Ayuntamiento de Heras de Ayuso
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Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Heras de Ayuso, adoptado en fecha 30 de marzo de 2016, sobre transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto, que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, que se hace público resumido por capítulos:
Presupuesto de gastos
Altas en aplicaciones de gastos |
||||
Aplicación presupuestaria |
N.º |
Descripción |
Euros |
|
342 |
609 |
1 |
14.500,00 |
|
TOTAL GASTOS |
14.500,00 |
|||
Bajas en aplicaciones de gastos |
||||
Aplicación presupuestaria |
N.º |
Descripción |
Euros |
|
161 |
463 |
1 |
-8.400,00 |
|
1621 |
463 |
2 |
-1.200,00 |
|
338 |
22609 |
3 |
-4.900,00 |
|
TOTAL GASTOS |
-14.500,00 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en la forma y los plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Heras de Ayuso a 4 de mayo de 2016.– El Alcalde, Jesús Sierra Lumbreras.