Ayuntamiento de Gajanejos
1402
Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Gajanejos, adoptado en fecha 10 de marzo de 2016, sobre concesión de suplemento de crédito, modificación n.º 1/2016, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, con el siguiente resumen por capítulos.
Estado de gastos |
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CAPÍTULO |
DESCRIPCIÓN |
CONSIGNACIÓN INICIAL |
CONSIGNACIÓN DEFINITIVA |
VI |
Inversiones reales |
20.787,00 € |
24.002,00 € |
Estado de ingresos |
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VIII |
Remanente de Tesorería para gastos generales |
0,00 € |
3.215,00 € |
Contra el presente acuerdo podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir de la publicación de este anuncio en el BOP, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, de conformidad con el artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, en relación con el artículo 10.b) de la Ley 29/1988, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Gajanejos a 6 de mayo de 2016.– La Alcaldesa, M.ª Araceli López García.