Ayuntamiento de Valdenuño Fernández
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Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y la Disposición Adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario fecha 21 de septiembre de 2016, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 2 del Presupuesto en vigor, que se hace público con el siguiente contenido:
MODIFICACION n.º 2/2016: INCORPORACION DE REMANENTE DE TESORERIA PARA APLICACIÓN DEL SUPERAVIT 2015
Los importes aplicados a los diferentes destinos en base al Informe de Intervención son:
1º. Atender las obligaciones pendientes de aplicar a presupuesto contabilizadas a 31 de diciembre, del ejercicio anterior en la cuenta de «Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto», o equivalentes y cancelar, con posterioridad, el resto de obligaciones pendientes de pago con proveedores, contabilizadas y aplicadas a cierre del ejercicio anterior, por la cantidad de 5300,61 euros.
2º. Incorporar los 27079,52 euros restantes para obras de inversión de carácter sostenible: Cementerio Municipal y obras de canalización de agua potable.
El resumen de las aplicaciones presupuestarias a las que se destinará el superávit presupuestario según lo establecido en el apartado anterior será el siguiente:
ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS |
|||
Aplicación presupuestaria |
Descripción |
Euros |
|
163 |
227 |
IE JARAMA – OBRAS |
5.000,00 € |
165 |
221 |
ALUMBRADO |
208,53 € |
925 |
225 |
TRIBUTOS |
92,08 € |
163 |
619 |
OBRAS INFRAESTRUCTURAS |
27.079,52 € |
TOTAL GASTOS |
32.380,13 € |
Dichos gastos se financian, de conformidad con el artículo 177.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, así como con los artículos 36.1.a) y 51.b) del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, con cargo al remanente líquido de Tesorería, calculado de acuerdo a lo establecido en los artículos 101 a 104 del citado Real Decreto.
ALTAS EN CONCEPTO DE INGRESOS |
||
Concepto |
Descripción |
Euros |
870 |
Remanente Tesoreria |
32.380,21 |
TOTAL INGRESOS |
11.076,21 |
Contra los presente acuerdos, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Valdenuño Fernández a 17 de noviembre de 2016.– El Alcalde, Oscar Gutiérrez Moreno.