AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
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En uso de las atribuciones que a la Alcaldía-Presidencia corresponden y a tenor de lo dispuesto en los artículos 20.1.b), 21.2 y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y los artículos 35.2, 43, 44, 46, 52 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
PRIMERO.- Dejar sin efecto el Decreto n. º 1512 de 20 de mayo de 2016 y el apartado primero del Decreto n.º 0193 de 27 de enero de 2017.
SEGUNDO.- Efectuar las delegaciones especiales de los servicios que se indican en los Concejales siguientes:
- Dª. María Rosario Martín Fernández:
- Colaboración Ciudadana
- Promoción de la Salud
- Servicios Comunitarios
- Fiestas
- Dª. María Sagrario Bravo Duro:
- Cultura, Biblioteca y Archivo
- Igualdad
- Comercio y Consumo
- D. Sergio de Luz Santa María:
- Deportes
- Mantenimiento Urbano
- Seguridad Ciudadana.
- Dª. Elisa de Jesús Cansado Domínguez:
- Cohesión Social
- Educación e Infancia
- Recursos Humanos
- D. Julio García Moreno:
- Relaciones Institucionales
- Vivienda
- Dª. Rufina Fernández Jiménez:
- Promoción de los Mayores
- D. Juan Pablo Román Morales:
- Urbanismo, Tecnología y Desarrollo Sostenible
- Contratación
- Edificios municipales
- Cooperación al Desarrollo
- Dª. Carmen Luque Parejo:
- Juventud
TERCERO.- Notificar el presente Decreto a los designados, que se considerará aceptada tácitamente si en el plazo de tres días hábiles, contados desde la notificación de este Decreto, el miembro u órgano destinatario de la delegación no hace manifestación expresa ante el órgano delegante de que no acepta la delegación.
CUARTO.- Publicar este Decreto en el Tablón de anuncios, B.O.P. y Portal de Transparencia para dar cumplimiento a las obligaciones de publicidad activa en materia institucional y organizativa recogidas en el artículo 6 de la Ley 19/2013, de 10 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la Resolución por el Alcalde.
En Azuqueca de Henares, 16/02/2017 EL ALCALDE José Luis Blanco Moreno