Ayuntamiento de Tórtola de Henares
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Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Tórtola de Henares adoptado en fecha 4 de agosto de 2016, sobre transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, como sigue a continuación1:
Altas en aplicaciones de gastos |
|||||
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Modificaciones de crédito |
Créditos finales |
|
Progr. |
Económica |
||||
161 |
213 |
Mantenimiento Maquinaria e Instalaciones |
6.000 |
2.000 |
8.000 |
920 |
214 |
Mantenimiento transportes |
1.500 |
2.175 |
3.675 |
920 |
22104 |
Vestuario |
800 |
400 |
1.200 |
920 |
224 |
Seguros |
10.000 |
1.000 |
11.000 |
334 |
22609 |
Actividades Culturales y Dep. |
4.000 |
2.000 |
6.000 |
920 |
634 |
Vehículos |
0 |
2.200 |
2.200 |
TOTAL |
22.300 |
9.775 |
32.075 |
||
Bajas o anulaciones en concepto de gastos |
|||||
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Bajas o anulaciones |
Créditos finales |
|
Progr. |
Económica |
||||
3321 |
209 |
Programas Informáticos Biblioteca |
600 |
600 |
0 |
920 |
22604 |
Jurídicos |
5.000 |
2.200 |
2.800 |
920 |
22706 |
Protección de Datos |
1.600 |
600 |
1.000 |
920 |
22798 |
Otros gastos sin clasificar |
5.375 |
3.375 |
2.000 |
920 |
22799 |
Otros gastos |
4.000 |
2.000 |
2.000 |
1621 |
463 |
Manc. Dos Campiñas |
51.000 |
1.000 |
50.000 |
TOTAL BAJAS |
67.575 |
9.775 |
57.800 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Tórtola de Henares a 7 de septiembre de 2016.– El Alcalde, Martín Vicente Vicente.
1 La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales, indica que las aplicaciones presupuestarias se definirán, al menos, por la conjunción de las clasificaciones por programas y económica. Resultará obligatoria en ambas la presentación, al menos, a nivel de grupo de programa o programa y concepto o subconcepto respectivamente. La estructura que se especifica en el anexo I de la Orden sobre la clasificación por programas se debe considerar cerrada y obligatoria en aquellas categorías ya existentes, pudiendo desarrollarse nuevas a partir de ellas. Además, la categoría subprogramas será abierta.