUADALAJARA)
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Mediante el presente anuncio se notifica la Resolución de Presidencia nº 18 de fecha 14 de febrero de 2017, en relación con los recursos contencioso-administrativos de los procedimientos abreviados números 247/2016-T y 227/2016-T, del tenor literal siguiente:
« Vistos los requerimientos realizados por el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 1 de Guadalajara para que se aporte el expediente administrativo correspondiente a los procedimientos abreviados números 247/2016-T y 227/2016-T, interpuestos por Isidro López Manzano y Enrique Andrés Sánchez, contra la desestimación por silencio administrativo de los recursos de reposición formulados frente a la desestimación presunta de las solicitudes efectuadas ante la Presidencia del Consorcio, sobre el abono de los intereses devengados por el retraso en el abono de la paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012, y para que se realicen los emplazamientos de los posibles interesados correspondientes a dicho recursos.
Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
RESUELVO
PRIMERO. Que, por Secretaría, se proceda a la remisión de copia del expediente administrativo de los procedimientos abreviados números 247/2016-T y 227/2016-T, al Juzgado Contencioso-Administrativo nº 1 de Guadalajara.
SEGUNDO. Que, por Secretaría, se notifique la presente Resolución a los interesados en el expediente, emplazándolos para que puedan comparecer y personarse en los autos, en el plazo de nueve días.
TERCERO. Dar cuenta de la presente Resolución a la Asamblea en la próxima sesión que se celebre."
Asimismo, se les emplaza para que puedan comparecer y personarse en el Juzgado en legal forma en plazo de nueve días, haciéndoles saber que, de personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte al efecto sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarse notificación de clase alguna.
En Guadalajara, a 15 de febrero de 2017. La Secretaria- Interventora